Revocación de Mandato: ¿preámbulo de la reelección?

El pasado 14 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó un dictamen para reformar diversos artículos de la constitución. Estas modificaciones harán realidad dos promesas...

20 de marzo, 2019

El pasado 14 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó un dictamen para reformar diversos artículos de la constitución. Estas modificaciones harán realidad dos promesas de campaña de López Obrador: las consultas populares y la revocación del mandato presidencial. En este artículo voy a referirme sólo a la revocación.

La revocación es una institución de democracia directa en la cual los ciudadanos deciden sobre la permanencia o no de un funcionario en el cargo. Si se trata del presidente de la república y los ciudadanos deciden que no debe permanecer, cesa en sus funciones. Si los ciudadanos deciden que sí debe permanecer, el presidente continúa en su cargo hasta que termine su periodo.

Desde el momento en que los diputados aprobaron el dictamen con 329 votos a favor, 153 en contra y 2 abstenciones, la oposición acusó que estas reformas eran el preámbulo de la reelección presidencial. Veamos qué aprobaron los diputados.

 

¿Quién o quiénes pueden solicitar la consulta para la revocación del mandato presidencial?

El dictamen contempla tres posibilidades:

  • El propio presidente convoca, pero esta solicitud debe ser aprobada por la mayoría en cada cámara del Congreso de la Unión.
  • El 33% de los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión, pero, como en el caso anterior, dicha solicitud deberá ser aprobada por la mayoría en cada cámara.
  • El 3% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores. Esta convocatoria, por ser ciudadana, no requiere la aprobación del Congreso.

La oposición denuncia defectos en el proceso de convocatoria, y tienen cierta razón. A mi juicio, no hay problema en que el propio presidente inicie el proceso. El problema está en que el 33% de los integrantes de cualquiera de las cámaras logre que su convocatoria sea exitosa, pues si la solicitud requiere la aprobación de la mayoría en cada cámara, es muy fácil que la moción sea bloqueada. La solución es simple: si quien convoca es el presidente o el 33% de los integrantes de cualquier cámara, el problema se soluciona si se elimina la aprobación de la mayoría en cada cámara. La prueba de ello es esta: según Morena, si hubiese existido este mecanismo en tiempos de Calderón o Peña Nieto, ninguno de estos dos presidentes hubiera acabado su mandato. De acuerdo. Pero si las reglas hubiesen sido estas mismas, el PRI o el PAN fácilmente habrían impedido la moción no aprobando la solicitud del 33% de los integrantes de cualquier cámara, y en consecuencia ambos mandatarios hubieran terminado sus sexenios. La solución es sencilla y es muy probable que el Senado llegue a ella.

Otro problema que ve la oposición es que el 3% de los ciudadanos inscritos en a lista nominal de electores solicite la revocación, pues dicen, es un número excesivo, mayor que el que se requiere para formar un partido político o para ser candidato independiente. La solución: que el porcentaje se reduzca al 2%, o incluso al 1%. Es previsible que así suceda en el Senado.

 

¿Cuándo se pide la revocación y cuándo se realiza la votación?

El dictamen dice que la revocación se solicitará durante el primer periodo ordinario del segundo año de la legislatura. O sea, de septiembre a diciembre de 2020. La votación sería el mismo día de la jornada electoral federal en la que sólo se eligen diputados federales, es decir, en las elecciones intermedias de junio de 2021.

Este es el punto que más preocupa a la oposición. Hay un gran temor por la popularidad de López Obrador. La oposición está segura que si el día de las elecciones intermedias se vota también por la revocación, Morena obtendría una épica victoria. Pero la verdad es que si todo saliera mal y la administración del presidente fuera un desastre que se resintiera en los bolsillos de los electores, la hipotética caída de la popularidad del presidente sería una catástrofe para Morena en dichas elecciones. Es una daga de dos filos. Pensemos que si esto hubiera existido en tiempos de Peña Nieto, si se hubiera votado la revocación en las elecciones intermedias de 2015, el PRI habría sufrido un descalabro mayor (lo mismo el PAN en 2009). Lo cual significa que el partido del presidente –de cualquier presidente–, si quiere salir airoso tanto en la revocación de mandato como en las elecciones federales intermedias, necesita hacer las cosas bien desde el principio. Si falla por torpeza o dolo, está condenado. Así, parece idóneo que la votación para la revocación se lleve a cabo el mismo día de las elecciones federales intermedias.

