¿Con qué hocico (diría mi madre) puede López Obrador atreverse a decirle “alteza serenísima” al Ministro Javier Laynez de la Suprema Corte, por ejercer su función judicial?
Al denigrar de esa forma al Ministro Laynez desde el patíbulo de su mañanera, AMLO comete el delito previsto en el artículo 223 del Código Penal Federal.
López Obrador quisiera que el PODER JUDICIAL FEDERAL siguiera sometido a su serenísima voluntad, como ocurría con Arturo Zaldívar, cuyo encargo quiso prorrogar el porro tabasqueño para que siguiera fungiendo como MANDADERO DEL EJECUTIVO FEDERAL EN LA SUPREMA CORTE.
La ira de AMLO el serenísimo se debe a que el Ministro Javier Laynez Potisek “se atrevió” a suspender la entrada en vigor de su PLAN B ELECTORAL.
Ese PLAN B que constituye el delito de COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, encabezado por AMLO, y secundado por sus “legisladores” de MORENA y demás cómplices.
López Obrador, actuando A SABIENDAS de no tener mayoría suficiente para reformar la constitución SEGÚN SU SERENÍSIMA Y REAL GANA, se coaligó con sus empleados legislativos y ahora con sus gobernadores “Juanitos” para intimidar a la Suprema Corte de Justicia e intentar forzarla a dar marcha atrás en la suspensión decretada por el Ministro Laynez, que por ahora, IMPIDE QUE OBRADOR GOBIERNE MÉXICO al estilo Nicaragua, emulando al demente dictador Daniel Ortega.
El Fiscal General de la República, ALEJANDRO GERTZ MANERO, puede y debería actuar de oficio, y abrirle una carpeta de investigación a LOPEZ OBRADOR y sus cómplices, cuya conducta encuadra en lo que tipifica el artículo 216 del Código Penal Federal que a la letra dice:
Artículo 216.- “COMETEN EL DELITO DE COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, los que teniendo tal carácter SE COALIGUEN PARA TOMAR MEDIDAS CONTRARIAS A UNA LEY…”
En este caso, la ley contra la que AMLO se ha coaligado para violar, es la Constitución que él mismo juró cumplir y hacer cumplir.
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López Obrador se coaliga con sus legisladores y sus gobernadores incondicionales, para TOMAR MEDIDAS CONTRARIAS A LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, impidiendo su cumplimiento.
En eso consiste su PLAN B, que mediante actos de intimidación y reformas a leyes secundarias CONTRARIAS A LA CONSTITUCIÓN, pretende imponernos, ACTUANDO ÉL SÍ COMO ALTEZA SERENÍSIMA.
LOPEZ OBRADOR, comete además otros delitos como el de PECULADO, tipificado en el artículo 223 del Código Penal Federal que dice lo siguiente:
ARTÍCULO 223.- “COMETE EL DELITO DE PECULADO:”
II.-“EL SERVIDOR PÚBLICO QUE ILÍCITAMENTE UTILICE FONDOS PÚBLICOS…A FIN DE DENIGRAR A CUALQUIER PERSONA;”
Gracias a que NARCISO LOPEZ OBRADOR se inmortaliza en videos de todas sus conferencias mañaneras, bastaría con ofrecer alguna de sus videograbaciones PARA PROBAR QUE UTILIZA ILEGALMENTE FONDOS PÚBLICOS PARA DENIGRAR A JUECES Y MAGISTRADOS DEL PODER JUDICIAL, ASÍ COMO A LA MINISTRA NORMA PIÑA y AL MINISTRO LAYNEZ.
Si hoy existe en México alguien que reúna los peores atributos de ALTEZA SERENISIMA, ese es ANDRES MANUEL LOPEZ OBRADOR, alias EL REY DEL CASH.
¿Por qué será que la Ministra Norma Piña, tanto como el Ministro Laynez, permiten que los intimide y denigre el presidente López Obrador?
La ministra Piña y el ministro Laynez, están incumpliendo lo que ordena el artículo 54 del Código Procesal Civil Federal que a la letra dice:
Artículo 54.- Los jueces, magistrados y MINISTROS TIENEN EL DEBER de mantener el buen orden, Y DE EXIGIR QUE SE LES GUARDE EL RESPETO Y CONSIDERACIÓN DEBIDOS…”
“…SI ALGÚN ACTO LLEGARE A CONSTITUIR DELITO, SE LEVANTARÁ ACTA CIRCUNSTANCIADA PARA CONSIGNARSE AL MINISTERIO PÚBLICO”.
La Ministra Piña y el Ministro Laynez están legitimados PERO TAMBIÉN ESTÁN OBLIGADOS a exigir que López Obrador y sus cómplices del PLAN B ELECTORAL, LES GUARDEN EL RESPETO Y LA CONSIDERACIÓN DEBIDOS.
Por cuanto hace a la suspensión del PLAN B ELECTORAL, decretada por el Ministro Laynez Potisek, podrá disgustarle a AMLO todo lo que quiera, pero NADA HAY DE INJUSTO NI DE ILEGAL EN ESA SUSPENSIÓN, conforme lo establece el artículo 14º de la Ley Reglamentaria del artículo 105 constitucional.
Artículo 14. “Tratándose de las controversias constitucionales, EL MINISTRO INSTRUCTOR, DE OFICIO O A PETICIÓN DE PARTE, PODRÁ CONCEDER LA SUSPENSIÓN DEL ACTO QUE LAS MOTIVARE, HASTA ANTES DE QUE SE DICTE LA SENTENCIA DEFINITIVA…”.
