Dignidad judicial o justicia de propia mano…

No se puede sacrificar la credibilidad de todo el poder judicial para imponer el interés personal.

2 de enero, 2023 Dignidad judicial o justicia de propia mano…

La imagen que ilustra estas líneas, corresponde al mural “profético” de José Clemente Orozco, que predijo el prostíbulo y casa de subastas en que se convertiría la Suprema Corte de Justicia de la Nación; degradación de la que el ejemplo más reciente es el de Yasmín Esquivel Mossa.

Al parecer en el profético mural, Orozco previó la ambición denodada de Yasmín Esquivel Mossa, que rodeada de ministros indolentes, se aferraría a   la lucrativa balanza de la justicia. El prodigio pictórico es que la obra del legendario muralista, se adelantó  siete décadas el advenimiento de la MINISTRA CONTRATISTA.

Cuando todo parecía indicar que López Obrador lograría MORENIZAR por completo al máximo tribunal de México, el escritor Guillermo Sheridan sacó del closet de los secretos, el plagio cometido por la ministra contratista para obtener su “patente de corso” (1) y ejercer como mercenaria al servicio personal de López Obrador. 

Más tardó Sheridan en divulgar el plagio profesional de la ministra Esquivel que López Obrador en absolverla diciendo que “había sido un pecadillo de juventud, y que los que la denunciaron son peores que ella…”.

Como si un título universitario VICIADO DE NULIDAD pudiera convertirse en válido por simple prescripción (2) .

AMLO, en funciones de predicador, recurrió a la famosa cita bíblica de la mujer adúltera que dice: “el que esté limpio de pecado, que lance la primera piedra”.

Lo curioso es que AMLO lanza piedras todos los días, a pesar de no estar precisamente limpio de pecados.

NECESITAMOS HACER A UN LADO LAS ESPECULACIONES POLÍTICAS Y ABORDAR ESTE ASUNTO DESDE EL PUNTO DE VISTA ESTRICTAMENTE LEGAL.

Cuando, como en este caso, surge la posibilidad de que uno de los miembros de la Suprema Corte se encuentre impedido  para fungir como ministro del alto tribunal por tener un título profesional viciado, debe prevalecer SOBRE TODO EL INTERÉS INSTITUCIONAL DE LA CORTE, QUE NO PUEDE ACTUAR SOBERANAMENTE estando en entredicho su integración y su integridad.

NO SE PUEDE SACRIFICAR LA CREDIBILIDAD DE TODO EL PODER JUDICIAL PARA IMPONER EL INTERÉS PERSONAL, YA SEA DE LÓPEZ OBRADOR O DE SU CORCHOLATA ESQUIVEL MOSSA.

Yasmín Esquivel Mossa NO PUEDE participar en la elección de nuevo presidente de la Corte, Y MUCHO MENOS PUEDE SER CANDIDATA A PRESIDIRLA MIENTRAS NO SE HAYA RESUELTO EL VICIO DE SU TÍTULO DE LICENCIADA EN DERECHO.

Es lo que se conoce como una CUESTIÓN DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO; algo que debe ser resuelto ANTES DE PODER PROCEDER A LA ELECCIÓN DEL SUCESOR DEL MINISTRO ZALDÍVAR.

SIENDO UN CASO SIN PRECEDENTES, los  otros diez ministros están obligados a resolver el dilema, recurriendo al artículo 18º del Código Civil Federal que a la letra dice:

Artículo 18º.- “El SILENCIO, OSCURIDAD O INSUFICIENCIA DE LA LEY, no autorizan a los jueces o tribunales para dejar de resolver una controversia.”

Este artículo permite resolver casos sin precedente, como el de la todavía MINISTRA ASPIRACIONISTA.

Corresponde a los otros diez ministros, acordar lo necesario para esperar a lo que resuelva la Dirección General de Profesiones de la SEP sobre las consecuencias del plagio de tesis atribuido a Esquivel; acuerdo en cuya discusión, ella NO PUEDE PARTICIPAR.