Es difícil que la oposición ceda en este punto, pues tiene pánico de la popularidad de AMLO que, lejos de desplomarse en estos primeros meses, es cada día mayor y no se ve que en el corto plazo cambie esta tendencia. Empero, la propuesta de Movimiento Ciudadano para que la votación de la revocación de mandato se realice el 1 de diciembre de 2021, podría ser una solución razonable. Veremos qué dice el Senado.

 

¿Es vinculante el resultado de la votación?

Sí, por mayoría de los votos depositados en las urnas, siempre que haya votado cuando menos el 40% de los inscritos en la lista nominal de electores.

 

¿Quién organiza y supervisa la votación?

El Instituto Nacional Electoral. Este punto es incontrovertible. El INE es garantía. Realmente no entiendo a algunos legisladores de oposición, que ni siquiera saben que es el propio INE el que se encargará de todo lo relativo a la votación de revocación de mandato, lo que me hace suponer que no leyeron el dictamen y no saben de lo que están hablando. No podría ser nadie, sino el INE.

 

¿Se pueden impugnar los resultados?

Sí, ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. La normatividad es la misma que la que rige las elecciones federales. Al final, la Sala Superior emitirá la declaración de validez del proceso y dará a conocer el resultado final.

 

¿En caso de que el resultado sea revocatorio, cuándo se hace efectivo?

Si el resultado es revocatorio, el presidente cesará funciones al día siguiente de la declaratoria que haga el Tribunal Electoral.

 

¿Qué pasa entonces?

Se estará a lo dispuesto en el artículo 84 constitucional:

  • De inmediato el Secretario de Gobernación asumirá como presidente provisional.
  • Dentro de los siguientes 60 días, el Congreso deberá nombrar a un presidente sustituto para que termine el periodo, es decir, para que funja como presidente hasta el último segundo del 30 de septiembre de 2024.
  • El Congreso, en una sola asamblea, y con quórum calificado de las 2/3 partes de los legisladores, se erigirá en Colegio Electoral y nombrará por mayoría al presidente sustituto.

Eso fue lo que aprobó la Cámara de Diputados.

 

Desde mis tiempos de estudiante de Derecho en la Universidad Iberoamericana y durante mi trayectoria como profesor de Derecho Constitucional en dicha institución, estuve a favor de la incorporación de instituciones de democracia directa en nuestra Constitución, incluida la revocación de mandato. Me parece que el dictamen aprobado por los diputados es en términos generales bueno y es un buen punto de partida para que trabaje el Senado. Todos están de acuerdo en lo fundamental: la revocación de mandato del presidente va. Hay que superar los puntos de desacuerdo, y para ello se necesita la voluntad política no sólo de Morena y sus aliados, sino también de la oposición. El día que estas reformas formen parte del texto constitucional, será un día de fiesta para la democracia.

Y en cuanto a que la revocación de mandato sea el preámbulo de la reelección, francamente no veo la conexión. La oposición dice que así pasó en Venezuela, pero esta observación es tendenciosa. Sí, antes de que se reformara la constitución de Venezuela para que existiera la reelección, se aprobó la revocación de mandato, pero también se ha aprobado la revocación en otros países sin que ello signifique detrimento a la democracia. En Colombia, por ejemplo, nación que ha despertado la admiración de algunos partidos de oposición, existe revocación de mandato y reelección. Calderón y varios panistas han puesto a Colombia como ejemplo de democracia –Calderón admiraba al entonces presidente Álvaro Uribe–. A nivel local existe en 18 estados de la Unión Americana y en 6 cantones de la Confederación Helvética (Suiza). La revocación de mandato es una institución democrática que coexiste con la reelección, que también es otra institución democrática, por cierto.

