El presidente Zedillo ha denunciado el asesinato de la democracia mexicana a manos de López Obrador y Claudia Sheinbaum. Ernesto Zedillo como presidente juró cumplir y hacer cumplir la Constitución y todo nuestro ordenamiento jurídico.
ESTE JURAMENTO NO CADUCA NI PRESCRIBE; NO SE EXTINGUE PORQUE HAYA CONCLUIDO SU SEXENIO.
En rigor, Zedillo sigue siendo custodio y garante de preservar la vigencia de la Constitución, de la cual dependen nuestros derechos y libertades, según reza el artículo 136, que a la letra dice:Artículo 136.- “Esta Constitución NO PERDERÁ SU FUERZA Y VIGOR, AUNQUE SU OBSERVANCIA SEA INTERRUMPIDA POR CUALQUIER REBELIÓN.
EN EL CASO DE QUE, POR CUALQUIER TRASTORNO PÚBLICO, SE ESTABLEZCA UN GOBIERNO CONTRARIO A LOS PRINCIPIOS QUE ELLA SANCIONA, CUANDO EL PUEBLO RECUPERE SU LIBERTAD, SE RESTABLECERÁ SU OBSERVANCIA y de conformidad con élla y las leyes que al amparo del mismo se hayan dictado, SERÁN JUZGADOS, ASÍ COMO LOS QUE HAN FIGURADO EN EL GOBIERNO EMANADO DE LA REBELIÓN, COMO LOS QUE HUBIEREN COOPERADO CON ELLA”.
La importancia de este artículo queda confirmada por el hecho de que su texto es idéntico al del artículo 128 de la Constitución de 1857.Benito Juárez permaneció en la Presidencia de la República, recorriendo nuestro territorio, llevando consigo la legitimidad constitucional, perseguido por el Imperio impuesto por la intervención francesa, para poder restablecer la vigencia constitucional, y así restaurar la República en 1867.
Al salir de su silencio y denunciar el asesinato de nuestra democracia, Zedillo ha dado un paso sin retorno. ADEMÁS, NUESTRA CONSTITUCIÓN NO HA MUERTO NI MORIRÁ.
LA VIGENCIA CONSTITUCIONAL HA SIDO INTERRUMPIDA POR LÓPEZ OBRADOR Y SUS SECUACES, PERO ESTAMOS A TIEMPO DE RESTABLECERLA.
Ernesto Zedillo tiene la facultad jurídica, moral y política como garante constitucional, para actuar contra López Obrador, Claudia Sheinbaum, Adán Augusto López, Ricardo Monreal, Rubén Rocha Moya, Américo Villarreal, los senadores y diputados federales de MORENA y partidos cómplices, y los gobernadores y legisladores estatales Y CUALQUIER OTRA PERSONA O GRUPO QUE SEA PARTICIPANTE EN EL PRESENTE TRASTORNO PÚBLICO Y EN LA INTERRUPCIÓN DE LA VIGENCIA CONSTITUCIONAL.
Ernesto Zedillo, le guste o le disguste a quien sea, es el sucesor histórico, jurídico y político del legado del presidente Benito Juárez, autor del Artículo 128 constitucional, que Venustiano Carranza llevó al artículo 136 de la Constitución de 1917, cuya vigencia ha sido interrumpida por el actual régimen Castro/Chavista encarnado por Claudia Sheinbaum, autora confesa del SEGUNDO PISO de la destrucción constitucional.
EL ARTÍCULO 136 CONSTITUCIONAL NO TIENE UNA LEY REGLAMENTARIA ESPECÍFICA QUE REGULE LA FORMA DE HACERLO EFECTIVO, PERO AQUÍ ENTRA EN JUEGO EL ARTÍCULO 18 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL QUE A LA LETRA DICE:Artículo 18.- El silencio, oscuridad o insuficiencia de la ley no autoriza a los jueces o tribunales a no resolver una controversia.