TODO LO QUE YASMÍN ESQUIVEL QUIERA ALEGAR, DEBE HACERLO VALER EN LA AUDIENCIA QUE PREVIENE EL ARTÍCULO 67 DE LA LEY GENERAL DE PROFESIONES QUE A LA LETRA DICE:

Artículo 67.- La Dirección General de Profesiones, a solicitud y PREVIA AUDIENCIA DE PARTE INTERESADA, en sus respectivos casos cancelará las inscripciones de títulos profesionales, instituciones educativas, colegios de profesionistas o demás actos que deban registrarse, POR LAS CAUSAS SIGUIENTES:

II.- EXPEDICIÓN DEL TÍTULO SIN LOS REQUISITOS QUE ESTABLECE LA LEY;

Será ante la Dirección General de Profesiones de la SEP, donde Esquivel Mossa podrá OFRECER PRUEBAS, y alegar lo que a su derecho convenga, gozando de las garantías de DEBIDO PROCESO.

Fuera de ese procedimiento legal, toda la alharaca montada por la todavía ministra; todos los dimes y diretes; su exoneración por López Obrador, y las cartas de recomendación a su favor, DE NADA VALEN; tampoco le sirve sino al contrario la exoneración express decretada por la “autónoma” Fiscal Godoy de la CDMX QUE PUEDE SER OBSEQUIOSA PERO NO ES COMPETENTE, puesto que se trata de delitos federales de usurpación de funciones y de profesión, previsto en el artículo 250 del Código Penal Federal.

El papel jurídico de la UNAM, es emitir su dictamen determinando si ha existido plagio de tesis por parte de Esquivel Mossa o de Báez Gutierrez.

Visto el estado del asunto, hoy lunes 2 de enero, Esquivel Mossa está impedida de intervenir en la discusión de su propio asunto en el pleno de la Suprema Corte, Y MUCHO MENOS PUEDE PARTICIPAR COMO CANDIDATA A PRESIDIR EL MÁXIMO TRIBUNAL.

Basta leer el artículo 39 del Código Federal de Procedimientos Civiles, que es aplicable supletoriamente en TODOS LOS ASUNTOS DE ORDEN FEDERAL:

Artículo 39.- Fijada la competencia de un juez, magistrado o MINISTRO, conforme a lo dispuesto por el capítulo precedente, conocerá del negocio en que se haya fijado, SI NO SE ENCUENTRA COMPRENDIDO EN LOS SIGUIENTES CASOS DE IMPEDIMENTO: 

I.- TENER INTERÉS DIRECTO O INDIRECTO EN EL NEGOCIO;

XVII.- ESTAR EN UNA SITUACIÓN QUE PUEDA AFECTAR SU IMPARCIALIDAD EN FORMA ANÁLOGA O MÁS GRAVE QUE LAS MENCIONADAS.

Si Arturo Zaldívar y los demás ministros SE PRESTAN A UN PLAN “B” DE LÓPEZ OBRADOR, y pasan por encima de la Constitución y de las leyes para imponer a la corcholata Esquivel al frente de la Suprema Corte, e incluso, si le permiten participar en la elección programada para hoy, a pesar de estar impedida, le habrán dado el tiro de gracia al último vestigio del artículo 17 constitucional que a la letra dice:

Artículo 17º.- NINGUNA PERSONA PODRÁ HACERSE JUSTICIA POR SÍ MISMA, NI EJERCER VIOLENCIA PARA RECLAMAR SU DERECHO.

De Arturo Zaldívar y los otros nueve ministros depende que México se termine de regir por la LEY DE LA SELVA, o hacer valer la supremacía de la Constitución haciéndole entender a López Obrador, QUE LA LEY ES LA LEY Y NO COSA DE CUENTO.

DE LA SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN DEFENDIDA POR LOS MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE, DEPENDE QUE MÉXICO NO SE CONVIERTA POR COMPLETO EN TIERRA DE NADIE.

El famoso mural de Orozco buscaba ser un llamado permanente a la conciencia de los impartidores de justicia; buscaba alertarlos contra la indiferencia y la complicidad; pero por desgracia, ese mural es el retrato fiel de la actual cobardía del Poder Judicial sometido al capricho de López Obrador.