La oposición ha dicho que el artículo 83 constitucional, tal como fue aprobado en el dictamen, abre las puertas de la reelección. ¿Cómo quedó? Pongo en cursivas la parte nueva:

«El presidente entrará a ejercer su encargo el 1 de octubre y durará en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de interino o sustituto, o asuma provisionalmente la titularidad del Ejecutivo Federal, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.

El proceso de revocación del mandato del presidente de los Estados Unidos Mexicanos tiene por objeto que la ciudadanía decida la permanencia del titular del Poder Ejecutivo de la Unión

Según muchas voces, esta reforma estaría estableciendo la reelección, porque la ciudadanía estaría decidiendo “la permanencia” del presidente. Esto es absurdo. Quien llegue a una conclusión así demuestra que sólo leyó pero no entendió ni contextualizó. Las normas jurídicas no se pueden leer aisladamente. Las normas jurídicas se interpretan y se entienden atendiendo no a uno, sino a varios criterios: gramatical, teleológico, sistemático, histórico, lógico-analítico, deóntico, contrario sensu, etcétera. Si bien se trata de un dictamen que aún no es parte de la constitución, no se pueden leer sus diversas partes como si se tratara de las instrucciones de la pasta de dientes o del shampoo. Aún cuando sea un dictamen, se tiene que leer armónicamente con el texto constitucional, para saber sus alcances en caso de que lo apruebe el Congreso y la mayoría de las legislaturas estatales. Cualquier estudiante de quinto semestre de Derecho sabe que no se está instituyendo la reelección, y que para que esto ocurra se necesitarían varias reformas más, que no son parte del dictamen. Haciendo una lectura teleológica, cuando se habla de “la permanencia” del presidente, se entiende –a menos que uno de plano no quiera entender o esté imposibilitado para entender”– que se está haciendo referencia a la permanencia en el periodo para el que fue electo. El mismo artículo 83 establece la no reelección absoluta. Por más que uno tenga mala voluntad, no podría llegar a una conclusión diferente.

En nuestra constitución no existe la reelección, y no existiría aunque se aprobará el dictamen de los diputados palabra por palabra. El compromiso que firmó el presidente López Obrador no era necesario.

La reelección de suyo no es diabólica ni antidemocrática. Nuestro pasado está lleno de traumas. La reelección fue el instrumento para que Porfirio Díaz se perpetuara en el poder, y, aunque usted se resista a creerlo, la no reelección fue imprescindible para que el PRI funcionara setenta años, con los horribles resultados que todos conocemos; o sea, la no reelección fue fundamental para que se perpetuara el PRI como sistema.

La reelección es una institución democrática. La no reelección absoluta es una institución antidemocrática. Sé que esto es muy difícil de entender en tiempos en los que impera el grito y el arrebato, y no la razón.

Si tanto preocupa a la oposición esta clase de dictámenes, pues deberían ser más serios y asistir a las cámaras a debatir. De haber asistido todos los diputados a esa sesión, se habrían necesitado 334 votos para aprobar el dictamen. Pero como faltaron dieciséis (entre ellos 2 del PAN y 8 del PRI, supuestamente los más interesados en hacer oposición), Morena y sus aliados pudieron imponerse con 329 votos. Tres diputados priístas, incluido Rubén Moreira, y siete experredistas contribuyeron a que se aprobara el dictamen. Ah, pero muchos creen que el único responsable es Morena. Si no hubieran faltado esos 10 diputados del PRI y del PAN y los tres diputados priístas que votaron a favor del dictamen lo hubieran hecho en contra, Morena no habría alcanzado la mayoría calificada. Supongo que los diputados ausentes tuvieron cosas mucho más importantes qué hacer ese día. De Moreira y sus secuaces, mejor ni hablar.

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