18 billones de pesos para remediar el medio ambiente

Párate 5 minutos y ponte a pensar dónde vives. ¿Qué había antes ahí donde estoy? Seguramente era un área con bosques, árboles, un vaso regulador de agua, o algo que la naturaleza había colocado para tener un...

27 de enero, 2023 18 billones de pesos para remediar el medio ambiente

Párate 5 minutos y ponte a pensar dónde vives. ¿Qué había antes ahí donde estoy? Seguramente era un área con bosques, árboles, un vaso regulador de agua, o algo que la naturaleza había colocado para tener un mejor entorno equilibrado.

El ser humano, supuestamente con el uso de la razón, ha desarrollado, adaptado y buscado una comodidad para vivir. Esto ha originado que el planeta haya quedado pequeño para el mundo.

Una sabia lección que podemos dar podría considerar que no es lo mismo el sumar en forma algebraica que multiplicar. Sumar a personas en hacer un cambio, no significa llegar a un mayor número de resultados, y personas que puedan replicar. Debido a esto, es importante dejar en claro que las cuestiones ambientales, no deben de verse como una simple adición de personas para resarcir los daños actuales y del futuro, debe ser el multiplicar el conocimiento adquirido, replicando a más gente las consecuencias de los cambios al entorno que realizamos día a día.

El mundo, y cada persona en forma individual, no está dispuesta a dejar las comodidades sin continuar contaminando y esto ya no puede ser parado. Pero hay una solución en el día de hoy y que algunos países están empezando a realizar. Son investigaciones sobre la forma de capturar gases como el dióxido de carbono, reusar en un mayor tiempo las materias primas que tomamos de la naturaleza. Todo esto debe ser logrado, si entendemos el ciclo de vida de cada recurso que tomamos, cuál es su transformación y uso, si contamina o no. 

La pregunta que nadie quiere contestar es ¿Cuánto dinero necesitaremos para poder resarcir lo que contaminamos desde un punto de vista correctivo o preventivo?

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El instigador

De acuerdo a información que recaba el INEGI, y muchos de nosotros no habíamos tomado en cuenta, existe un dato que debemos de considerar en la parte ambiental y son:

Costos Totales por Agotamiento y Degradación Ambiental (CTADA). Estos son los costos en que tendría que incurrir la sociedad en su conjunto para remediar, restituir o prevenir el agotamiento y degradación de los recursos naturales y el medio ambiente, como resultado de los procesos de producción, distribución y de consumo humano.

Agotamiento refiere a lo que tendría que incurrir la sociedad invertir en dinero, para reparar al medio ambiente por la disminución y pérdida de los recursos naturales.

Degradación indica los costos a donde tendría que incurrir la sociedad para remediar o prevenir el deterioro del ambiente.

De acuerdo con los datos observados, se indica que en 2021 requeríamos 1.17 billones de pesos para remediar al medio ambiente durante ese año, y esto representaban del total del presupuesto asignado de egresos de la nación alrededor del 15%. Realizando una proyección en función del incremento de la demanda observada en el sector de hidrocarburos y eléctrico, para el 2023 se requieren 1.4 Billones de pesos. Estos datos indican que existe una correlación entre el gasto del país, y la parte ambiental, indicando que por cada peso que gasta México, deberá apartar 20 centavos, para ayudar al medio ambiente.

Estos números obtenidos, y que son dineros requeridos para remediar en forma anualizada, lleva una acumulación de más de 15.8 billones de pesos de 2003 a 2021. Sumando las proyecciones, llegaría a 18 billones de pesos, es decir, requeriremos 2.25 el presupuesto de 2023 para remediar todo el problema ambiental que tenemos, si hoy quisiéramos remediar el total del daño.

Hoy en día, no hay dinero para remediar. Para 2023, el presupuesto para el sector ambiental será de poco más de 75 mil millones de pesos. Esa cantidad representa un incremento considerable si se compara con los poco más 41 mil millones de pesos que tuvo en 2022. Sin embargo, 90.5 % del presupuesto al sector ambiental lo acapara la Comisión Nacional del Agua (Conagua), dependencia que contará con 68 mil millones de pesos, pero sería para su operabilidad, y no para remediar el medio ambiente.