Hoy, lunes 2 de enero de 2023, Zaldívar y los otros nueve ministros TIENEN LA OPORTUNIDAD HISTÓRICA DE DECIRLE AL TODAVÍA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, QUE NO SON SUS MARIONETAS, Y QUE NO PODRÁ IMPONERLES A SU CORCHOLATA YASMÍN ESQUIVEL COMO SU PRESIDENTE.

  1. Patente de corso. Licencia otorgada por los monarcas a los corsarios para robar y saquear.

Nombramiento de ministros, magistrados y jueces, para lucrar en la infame subasta de la justicia, a cambio de favorecer a los poderosos que  los designan.

Prescripción. Adquisición o pérdida de derechos u obligaciones por el solo transcurso del tiempo. Un título profesional viciado de nulidad, no se legitima por el paso del tiempo, como lo previene el artículo 8º del Código Civil Federal.

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Sin embargo, el Comité de Derechos Humanos dijo que las personas que huyeron de su país debido a los efectos del cambio climático pueden argumentar que sus experiencias equivalen a persecución y buscar el estatus de refugiado bajo la convención de refugiados. Las personas vulnerables también podrían alegar que el cambio climático amenaza su derecho a la vida en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Esto incluye situaciones en las que los desastres ambientales se entrelazan con conflictos, lo que lleva a que el agua o el aire se contaminen con armas químicas. Los estados podrían considerar solicitudes de asilo resultantes de desastres climáticos en el futuro. Pero hasta que se alcance un consenso entre académicos o juristas sobre el estatus legal de los migrantes climáticos, probablemente evitarán introducir una interpretación amplia de lo que comprende un migrante climático en el derecho internacional. Los desastres ambientales son impredecibles y el daño que causan puede arruinar un territorio durante años, y las personas tardan décadas en recuperarse adecuadamente. Es posible que las personas desplazadas deban buscar refugio en otro país o región mientras se lleva a cabo la reconstrucción. El cambio climático provocará un número cada vez mayor de desastres, como inundaciones, sequías, incendios forestales y terremotos. Las soluciones legales, especialmente en el caso de los desastres causados ​​por el cambio climático, serán difíciles de predecir de antemano. Una comprensión firme de lo que funciona donde los migrantes climáticos se ven obligados a establecerse será invaluable. Los estados vecinos de países vulnerables tienen más probabilidades de verse afectados por la afluencia de migrantes climáticos. Al asumir una parte desproporcionada de esta responsabilidad, estos países mantendrán vivo el estancamiento sobre el estatus legal de los migrantes climáticos en el escenario internacional y tendrán un papel descomunal en la construcción de un consenso internacional en torno a su estatus legal. A medida que estos países intenten obtener fondos y construir refugios para albergar a los migrantes, también se enfrentarán a un número creciente de solicitudes de asilo. Esto inevitablemente impulsará la investigación dentro del país para determinar el estatus legal más relevante que los migrantes climáticos necesitan para garantizar su protección. Esto podría atraer el reconocimiento internacional a medida que aumentan el cambio climático y la crisis de refugiados entrelazada. Hubo un aumento dramático en 2015 en el número de migrantes que huían de la guerra y la hambruna, especialmente en países como Irak, Siria y Eritrea, y como resultado, la política migratoria sigue siendo un tema de debate muy delicado y divisivo. Preparar la protección eficiente de los refugiados climáticos es un desafío para los próximos años. Pero mientras tanto, la gente necesita ayuda. El reciente terremoto en Turquía y Siria causó varios miles de muertos, pero puede haber dejado a millones sin hogar. [caption id="attachment_90123" align="alignnone" width="765"]Casa de campaña para damnificados del terremoto de Turquía A un mes del terremoto, muchos siguen sin un lugar donde vivir. EPA-EFE/Sedat Suna[/caption] Solo la creación de un marco legal internacional eficiente puede garantizar refugio para las personas que huyen de tales desastres ambientales en el futuro. Es probable que la construcción de ese resultado comience en los países más cercanos a los que sufren.  