NORMA PIÑA y JAVIER LAYNEZ NO SON ARTURO ZALDÍVAR, NI YASMÍN ESQUIVEL, NI LORETTA ORTIZ, que POR CIERTO, están impedidos para intervenir en EL ESTUDIO, DISCUSIÓN Y RESOLUCIÓN de las controversias y acciones de inconstitucionalidad relacionadas con el PLAN B ELECTORAL DE AMLO, según el artículo 39, fracciones III, V, VII y XVII del Código Federal de Procedimientos Civiles. (1)
LOPEZ OBRADOR esperaba que Norma Piña guardara las controversias en un cajón, mientras él, imponía la vigencia ilícita de sus reformas anticonstitucionales, como ocurría bajo la gerencia del “Chipilín” Zaldívar.
No puedo explicarme la razón por la cual, la presidente de la Suprema Corte o el Ministro Laynez, PERMITAN QUE LÓPEZ OBRADOR LOS DENIGRE Y LOS INTIMIDE Y NO LE PIDAN A LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA QUE ACTÚE.
Lo que me sorprende y me entristece es que NADIE DE LA LLAMADA “OPOSICIÓN” denuncie penalmente a López Obrador ante la Fiscalía General de la República PARA PONERLE UN ALTO JURÍDICO INMEDIATO A SU IMPUNIDAD FLAGRANTE.
El valiente vive hasta que los cobardes quieren.
…Mientras tanto, AMLO sigue delinquiendo e imponiendo SU SOBERANA VOLUNTAD como funesta y nefasta ALTEZA SERENÍSIMA, mientras denuncia “pajas” de corrupción judicial, sin ver la viga de quince mil millones de pesos del desfalco a SEGALMEX cometido por su amigo “NACHO” OVALLE; sin ver la viga de su DELFINA GOMEZ, que se robó 830 millones de pesos en la SEP, y es probada delincuente electoral, ¡cuya candidatura a gobernadora del Estado de México, INEXPLICABLEMENTE NADIE DE LA “OPOSICIÓN” IMPUGNA!!!!
…Mientras TODOS SUS HIJOS se dan vida de lujo y hasta uno de ellos dizque “estudia” en Inglaterra pagando colegiatura en Libras Esterlinas con cargo al Erario Mexicano; alternando en las aulas con la realeza, y donde la embajadora los sirve como su chacha…
…MIENTRAS LÓPEZ OBRADOR DESPLIEGA TODO SU CINISMO IMPUNEMENTE TODOS LOS DÍAS EN SUS MAÑANERAS, sin que nadie le marque legalmente el alto que urge ponerle, a menos que los mexicanos quieran terminar como en Nicaragua con Ortega y su no primera dama, Rosario Murillo.
En este momento, el futuro de México, nuestros derechos, nuestra libertad y nuestra democracia, están en manos de Norma Piña y de Javier Laynez que, lo único que tienen que hacer de inmediato, es emitir un acuerdo ADVIRTIENDO Y EXIGIENDO A LÓPEZ OBRADOR QUE SE CONDUZCA CON RESPETO Y CONSIDERACIÓN QUE EXIGE EL ARTÍCULO 54 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL FEDERAL, y ordenar darle vista al Ministerio Público Federal, por los posibles delitos cometidos por el Ejecutivo Federal y sus cómplices.
La presidente de la Suprema Corte y el Ministro Laynez, apoyados por el pleno, no deben titubear para promover juicio de procedencia contra el presidente López Obrador, sin importar que MORENA lo bloquee, porque quedaría constancia de que AMLO solamente seguiría en la presidencia gracias al encubrimiento de sus mismos compinches.
No propongo que la Ministra Piña ni el Ministro Laínez se rebajen a la reyerta de porro callejero poniéndose AL TÚ POR TÚ con AMLO; propongo que DE PODER A PODER, el PODER JUDICIAL haga que el PODER EJECUTIVO respete la Constitución y la Ley, haciendo valer la dignidad de su investidura ministerial y la supremacía de nuestro estado de derecho.
Está en juego todo el sistema legal que a pesar de sus fallas y defectos, es mejor que depender de la voluntad de un narcisista senil, que cree dueño de México.
Si el CINISMO Y EL DESCARO FUERAN DELITO, ni su fuero presidencial podría impedir que AMLO en vez de conducirse como dueño del Palacio Nacional, residiera en la misma celda que otrora ocupara SU RESPETADO AMIGO, “DON JOAQUÍN GUZMÁN LOERA”. ________________________
(1) Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz ESTÁN IMPEDIDOS según lo dispone el artículo 39 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Artículo 39.- Fijada la competencia de un juez, magistrado o ministro, conforme a lo dispuesto por el capítulo precedente, conocerá del negocio en que se haya fijado, SI NO SE ENCUENTRA COMPRENDIDO EN LOS SIGUIENTES CASOS DE IMPEDIMENTO:
III.– “Tener, el funcionario de que se trate, su cónyuge o sus hijos, relación de intimidad con alguno de los interesados…”
V.- “Ser, él, su cónyuge…donante, donatario, acreedor, deudor o comensal habitual de alguna de las partes…”
VII.- “Haber asistido a convites que diere o costeare especialmente para él alguno de los litigantes, después de comenzado el negocio, o tener mucha familiaridad con alguno de ellos…”
XVII.- “Estar en una situación que pueda afectar su imparcialidad en forma análoga o más grave que las mencionadas.”
(2) AMLO desde su púlpito de la mañanera, prohibió referirse despectivamente como “EL CHAPO” a “DON JOAQUIN GUZMAN LOERA”.
…
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