Pregúntate, cada vez que consumo un litro de gasolina, kg de gas licuado de petróleo, Kw de electricidad, cemento o cualquier insumo para mi vida cotidiana: ¿cuánto de lo que se me cobra es para remediar al medio ambiente? Hoy existe el IEPS a los combustibles, y este es asumido por la administración como un ingreso, pero no está etiquetado en forma cabal para la remediación al medio ambiente, y su uso es discrecional a nivel federal, estatal y municipal. Deberían en el 2024 destinarse estos recursos para la prevención y remediación del medio ambiente, por medio de una iniciativa que surja en la cámara de diputados. 

PEMEX y CFE son los que más invierten en el sector de energía en nuestro país. A éstos asignan presupuesto para operar, y una parte mínima para remediar al medio ambiente, y no para prevenir. Este último es requerido para cumplir con todos los acuerdos, suscritos con el mundo para el planeta, dinero para capturar el calor, dióxido de carbono o mejorar la eficiencia de sus plantas, pero ante esto deberán aumentar en un 40% a 50% más del dinero actual, y deberá estar etiquetado para todo lo anterior.

grafica para remediar el medio ambiente

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Comentarios


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Te podría interesar: Chat GTP 4: más poder a tu alcance (ruizhealytimes.com)

¿EN CUÁNTOS PAÍSES SE USA LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA?

La factura electrónica se utiliza en muchos países en todo el mundo. Algunos de los países que han adoptado la facturación electrónica incluyen: México, Brasil, Chile, Perú, Argentina, Colombia, Estados Unidos, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, Japón, Corea del Sur, Singapur, Noruega, Suecia, Dinamarca, Italia, Francia, España, Portugal, entre otros.  Cada país tiene sus propias regulaciones y requisitos específicos para la facturación electrónica, por lo que es importante estar al tanto de las normativas locales al emitir facturas electrónicas en otros países.

¿QUÉ ES UN CFDI?

CFDI son las siglas de Comprobante Fiscal Digital por Internet. Es un documento electrónico que tiene la misma validez legal que las facturas tradicionales impresas en papel y que permite a los contribuyentes en México cumplir con sus obligaciones fiscales de manera electrónica.  Los componentes que se incluyen en un CFDI son los siguientes:
  • Encabezado: Incluye información como el nombre y dirección del emisor, la fecha de emisión y el número de folio.
  • Concepto: Describe los bienes o servicios proporcionados y el importe correspondiente.
  • Impuestos: Muestra el total de impuestos incluidos en la factura, como el IVA y el impuesto sobre la renta.
  • Información adicional: Puede incluir información como descuentos, notas de crédito, entre otros.
  • Sello digital: Es un código que garantiza la autenticidad y validez de la factura electrónica.
  • Certificado digital: Es un documento que asegura la identidad del emisor y su capacidad para emitir facturas electrónicas.
  • Cadena original: Es un texto que contiene información detallada sobre la factura electrónica y que se utiliza para validar su autenticidad.

¿QUÉ TIPOS DE CFDI EXISTEN?

Existen diferentes tipos de CFDI en México, cada uno de ellos se utiliza para documentar distintas transacciones y cumplir con diferentes requisitos fiscales. Algunos de los tipos de CFDI más comunes son los siguientes:
  • Factura: Es el CFDI más común y se utiliza para documentar la venta de bienes o servicios.
  • Nota de crédito: Se utiliza para cancelar o modificar una factura previamente emitida.
  • Nota de cargo: Se utiliza para documentar el cargo adicional realizado al cliente después de la emisión de la factura.
  • Recibo de pago: Se utiliza para documentar el pago recibido de un cliente.
  • Complemento de pago: Se utiliza para documentar pagos parciales o diferidos de una factura.
  • Nómina: Es un tipo de comprobante fiscal digital que se utiliza para documentar el pago de salarios y prestaciones a los trabajadores de una empresa. Este tipo de CFDI es obligatorio para todas las empresas que tienen empleados y deben ser emitidos cada vez que se realice un pago de nómina.
Cada uno de estos tipos de CFDI tiene sus propios requisitos y características específicas que deben ser cumplidos por los contribuyentes que emiten estas facturas electrónicas.

¿QUÉ DEBO HACER COMO CONTRIBUYENTE?