Al no existir una ley reglamentaria del artículo 136 de la Constitución, el Presidente Zedillo puede acogerse a lo dispuesto en el artículo 19 del mismo Código Civil, que dice: “Los conflictos judiciales civiles deberán resolverse conforme a la letra de la ley o su interpretación jurídica. A FALTA DE LEY SE RESOLVERÁN CONFORME A LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO”.
La inexistencia de Ley Reglamentaria del Artículo 136 Constitucional, según el Artículo 18 de nuestro Código Civil, NO AUTORIZA A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN A NEGARSE A INTERVENIR PARA RESTABLECER LA VIGENCIA CONSTITUCIONAL.
El Presidente Zedillo puede y debe interponer una acción urgente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para impedir que se lleve a cabo la farsa electoral de junio venidero.DESTRUIR AL PODER JUDICIAL ES UN CRIMEN QUE DEBE SER PARADO EN SECO.
PARA LÓPEZ OBRADOR LA LEY ES COSA DE CUENTO, PERO PARA LOS MEXICANOS ES LA ÚNICA GARANTÍA DE VIVIR EN LIBERTAD Y CON JUSTICIA.
Ernesto Zedillo puede y debe iniciar la defensa del artículo 136 de la Constitución ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La Presidente de la Suprema Corte está obligada a admitir esta acción constitucional.
Lenia Batres, Esquivel y Ortiz Ahlf están impedidas para intervenir porque son partícipes de la rebelión que nos amenaza, y han cooperado activamente en la destrucción del orden democrático, en complicidad con Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
PERO NO SÓLO LA SUPREMA CORTE ESTÁ OBLIGADA A ADMITIR Y RESOLVER LO QUE SE PUEDE LLAMAR DEFENSA PRESIDENCIAL DE LA CONSTITUCIÓN.La Corte Suprema, junto con el Presidente Zedillo, tienen la autoridad constitucional, moral y política para llamar a las Fuerzas Armadas Nacionales a sumarse a la defensa de la vigencia constitucional, y detener en seco el simulacro electoral que amenaza con imponernos como ministros, magistrados y jueces a criminales y narcotraficantes.
Las Fuerzas Armadas no juran ni deben lealtad a López Obrador ni a Sheinbaum; los soldados y marinos de México juraron cumplir y hacer cumplir la Constitución cuya vigencia están obligados a restaurar, como lo hicieron Juárez y sus generales en 1867.
En estricto derecho, el Poder Ejecutivo Federal se encuentra vacante, porque Claudia Sheinbaum es partícipe activa de la destrucción del Poder Judicial.Solo es presidente constitucional quien cumple y hacer cumplir la Constitución.
De la misma manera que Venustiano Carranza asumió el ejercicio del Poder Ejecutivo al desconocer la usurpación de Victoriano Huerta en 1914; Ernesto Zedillo puede ejercer la acción presidencial de conformidad con el artículo 136 de la Constitución Federal, y actuar con la misma autoridad con la que Benito Juárez luchó para restablecer la vigencia de la Constitución de 1857, y restaurar la República.
Ernesto Zedillo ha denunciado el asesinato de nuestra democracia; pero este asesinato todavia está en grado de tentativa.HISTÓRICA Y JURÍDICAMENTE, ERNESTO ZEDILLO ESTÁ MÁS QUE LEGITIMADO PARA PRESERVAR LA VIGENCIA CONSTITUCIONAL.
Zedillo puede combatir la usurpación como lo hizo Carranza en 1914; y puede exigir a la Suprema Corte que pida el auxilio de las Fuerzas Armadas.
El juramento presidencial de cumplir y hacer cumplir la Constitución no prescribe ni caduca.LAS OPINIONES AQUÍ EXPRESADAS SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE QUIEN LAS ESCRIBE Y DE NINGUNA MANERA REFLEJAN LA OPINIÓN EDITORIAL DE ESTE PORTAL.
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