¿ROBO DE HOME?: LA REFORMA ELÉCTRICA SE APROBARÍA A TRAVÉS DE LA SCJN

El fallo de la SCJN respecto a la Reforma Eléctrica definirá el rumbo político que López Obrador habrá de seguir. Al tener bajo su control la SCJN, poco importará que en el Congreso no cuente con mayoría...

4 de abril, 2022

Muy pocos se han percatado de que la Suprema Corte de Justicia resolverá si las reformas a diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica son constitucionales o no. Con ello, es probable que ya no importe si se aprueba en el Congreso de la Unión y en los Estados la reforma constitucional propuesta por AMLO.

Así es, todos los ojos están puestos en la reforma constitucional propuesta para modificar los artículos 25, 27 y 28 de la Carta Magna, relacionados con la energía eléctrica, cuya iniciativa fue presentada por AMLO en octubre de 2021.  

Recordemos que esta iniciativa fue presentada a consecuencia de que los jueces federales de amparo ordenaron que las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) emitidas por el Congreso de la Unión y publicadas el 9 de marzo de 2021, no fueran aplicadas a ningún inversionista en el sector eléctrico hasta que se resolvieran los amparos promovidos por varias empresas que se verían afectadas por los cambios realizados a la mencionada ley.

Adicionalmente a los amparos promovidos por las empresas privadas, también se presentaron dos Controversias Constitucionales: una por el gobierno de Colima y la otra por la Comisión Federal de Competencia Económica. De igual forma, los senadores y diputados que votaron en contra de esas reformas interpusieron una Acción de Inconstitucionalidad.

Tanto las Controversias Constitucionales como la Acción de Inconstitucionalidad tienen por objeto que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declare que las reformas a la LIE son inconstitucionales y por tal ya no podrían, en definitiva, ser aplicadas. Pero para ello se requiere que ocho Ministros voten en favor de que se haga dicha declaración, lo que nos lleva a que bastan cuatro Ministros en contra para que esas reformas continúen su vigencia y aplicación, lo que implicaría graves daños a la inversión privada y al medio ambiente, así como a la economía de los particulares, con costos más altos por el uso de dicha energía debido, desde luego, a la falta de competencia en el mercado eléctrico. 

En la Corte se designó a la Ministra Loretta Ortiz Ahlf para que elaborara el proyecto de resolución, el cual ya se ha dado a conocer y del que, se advierte, se está proponiendo declarar que todas las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica sí son constitucionales.

Como dije, si ese proyecto es avalado por cuatro Ministros y aun con siete en contra, no existirán los votos necesarios para que se declare la inconstitucionalidad de las reformas a la LIE, las cuales tienen en esencia los cambios que se pretenden en la reforma constitucional planteada por López Obrador a los artículo 25, 27 y 28 de nuestra Carta Magna, que privilegian el uso de energías sucias y que permiten la cancelación de contratos a los inversores privados, lo que provocará múltiples demandas y sanciones internacionales; reformas que afectarán al medio ambiente y que de alguna manera le regresa el monopolio de la energía eléctrica al Estado, lo que ya se había superado tras las reformas constitucionales sobre dichos artículos a finales del año 2013.

Entendamos. Si la Suprema Corte de Justicia no declara la inconstitucionalidad de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica y éstas recobran su vigencia y fuerza legal, la propuesta por el presidente a la Constitución carecería de relevancia. Lo más grave es que, por este camino, podrían realizarse cambios sustanciales a nuestra Ley Fundamental sin problema alguno, esto a través de reformas a leyes secundarias y el aval de la Corte, sumado a la también novedosa estrategia de los legisladores de emitir decretos de interpretación de leyes a modo, según les sea ordenado desde Palacio Nacional.

Bajo estas circunstancias, López Obrador ya no necesita la mayoría calificada para reformar la Constitución, al tener otros caminos bajo sus subordinados del Poder Legislativo y de la Corte.

Por cierto, la Ministra Ortíz Ahlf debió excusarse de participar en las controversias y acción de inconstitucionalidad promovida en contra de las reformas a la LIE, considerando que, en 2013, cuando se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 25, 27 y 28, era Diputada Federal por el PT y en ese entonces se manifestaba en contra de dicha reforma, por lo que es evidente que como Jueza Máxima carece de la imparcialidad para resolver. Hay varias disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la propia Ley de Amparo que sustentan el impedimento que tiene para conocer del asunto.

Sobre lo último, la Suprema Corte de Justicia, antes de entrar al estudio de fondo del asunto, tendrá que resolver la petición de recusación (declaración de impedimento forzoso) presentada por los promoventes de los procedimientos que habrán de sesionarse, al parecer, este martes 5 de abril y, pienso, deben declarar dicha recusación procedente y retirar el proyecto para que otro Ministro elabore uno nuevo. Si al inicio no se declara el impedimento de Ortíz Ahlf, mal estará el cuento y peor el final de la historia.

Entonces sucederá, todos volteando a ver el proceso de la reforma constitucional en la Cámara de Diputados, incluso nuestro socio comercial más importante, cuando por medio de la SCJN, en un argot beisbolístico, se robarán la base, qué digo la base: el home, y AMLO y MORENA ganarán el partido, sin ser necesario esperar el bateo (votación) de la reforma constitucional  eléctrica.

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