Lo más importante es que por cada cliente, se solicite la Constancia de Situación Fiscal y con esos datos actualizar a cada uno de ellos, bien vale la pena almacenar las mismas.

DIFERENCIA ENTRE CFDI 3.3 y CFDI 4.0

De acuerdo a la información publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el CFDI  versión 4.0 tiene las siguientes diferencias:
  1. Incluye de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  2. Los nombres del emisor y receptor deben ir en mayúsculas y sin el régimen societario 
  3. Los nombres del emisor y receptor deben registrarse como aparecen en la Contancia de Situación Fiscal.
  4. El CFDI debe incluir el régimen fiscal del receptor.
  5. Es obligatorio incluir el Código Postal del receptor.
  6. En las opciones de uso, desaparece P01- Por definir y se agrega una validación a este catálogo que dependiendo del régimen fiscal del receptor será el uso de factura que se podrá indicar.
  7. Se debe indicar si el producto o servicio de la operación comercial es objeto de impuesto o no, y si está obligado al desglose de éstos.  
  8. Si el CFDI se genera en una moneda diferente al peso mexicano (MXN), se deberá indicar el tipo de cambio en FIX, que determina el Banco de México.
  9. Se debe indicar si el producto es de exportación. 
  10. En caso de relacionar el CFDI, se puede relacionar con más de un CFDI y se pueden indicar diferentes tipos de relación. 
  11. Incluye campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
  12. Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
  13. Incorpora nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.

¿QUÉ HAY DE LA CANCELACIÓN DE FACTURAS?

A partir del 2022 es necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes. Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” debe relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.

¿CUÁL SERÁ EL FUTURO DE LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA EN MÉXICO?

Esto se pone muy interesante, el hecho de tener sistemas administrativos robustos, los cuales incluyen contabilidad, facturación, cuentas por cobrar, cuentas por pagar e inventario en adición a la novedad de la inteligencia artificial, estamos en la antesala que en muy poco tiempo los sistemas administrativos procesen automáticamente la contabilidad y sean capaces de diversas actividades, por ejemplo:
  • Evidenciar las diferencias contra la disposición fiscal
  • Auto Auditarse

CONCLUSIONES

Por un lado, debemos de tener en cuenta que el cambio a CFDI 4.0 es obligatorio, esto inicia el 1ero de Abril, no hay vuelta atrás y en teoría, desde la perspectiva técnica no debe existir dificultad alguna. Te podría interesar: TikTok en el ojo del huracán (ruizhealytimes.com) En referencia a lo que va a suceder, estamos hablando del corto plazo… y para el mundo contable, va a ser algo trascendental.

REFERENCIAS

  Historia de la factura electrónica en México -  https://www.bind.com.mx/contabilidad-y-finanzas/historia-facturacion-electronica-mexico  SAT - https://www.sat.gob.mx/" ["post_title"]=> string(32) "CFDI 4.0 a partir del 1 de abril" ["post_excerpt"]=> string(0) "" ["post_status"]=> string(7) "publish" ["comment_status"]=> string(6) "closed" ["ping_status"]=> string(6) "closed" ["post_password"]=> string(0) "" ["post_name"]=> string(32) "cfdi-4-0-a-partir-del-1-de-abril" ["to_ping"]=> string(0) "" ["pinged"]=> string(0) "" ["post_modified"]=> string(19) "2023-03-24 13:52:18" ["post_modified_gmt"]=> string(19) "2023-03-24 18:52:18" ["post_content_filtered"]=> string(0) "" ["post_parent"]=> int(0) ["guid"]=> string(35) "https://ruizhealytimes.com/?p=90686" ["menu_order"]=> int(0) ["post_type"]=> string(4) "post" ["post_mime_type"]=> string(0) "" ["comment_count"]=> string(1) "0" ["filter"]=> string(3) "raw" } [1]=> object(WP_Post)#18482 (24) { ["ID"]=> int(90395) ["post_author"]=> string(2) "55" ["post_date"]=> string(19) "2023-03-17 11:54:01" ["post_date_gmt"]=> string(19) "2023-03-17 16:54:01" ["post_content"]=> string(8504) "Entre las cosas “sensatas” que predica el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, se encuentran que los anteriores gobiernos hicieron muchas pillerías y que muchos funcionarios eran muy sinvergüenzas. Por supuesto, siempre aclara, con honrosas excepciones…  ¡Vaya que tiene razón!  En el tema que conozco ─la Industria del Juego con Apuesta─ es un ejemplo rotundo. La Ley Federal de Juegos y Sorteos que la rige desde 1947, a la que he bautizado como la “reina de la discrecionalidad” es una muestra. Es un hecho que durante el mandato del actual presidente han hecho muy poco por remediarlo, a pesar de ser una Industria multimillonaria que genera miles de empleos, derechos e impuestos importantes. Para quien no sepa, el terreno y las instalaciones en donde está asentado el Hipódromo de las Américas (52 hectáreas) es un bien ”sujeto al régimen del dominio público de la Federación” y si el lector lee el artículo que escribí en 2015 (que se puede leer en este vínculo), podrá darse cuenta de que en los sexenios anteriores, la corrupción burbujeaba por doquier y en la actual administración, a pesar de que el presidente repite todos los días que la corrupción no existe y que ya se acabó, en la industria que menciono, no es cierto. Solo habría que revisar cómo operó en los años recientes  la corrupta la “Comisión de Carreras” y solo con la llegada del Mtro. Manuel Marcué Diaz en la Dirección de Juegos y Sorteos se nos escuchó, aunque en mi opinión la autoridad hípica que formó no satisface las expectativas que propusimos.  