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La emergencia sanitaria representó un retroceso importante en el desigual camino de las mujeres en su aspiración por ser independientes económicamente, así como la obtención del reconocimiento laboral y profesional en un mundo capitalista que siempre privilegia al género masculino. Al reflexionar sobre el sistema patriarcal profundamente arraigado en México me remontó a la cultura y costumbres que en mi infancia y adolescencia nunca cuestioné, dentro de un contexto de invisibilización de la lucha de las mujeres por sus derechos. Me era común ver como a las niñas se les educaba para aprender las labores domésticas del hogar, mientras que a los niños se les dispensaba de colaborar en alguna labor señalada como propia de las mujeres. Te podría interesar: García Luna, el narcopolicía (ruizhealytimes.com) En la tradición familiar observé cómo muchos tíos míos nunca supieron lo que era lavar un plato, limpiar pisos o cocinar algo, salvo que por causas de fuerza mayor se requiriera colaborar con las labores domésticas. Parecía inculcarse que si un esposo o concubino era un buen proveedor económicamente, la pareja femenina debía servir y protegerlo hasta la muerte, por así estar convenido socialmente. En varias familias de aquella clase media capitalina de la postguerra mundial que permitió a los mexicanos tener un nivel de vida holgado, nunca vi a los miembros masculinos reconocer las arduas jornadas domésticas que realizaban “las mujeres de la casa”. Incluso se llegaba a estigmatizar que el trabajo del hogar, en sí mismo no era un trabajo, no contaba como experiencia laboral alguna y por lo general era una obligación casi devocional que las mujeres debían realizar por la tradición de los cánones sociales. Aprendí a colaborar en el hogar por necesitarse un mayor número de manos en las interminables labores domésticas de una casa modesta, que por una educación que se encaminara a la igualdad. Durante el denominado milagro mexicano se logró hacer accesible a la clase media patrimonio como inmuebles, acceso a sistemas de salud, algo de educación de calidad y sobre todo un salario que permitía el desarrollo de la familia tradicional. Por lo que las esposas, no requerían de laborar para apoyar a la familia económicamente, pero sobre todo era natural que si estás obtenían algún ingreso monetario, en realidad era una extensión del salario “del jefe” familiar.  Conocer una mujer divorciada era un hallazgo solo comparable a un avistamiento OVNI, o tan inusual como quien se sacaba la lotería. No recuerdo mucho énfasis en la educación sexual que recibí por parte de mis padres, sumado a que la moral católica imperaba en conocer lo menos posible sobre el pecaminoso tema del sexo. No era imaginable que se hablara de anticonceptivos, interrupción del embarazo, libertad sexual, mucho menos identidad de género que eran conceptos en desarrollo, pero que para aquella época de “bonanza” y buenas costumbres, hubieran sido un choque cultural parecido a un cataclismo. En la televisión solo existían telenovelas que repetían el cuento de la cenicienta con muy pocas modificaciones en el desarrollo de los personajes. Para que una protagonista ascendiera socialmente era necesario que su pureza estuviera garantizada, sin importar mucho que su educación fuera apenas básica, ya que para la trama lo único esencial es que al relacionarse con un hombre productivo, su condición de inferior sería cambiada al transformarse en la esposa de un empresario exitoso. La única excepción existente era que se descubrieran sus lazos sanguíneos perdidos, por alguna desgracia, que la reconocieran  como parte de la oligarquía. 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Para proteger a los migrantes climáticos que se vieron obligados a abandonar su país, algunos estudiosos del derecho han propuesto modificar la definición de refugiado en la Convención de Refugiados de 1951 para considerar la degradación ambiental como una forma de persecución . Esto ampliaría la elegibilidad para el asilo como refugiado bajo el derecho internacional más allá de los motivos existentes de persecución por religión, raza, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular u opiniones políticas. Pero el principio de no devolución , mencionado en la convención sobre refugiados, ya prohíbe que un país de acogida devuelva a los solicitantes de asilo a un lugar donde no estarían seguros. Esto podría interpretarse como garantía de acceso a un entorno que ofrezca aire decente y agua limpia según la Agencia Europea de Medio Ambiente . A pesar de esta disposición, el derecho internacional no está protegiendo a los migrantes climáticos, lo que