Víctimas de la Ley

El próximo marzo celebraré 50 años de mi recepción como abogado en la Escuela Libre de Derecho. Por ello, espero publicar un libro sobre los juicios de Núremberg, centrándome en un punto que los nazis no hicieron...

29 de octubre, 2025 Víctimas de la Ley

El próximo marzo celebraré 50 años de mi recepción como abogado en la Escuela Libre de Derecho. Por ello, espero publicar un libro sobre los juicios de Núremberg, centrándome en un punto que los nazis no hicieron valer.

Resulta que en aquella época vivió un extraordinario jurista austriaco llamado Hans Kelsen que ademas era judío.

Kelsen fue el padre del juspositivismo.

En esencia, proclamó que el concepto de “justicia” no tenía nada que ver con la obligatoriedad de las leyes.

Según Kelsen, las leyes debían ser obedecidas y hechas obedecer siempre que fueran emitidas por autoridades establecidas en un estado soberano.

Naturalmente, Kelsen negaba la existencia de lo que se conoce como Ley Natural, que es el hilo conductor entre las Leyes de Dios y las leyes de los hombres.

La justicia, en opinión de este jurista, no era el propósito esencial de ninguna ley.

El objetivo de las leyes era solamente el orden.

Durante muchos años me he dedicado al estudio de la historia militar, especialmente la relacionada con Alemania, desde Bismarck hasta Hitler.

Permítanme invitarlos a un viaje en el tiempo.

Imaginen que los líderes nazis acusados en los juicios de Núremberg hubieran contratado a Hans Kelsen como su abogado defensor.

No puedo evitar imaginar la cara de sorpresa en los rostros de los acusadores aliados al enterarse de que un judío austriaco asumiría la defensa de los genocidas alemanes.

Si Hans Kelsen hubiera aceptado la defensa de los asesinos y perseguidores de sus hermanos de raza, ¡no habría necesitado presentar testigos, peritos, documentos de apoyo ni ninguna prueba para defender a sus clientes!

¿Cómo los habría defendido entonces?

Estoy seguro de que Kelsen habría presentado como única prueba de descargo, su libro titulado “Teoría Pura del Derecho”, publicado casualmente en 1934, año en que Adolf Hitler fue investido con poderes extraordinarios para legislar lo que quisiera.

Es muy importante destacar lo siguiente:

Hitler llegó al poder el 30 de enero de 1933, ¡de la manera más democrática imaginable! Porque resultó triunfador en las elecciones que lo llevaron hasta ser canciller.

Fue llamado por el presidente Paul von Hindenburg para formar gobierno como Canciller de Alemania, bajo la Constitución de Weimar, promulgada en 1919.

La Ley de Ciudadanía del Reich y la Ley para la Protección de la Sangre y el Honor de los Alemanes, conocidas como las Leyes de Núremberg, se promulgaron el 15 de septiembre de 1935; es decir, un año antes de que se celebraran COMO SI NADA, los Juegos Olímpicos de Berlín.

En marzo de 1933, se promulgó la Ley Habilitante, que otorgaba a Hitler el poder de gobernar por decreto. Sin embargo, no fue hasta agosto de 1934, tras la muerte de Von Hindenburg, que Hitler unificó los cargos de canciller y presidente de Alemania.

A partir de ese momento, pudo gobernar legalmente por decreto, sin intervención parlamentaria.

Abolió los cargos de presidente y canciller, proclamándose Führer, o líder, con poderes ilimitados, PERO LEGALES.

Dicho esto, quiero volver al Tribunal de Núremberg de 1945, donde Hans Kelsen supuestamente defiende a los genocidas nazis.

Hans Kelsen definió el derecho como un orden normativo de la conducta humana, que utiliza la coerción para castigar conductas contrarias a sus normas. Su postura afirmaba que la justicia ni siquiera es un elemento necesario para que una ley sea obedecida. Estableció una separación total entre el derecho y la moral, porque era un elemento  ajeno.

Vuelvo aquí a la única prueba de descargo que Kelsen habría tenido que presentar en defensa de sus peculiares clientes:

¡LA TEORÍA PURA DEL DERECHO, y eso es todo!

Basta con que hubiera dicho que sus defendidos se habían limitado a obedecer las leyes de su país, y a las autoridades legalmente constituidas.

Con semejante defensa de cuatro renglones, no habría delito que perseguir.

¿QUÉ ES UN DELITO?

La definición clásica lo describe como una conducta típicamente antijurídica  y culpable.

Por lo tanto, si una conducta se ajusta a lo que manda la ley, NO ES ANTIJURÍDICA Y NO PUEDE SER UN DELITO. 

Todos los acusados en los juicios de Núremberg alegaron en su defensa que simplemente habían obedecido órdenes.

¡Y ahí es donde fallaron!

Si Kelsen los hubiera defendido les habría aconsejado decir:

Cumplimos y obedecemos las leyes vigentes en Alemania entre 1933 y 1945.

Y entonces las cosas se habrían complicado para los acusadores. Porque desde que Hitler fue investido con el poder de legislar por decreto, todos los ciudadanos alemanes, tanto civiles como militares, estaban obligados a obedecer las leyes promulgadas por su Führer como jefe del gobierno alemán.

Y aquí es donde quiero detenerme para dar una humilde lección de catecismo.

Hablando con un querido amigo ateo, le dije lo siguiente:

Si Dios no existiera, Adolf Hitler y sus nazis pasarían de la nota roja de la historia a la portada de National Geographic como machos alfa sin ninguna culpa.

Mi querido interlocutor respondió:

-“No la amueles; existen normas morales; una ley superior…”

-“¿En serio?”

-“¿Una ley superior legislada por quién?”

Aquí es donde entra en juego EL LEGISLADOR SUPREMO, quien, le guste a quien le guste, es DIOS.

 Y la pregunta frecuente vuelve:

¿Cómo es posible que, si Dios existe y es tan bueno, permita horrores como el Holocausto judío?

La respuesta es muy sencilla:

Dios nos hizo ILIMITADAMENTE LIBRES porque nos creó a su imagen y semejanza.

Nosotros podemos legislar ignorando a Dios y echando a un lado la moral y la justicia, pero si lo hacemos así estaremos condenando a nuestros hermanos  a seguir siendo víctimas  de la ley.

Un México analógico frente a una economía digital

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