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La Real Academia Española define a la corrupción como “En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización indebida o ilícita de las funciones de aquellas en provecho de sus gestores”. En mi opinión, formas de corrupción se dan cuando no se acatan las disposiciones de la Constitución Política y de las leyes y reglamentos que de ella emanan. Corrupción significa conocer de un asunto que afecte el interés general y no ponerle remedio.  Así pues, a lo largo de muchos años de tocar muchas puertas y de escribir muchos artículos de opinión acerca del tema, la pregunta es: ¿quién podría rescatar al Hipódromo de las Américas? Un conocido responde: ¡La Cámara de los Diputados!  ¡Tiene razón! El punto es que la permisionaria no ha cumplido con muchas de las condiciones que le exigía su permiso y en la prórroga que le extendieron, quince días antes de que terminará el sexenio de Enrique Peña Nieto, por 15 años más, con el pretexto de que iban a construir un hotel. A la fecha, después de cuatro años no hay puesta una primera piedra por lo que la revocación del permiso se pudiera exigir. Hay que recordar que la actividad que generan los propietarios y criadores de caballos de competencia ─los cuales, por cierto, se han reducido drásticamente en cantidad y sin duda, en calidad─ y con el esfuerzo de cientos de trabajadores que participan en toda la Industria Hípica de carreras de caballos hace sentido rescatar este magnífico espectáculo. Firmemente considero que la actual permisionaria Administradora Mexicana de Hipódromo, S.A. y su ilegal accionista mayoritaria, la empresa española Codere, se debe ir, pues no han cumplido con el permiso que se les otorgó y que venga otra empresa a administrarlo. Insisto: el Ejército Mexicano podría operarlo.  Les aseguro que, con ese nuevo operador, las cuadras favorecidas que usaban entrenadores que ni siquiera conocían sus caballos y los inscribían, van a marchar derechito, sin buscar ventajas. El titular de la nueva autoridad hípica, el licenciado Mauricio R. Ayala Rosique ya conoce quiénes eran los tramposos y estoy convencido de que está poniendo todo su empeño para aprender y recuperar esta actividad. La propuesta es “borrón y cuenta nueva” a todos los supuestos infractores y a empezar de nuevo. Ojalá hagan transparente su operación como lo sugerí en un artículo reciente.  Como he comentado en artículos anteriores, siendo México la 15 economía del mundo, por qué Argentina, Chile, Uruguay, Brasil, Panamá y hasta Venezuela tiene mejores industrias hípicas que la nuestra. En este vínculo pueden ver qué es la actividad hípica en la República del Uruguay. Entonces, exploraremos nuevamente la opción de platicar con miembros distinguidos de la Cámara de los Diputados, para que se legisle sobre el tema.  Por último, he hecho un consenso entre personas que tienen mucha experiencia y conocimiento en esta actividad y han opinado en cuanto al “Primer Premio del Comité Mexicano de Arbitraje y Vigilancia de Carreras de Caballos y Galgos, A.C.” que están proponiendo y el resultado es que no ha gustado en su mayoría, aunque reconozcamos que es una innovación. No se usaba en este Hipódromo desde hace muchísimos años. Un amigo muy cercano, que por muchos años fue secretario de carreras en el Caliente, en Tijuana me comentó: “Se utilizaban cuando la caballada era muy mala y ponías a competir a los mejores ejemplares del reclamo más bajos; un síndrome de que la caballada va de caída. Lo usamos en Tijuana al final, antes de cerrar, eran 9 carreras y 5 a 6 carreras eran de los mínimos reclamos y las estelares solo iban con 6 caballos”. En fin… veremos. Lo que sí se aprobó fue la sugerencia de que a los cuidadores de los caballos que entren en primer, segundo y tercer lugar se les reparta el incentivo en forma proporcional.  En fin, repito, porque necio soy: solo todo el gremio hípico unido y todas las asociaciones que los representan y las que podrían estar en vías de formación ─como se rumora fuertemente en Sotelo─, van a poder rescatar la industria, es decir, exigir un aumento sustancial de premios y total transparencia en los asuntos del doping, en donde, insisto, los tres primeros lugares de las carreras ordinarias deben ser “testados”.  Sus comentarios son bienvenidos. Es más, son necesarios.  

