Hace unos días se publicó una noticia de una propuesta de Ley controversial. La misma se refería a la reducción de pena de prisión al que donase un riñón, una parte del hígado o médula ósea. Señala la nota:
Una reducción de condena de entre 60 y 365 días a cambio de un riñón, una sección del hígado o una extracción de médula ósea. El proyecto de ley que la Cámara de Representantes del Estado de Massachusetts intenta sacar adelante plantea un hondo debate bioético. ¿Es legítimo sacar partido de un órgano? ¿Cabe renunciar a uno por afán mercantilista, en este caso la compra de algunos días de libertad? La respuesta, si la hubiere, puede afectar al destino de los 6.000 reclusos en las cárceles del liberal Estado de la Bahía, como se conoce a Massachusetts, y por extensión al resto de la población reclusa de EE UU. (1)
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Lo anterior revive el debate acerca de si es posible comercializar órganos. Los defensores de esto señalan la autonomía de las personas. ¿Por qué no se podría donar recibiendo retribución? Ante la falta de órganos suficientes parece lógico que el mercado permita mayor oferta. En óptica pragmática esa sería una estrategia para reducir el déficit de órganos en los EEUU.
Sus detractores apuntan que la donación, cómo de hecho es en el mundo, debe ser gratuita, un verdadero acto de entrega por parte de alguien. La donación es eso, por definición: un acto gratuito en solidaridad con otros. Otra objeción que surge es que tanta libertad o presión recibiría un preso por el hecho de reducir su condena con este acto.
Los defensores podrían argumentar que los presos obtienen beneficios como la libertad condicional a cambio de un buen comportamiento en la prisión, por lo que ¿por qué no podría también ese acto de “altruismo”? ¿Qué diferencias podría haber con el otro modo de obtener una condena menor?
La respuesta a lo anterior es que en el caso de los humanos, somos seres con dignidad. Lo anterior implica que siempre somos fines y nunca medios. Nadie puede tratarse como instrumento para otra cosa. Lo anterior aplica a uno mismo. En ese sentido vender órganos es instrumentalizarse por lo que es éticamente ilícito. La donación, en cambio, es un acto de solidaridad en donde no se “vende” algo sino se entrega una parte constitutiva de una persona por medio de un acto generoso.
El que necesita recibir un órgano no puede tampoco ofrecer beneficios económicos. De nuevo es una instrumentalización: te pago para que sirvas. La petición de un órgano es una petición de ayuda por el estado vulnerable en que se encuentra una persona. Ante la vulnerabilidad pedimos apoyo de los demás. Esa petición es ser reconocidos como humanos que somos fines en sí mismos.
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Referencias:
Sáncez Vallejo, María-Antonia. Massachusetts propone reducir la condena a presos que donen un riñón, parte del hígado o médula ósea. Madrid: El País. Disponible en:
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