significa que el alcance de la convención sobre refugiados, por amplio que sea, debe ampliarse. Ioane Teitiota es ciudadano de Kiribati, una nación insular en el Océano Pacífico central. En 2015, se le negó el asilo en Nueva Zelanda después de que las inundaciones lo obligaran a huir con su familia. Protestó ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, que dictaminó que su situación no constituía un riesgo inminente para la vida. [caption id="attachment_90121" align="alignnone" width="766"]isla de kiribati Kiribati es una isla de baja altitud amenazada por la subida del nivel del mar. Maloff/Shutterstock[/caption] No existe el derecho legal del pueblo de Kiribati a buscar protección efectiva contra la intrusión de agua salada en las tierras agrícolas, la erosión costera y las malas cosechas como resultado del aumento del nivel del mar. Nueva Zelanda sostuvo que solo podía otorgar el estatus de refugiado a las personas si el estado no había respetado sus derechos humanos fundamentales. Los efectos del cambio climático son sistémicos, según el argumento, más que una persecución personal contra el propio Teitiota. Sin embargo, el Comité de Derechos Humanos dijo que las personas que huyeron de su país debido a los efectos del cambio climático pueden argumentar que sus experiencias equivalen a persecución y buscar el estatus de refugiado bajo la convención de refugiados. Las personas vulnerables también podrían alegar que el cambio climático amenaza su derecho a la vida en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Esto incluye situaciones en las que los desastres ambientales se entrelazan con conflictos, lo que lleva a que el agua o el aire se contaminen con armas químicas. Los estados podrían considerar solicitudes de asilo resultantes de desastres climáticos en el futuro. Pero hasta que se alcance un consenso entre académicos o juristas sobre el estatus legal de los migrantes climáticos, probablemente evitarán introducir una interpretación amplia de lo que comprende un migrante climático en el derecho internacional. Los desastres ambientales son impredecibles y el daño que causan puede arruinar un territorio durante años, y las personas tardan décadas en recuperarse adecuadamente. Es posible que las personas desplazadas deban buscar refugio en otro país o región mientras se lleva a cabo la reconstrucción. El cambio climático provocará un número cada vez mayor de desastres, como inundaciones, sequías, incendios forestales y terremotos. Las soluciones legales, especialmente en el caso de los desastres causados ​​por el cambio climático, serán difíciles de predecir de antemano. Una comprensión firme de lo que funciona donde los migrantes climáticos se ven obligados a establecerse será invaluable. Los estados vecinos de países vulnerables tienen más probabilidades de verse afectados por la afluencia de migrantes climáticos. Al asumir una parte desproporcionada de esta responsabilidad, estos países mantendrán vivo el estancamiento sobre el estatus legal de los migrantes climáticos en el escenario internacional y tendrán un papel descomunal en la construcción de un consenso internacional en torno a su estatus legal. A medida que estos países intenten obtener fondos y construir refugios para albergar a los migrantes, también se enfrentarán a un número creciente de solicitudes de asilo. Esto inevitablemente impulsará la investigación dentro del país para determinar el estatus legal más relevante que los migrantes climáticos necesitan para garantizar su protección. Esto podría atraer el reconocimiento internacional a medida que aumentan el cambio climático y la crisis de refugiados entrelazada. Hubo un aumento dramático en 2015 en el número de migrantes que huían de la guerra y la hambruna, especialmente en países como Irak, Siria y Eritrea, y como resultado, la política migratoria sigue siendo un tema de debate muy delicado y divisivo. Preparar la protección eficiente de los refugiados climáticos es un desafío para los próximos años. Pero mientras tanto, la gente necesita ayuda. El reciente terremoto en Turquía y Siria causó varios miles de muertos, pero puede haber dejado a millones sin hogar. [caption id="attachment_90123" align="alignnone" width="765"]Casa de campaña para damnificados del terremoto de Turquía A un mes del terremoto, muchos siguen sin un lugar donde vivir. EPA-EFE/Sedat Suna[/caption] Solo la creación de un marco legal internacional eficiente puede garantizar refugio para las personas que huyen de tales desastres ambientales en el futuro. Es probable que la construcción de ese resultado comience en los países más cercanos a los que sufren.  

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