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¿EN CUÁNTOS PAÍSES SE USA LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA?

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¿QUÉ ES UN CFDI?

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¿QUÉ TIPOS DE CFDI EXISTEN?

Existen diferentes tipos de CFDI en México, cada uno de ellos se utiliza para documentar distintas transacciones y cumplir con diferentes requisitos fiscales. Algunos de los tipos de CFDI más comunes son los siguientes:
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  • Nota de cargo: Se utiliza para documentar el cargo adicional realizado al cliente después de la emisión de la factura.
  • Recibo de pago: Se utiliza para documentar el pago recibido de un cliente.
  • Complemento de pago: Se utiliza para documentar pagos parciales o diferidos de una factura.
  • Nómina: Es un tipo de comprobante fiscal digital que se utiliza para documentar el pago de salarios y prestaciones a los trabajadores de una empresa. Este tipo de CFDI es obligatorio para todas las empresas que tienen empleados y deben ser emitidos cada vez que se realice un pago de nómina.
Cada uno de estos tipos de CFDI tiene sus propios requisitos y características específicas que deben ser cumplidos por los contribuyentes que emiten estas facturas electrónicas.

¿QUÉ DEBO HACER COMO CONTRIBUYENTE?

Lo más importante es que por cada cliente, se solicite la Constancia de Situación Fiscal y con esos datos actualizar a cada uno de ellos, bien vale la pena almacenar las mismas.

DIFERENCIA ENTRE CFDI 3.3 y CFDI 4.0

De acuerdo a la información publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el CFDI  versión 4.0 tiene las siguientes diferencias:
  1. Incluye de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  2. Los nombres del emisor y receptor deben ir en mayúsculas y sin el régimen societario 
  3. Los nombres del emisor y receptor deben registrarse como aparecen en la Contancia de Situación Fiscal.
  4. El CFDI debe incluir el régimen fiscal del receptor.
  5. Es obligatorio incluir el Código Postal del receptor.
  6. En las opciones de uso, desaparece P01- Por definir y se agrega una validación a este catálogo que dependiendo del régimen fiscal del receptor será el uso de factura que se podrá indicar.
  7. Se debe indicar si el producto o servicio de la operación comercial es objeto de impuesto o no, y si está obligado al desglose de éstos.  
  8. Si el CFDI se genera en una moneda diferente al peso mexicano (MXN), se deberá indicar el tipo de cambio en FIX, que determina el Banco de México.
  9. Se debe indicar si el producto es de exportación. 
  10. En caso de relacionar el CFDI, se puede relacionar con más de un CFDI y se pueden indicar diferentes tipos de relación. 
  11. Incluye campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
  12. Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
  13. Incorpora nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.

¿QUÉ HAY DE LA CANCELACIÓN DE FACTURAS?

