Históricamente, en cualquier sociedad que se considere mínimamente democrática, el derecho a elegir qué tipo de servicios (en cuanto a salud, educación y otros rubros se refiere) se puede y se quiere contratar es una libertad protegida por la ley.
Desde luego, en dichas sociedades (como al menos hasta ahora es el caso de nuestro país) proveer atención médica y servicios educativos (al menos básicos) a sus ciudadanos (y contribuyentes) es obligación del Estado, pero, al mismo tiempo, debido a la diversidad geográfica, cultural y socioeconómica, también existe un amplio abanico de opciones ofrecidas por la iniciativa privada a las que cada quien, desde sus posibilidades y deseos, puede acceder.
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Lo que es un hecho es que sin importar cuáles sean las motivaciones para decidir acudir a los servicios privados (como buscar una mejor atención, por la calidad de lo que ofrecen, porque las instancias gubernamentales no logran cubrir las necesidades de todos o, simplemente, porque se tiene la capacidad y la libertad de “pagar por algo mejor”), poder decidir qué es lo que queremos para nuestras familias es un derecho que como ciudadanos debemos respetar y proteger.
Los datos
Todo lo anterior viene a colación (y debe ponernos en alerta) debido a la información publicada durante la última semana en los principales medios noticiosos, que gira en torno al seminario organizado por el Conacyt bajo el título “Libros de Texto Gratuitos. Avances y retos de una nueva política”, moderado por el chavista Sady Arturo Loaiza, y cuyos puntos más destacables son (tomados del artículo publicado por el periódico REFORMA, 22 de marzo, 2023):
El señor Max Arriaga, Director de Materiales Educativos de la SEP, afirma que…
- La iniciativa privada (empresarios) debe sacar las manos de la educación del país para que impere la visión de la izquierda,
- Los libros de texto que no edite y supervise el Estado serán ilegales.
- “El gran reto de la SEP es hacer entender a esta gente que se ha dedicado a comercializar la educación, que deje de lado la educación y que permitan que el sueño de la izquierda se haga real.
Por su parte, Lorenza Villa Lever, experta del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, respondió que…
- No puede imponerse una visión única en la educación ni un libro de texto único para los niños, debido a que la diversidad que tenemos en México no nos permite tener una sola visión. La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (Conaliteg) y la SEP dan las orientaciones técnico-pedagógicas para que se hagan los libros de primaria y secundaria.
- Tampoco puede tacharse de ilegales a los libros que no edite el Estado (“No se puede hablar de esa manera. No hay libros ilegales. El conocimiento es diverso. Tenemos que estar abiertos y formar a nuestros niños con su criterio y hacerlos críticos. Decir que hay libros ilegales es casi llevarnos a la inquisición”).
- La Conaliteg como empresa editorial no tiene la capacidad física para producir los millones de libros, no sólo para primaria sino para secundaria.
El marco legal
Cuando se habla sobre legislación educativa pareciera que se trata de un asunto tan simple como remitirse al Artículo 3º constitucional sin necesidad de profundizar más, pero no es así.
La educación forma parte de los derechos humanos a los que todos debemos tener acceso, que debe impartirse como una obligación constitucional de nuestro país, y que incluso está asentado en tratados internacionales que se han firmado con otros países.
Es cierto que el gobierno tiene que garantizar que todos recibamos educación pero no es el único que puede ofrecer el servicio educativo. Contrario a lo que muchos piensan, las escuelas privadas si tienen un marco jurídico y si están consideradas como parte del Sistema Educativo Nacional.
Al respecto nuestras leyes dictan:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
ARTÍCULO 3º
Fracción IV.Toda la educación que el Estado imparta será gratuita; (Indica claramente que es la que el Estado imparta, no particulares y aun así cobran cuotas a sus estudiantes)
En el caso exclusivo de los particulares, se menciona:
Fracción VI. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares.
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LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Artículo 10.- La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, es un servicio público.
Constituyen el sistema educativo nacional:
I.- Los educandos, educadores y los padres de familia;
II.- Las autoridades educativas;
III.- El Servicio Profesional Docente;
IV.- Los planes, programas, métodos y materiales educativos;
V.- Las instituciones educativas del estado y de sus organismos descentralizados;
VI.- Las instituciones de los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios;
VII.- Las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía;
VIII. La evaluación educativa;
IX.- El Sistema de Información y Gestión Educativa, y
X.- La infraestructura educativa.
NUEVA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (30 de septiembre de 2019)
Artículo 1. La presente Ley garantiza el derecho a la educación reconocido en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, cuyo ejercicio es necesario para alcanzar el bienestar de todas las personas.
Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en toda la República.
Su objeto es regular la educación que imparta el Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, la cual se considera un servicio público y estará sujeta a la rectoría del Estado.
(Fragmento tomado de http://www.anfe-anep.com.mx/uncategorized/fundamento-legal-de-la-educacion-privada/).
Por lo anterior, podemos concluir que las instituciones de educación privadas:
- Cuentan con una figura jurídica que debe ser respetada.
- Deben cumplir con sus obligaciones pero al mismo tiempo cuentan con derechos establecidos por la ley.
- Junto con los ciudadanos que pagan por los servicios, constituyen una fuente de apoyo económico para el gobierno (quien, de lo contrario, debería absorber el costo total de la educación y, debe decirse, ofreciendo el mismo nivel de calidad que este sector).
¿Qué podemos esperar?
“En cuestiones de cultura y de saber, sólo se pierde lo que se guarda;
solo se gana lo que se da”. Esta frase de Antonio Machado resume sabiamente lo que no nada más podemos, sino debemos esperar para el futuro de nuestro país.
Si bien es cierto que hasta el momento la poca información que tenemos proviene de este tipo de seminarios, conferencias y/o artículos publicados, la realidad es que no son comentarios que debamos tomar a la ligera.
Como padres, como docentes y como ciudadanos preocupados por la educación (de calidad) que nuestros niños deben (y tienen el derecho) de recibir, debemos estar alertas a lo que pueda suceder y luchar por las garantías que nos otorgan nuestras leyes.
¿Qué vamos a ofrecer a nuestros niños? ¿Qué queremos darles o quitarles? y, en esa medida, ¿cuánto vamos (y estamos dispuestos) a perder o ganar?
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