A partir del 2022 es necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes. Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” debe relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.

¿CUÁL SERÁ EL FUTURO DE LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA EN MÉXICO?

Esto se pone muy interesante, el hecho de tener sistemas administrativos robustos, los cuales incluyen contabilidad, facturación, cuentas por cobrar, cuentas por pagar e inventario en adición a la novedad de la inteligencia artificial, estamos en la antesala que en muy poco tiempo los sistemas administrativos procesen automáticamente la contabilidad y sean capaces de diversas actividades, por ejemplo:
  • Evidenciar las diferencias contra la disposición fiscal
  • Auto Auditarse

CONCLUSIONES

Por un lado, debemos de tener en cuenta que el cambio a CFDI 4.0 es obligatorio, esto inicia el 1ero de Abril, no hay vuelta atrás y en teoría, desde la perspectiva técnica no debe existir dificultad alguna. Te podría interesar: TikTok en el ojo del huracán (ruizhealytimes.com) En referencia a lo que va a suceder, estamos hablando del corto plazo… y para el mundo contable, va a ser algo trascendental.

REFERENCIAS

  Historia de la factura electrónica en México -  https://www.bind.com.mx/contabilidad-y-finanzas/historia-facturacion-electronica-mexico  SAT - https://www.sat.gob.mx/" ["post_title"]=> string(32) "CFDI 4.0 a partir del 1 de abril" ["post_excerpt"]=> string(0) "" ["post_status"]=> string(7) "publish" ["comment_status"]=> string(6) "closed" ["ping_status"]=> string(6) "closed" ["post_password"]=> string(0) "" ["post_name"]=> string(32) "cfdi-4-0-a-partir-del-1-de-abril" ["to_ping"]=> string(0) "" ["pinged"]=> string(0) "" ["post_modified"]=> string(19) "2023-03-24 13:52:18" ["post_modified_gmt"]=> string(19) "2023-03-24 18:52:18" ["post_content_filtered"]=> string(0) "" ["post_parent"]=> int(0) ["guid"]=> string(35) "https://ruizhealytimes.com/?p=90686" ["menu_order"]=> int(0) ["post_type"]=> string(4) "post" ["post_mime_type"]=> string(0) "" ["comment_count"]=> string(1) "0" ["filter"]=> string(3) "raw" } ["comment_count"]=> int(0) ["current_comment"]=> int(-1) ["found_posts"]=> int(25) ["max_num_pages"]=> float(13) ["max_num_comment_pages"]=> int(0) ["is_single"]=> bool(false) ["is_preview"]=> bool(false) ["is_page"]=> bool(false) ["is_archive"]=> bool(true) ["is_date"]=> bool(false) ["is_year"]=> bool(false) ["is_month"]=> bool(false) ["is_day"]=> bool(false) ["is_time"]=> bool(false) ["is_author"]=> bool(false) ["is_category"]=> bool(true) ["is_tag"]=> bool(false) ["is_tax"]=> bool(false) ["is_search"]=> bool(false) ["is_feed"]=> bool(false) ["is_comment_feed"]=> bool(false) ["is_trackback"]=> bool(false) ["is_home"]=> bool(false) ["is_privacy_policy"]=> bool(false) ["is_404"]=> bool(false) ["is_embed"]=> bool(false) ["is_paged"]=> bool(false) ["is_admin"]=> bool(false) ["is_attachment"]=> bool(false) ["is_singular"]=> bool(false) ["is_robots"]=> bool(false) ["is_favicon"]=> bool(false) ["is_posts_page"]=> bool(false) ["is_post_type_archive"]=> bool(false) ["query_vars_hash":"WP_Query":private]=> string(32) "7403bbd2fc1589fb2f3f1448df5703b1" ["query_vars_changed":"WP_Query":private]=> bool(false) ["thumbnails_cached"]=> bool(false) ["allow_query_attachment_by_filename":protected]=> bool(false) ["stopwords":"WP_Query":private]=> NULL ["compat_fields":"WP_Query":private]=> array(2) { [0]=> string(15) "query_vars_hash" [1]=> string(18) "query_vars_changed" } ["compat_methods":"WP_Query":private]=> array(2) { [0]=> string(16) "init_query_flags" [1]=> string(15) "parse_tax_query" } }
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