La mal llamada reforma al Poder Judicial azuzada por López Obrador busca cualquier cosa menos el bien y prosperidad de México. La iniciativa lanzada por AMLO no es resultado de consultas PROFESIONALES cuidadosas que debió haber impulsado con la participación del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, encabezando una amplia consulta jurídica que posteriormente se sometiera a lo que ordena el Artículo 26 constitucional Y LA LEY DE PLANEACIÓN de acuerdo con la cual, debieron realizarse los mal llamados PARLAMENTOS ABIERTOS Y CONSULTAS POPULARES.
TANTO LOS PARLAMENTOS ABIERTOS COMO LAS SUPUESTAS CONSULTAS POPULARES FUERON SIMULACIONES. Obrador estaba obligado a haber cumplido LA LEY DE PLANEACIÓN que reglamenta al artículo 26 constitucional.
El documento conteniendo la iniciativa de Reforma Judicial tendría que haber reunido los siguientes requisitos CONSTITUCIONALES Y LEGALES:
Debió recoger las posturas y propuestas de ciudadanía, instituciones académicas, Poder Judicial, abogados, colegios de abogados, ONG, individuos y colectividades cuyas propuestas debieron ser analizadas, tomadas en cuenta y en su caso incorporadas al proyecto de reforma judicial.
Las propuestas y opiniones vertidas por los interesados, SUJETAN OBLIGATORIAMENTE A LOS LEGISLADORES Y AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA; Y DEBIERON SER INCORPORADAS A LA INICIATIVA DE REFORMA JUDICIAL.
Las propuestas consideradas improcedentes, DEBIERON FORMAR PARTE DEL DICTAMEN DE LA INICIATIVA LEGISLATIVA, explicando de manera fundada y motivada la causa legal por la cual no hayan sido incorporadas al proyecto de Reforma Judicial.
La iniciativa que Ignacio Mier Velazco tiene lista y planchada para imponerla a partir del primero de septiembre NO PUEDE SER ADMITIDA porque viola la LEY DE PLANEACIÓN que entre otras cosas prohíbe que un gobierno saliente, imponga a un gobierno entrante, políticas o disposiciones legales QUE EXCEDAN EL PLAZO DE DURACIÓN DEL SEXENIO QUE ESTÁ POR CONCLUIR.
CLAUDIA SHEINBAUM NO ES LA ALBACEA DE LA SUCESIÓN DE LÓPEZ OBRADOR.
MIENTRAS NO SE PRUEBE LO CONTRARIO, HOY POR HOY, SHEINBAUM ES LEGÍTIMA HEREDERA DEL EJECUTIVO FEDERAL A PARTIR DEL VOTO POPULAR DEL PASADO 2 DE JUNIO.
El testamento de AMLO, que contiene la mal llamada reforma judicial, viola la LEY DE PLANEACIÓN en sus artículos 20; 21, cuarto párrafo; 22, segundo párrafo y artículo 26 Bis de la LEY DE PLANEACIÓN.
Artículo 21, cuarto párrafo:
“La vigencia del Plan NO EXCEDERÁ DEL PERIODO CONSTITUCIONAL DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA…”.
Artículo 22 segundo párrafo:
“Estos programas observarán congruencia con el Plan, Y SU VIGENCIA NO EXCEDERÁ DEL PERÍODO CONSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN GUBERNAMENTAL EN QUE SE APRUEBEN…”.
López Obrador NO PUEDE imponerle a Claudia Sheinbaum una iniciativa de reforma judicial VIOLATORIA DEL SISTEMA DE PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA.
Mucho menos puede pretender que su iniciativa se imponga como obligación de la siguiente Presidenta de la República.
NO SE TRATA DE QUIEN DETENTE LA MAYORÍA EN EL CONGRESO DE LA UNIÓN, SINO DE IMPULSAR INICIATIVAS CUYO OBJETIVO SEA EL BIEN Y PROSPERIDAD DE MÉXICO.
¿EXISTE CORRUPCIÓN EN EL PODER JUDICIAL?
Por supuesto que hay corrupción judicial y es necesaria una reforma que la prevenga y la evite; pero no mediante tómbolas, volados y rayuelas; no mediante ocurrencias al azar.
¿EXISTE CORRUPCIÓN EN EL PODER EJECUTIVO?
¿EXISTE CORRUPCIÓN EN EL LEGISLATIVO?
La corrupción siempre va a existir, PERO LO QUE PODEMOS REDUCIR ES LA IMPUNIDAD.
Podemos lograr que no sea rentable la corrupción.
López Obrador se burla de los trabajadores del Poder Judicial Federal diciéndoles PALEROS.
OBRADOR DESAFÍA A LA UNAM DICIÉNDOLES AL IGUAL QUE A LA ONU QUE “PARA QUÉ SE METEN”.
AMLO se permite el lujo de tirar la primera piedra contra los corruptos, como si él, su pandilla y familiares estuvieran libres de pecado. El Rey del cash dándose baños de pureza.
Obrador ha traído a Sheinbaum como su llaverito por toda la República para demostrar que ella le pertenece.
Un vicio esencial de la reforma judicial que AMLO obsesivamente nos quiere imponer se aprecia en el artículo 26 Bis de la Ley de Planeación.
La iniciativa que el EXPRIISTA IGNACIO MIER VELAZCO pretende imponer desde el primero de septiembre, incumple esta disposición que transcribo para demostrar que aquí no se trata de mi opinión personal, sino de hacer cumplir la ley:
Artículo 26 Bis.- Los programas derivados del Plan deberán contener al menos, los siguientes
elementos:
I.- Un diagnóstico general sobre la problemática a atender por el programa así como la perspectiva de largo plazo en congruencia con el Plan;
II.- Los objetivos específicos del programa alineados a las estrategias del Plan;
III.- Las estrategias para ejecutar las acciones que permitan lograr los objetivos específicos del programa;
IV.- Las líneas de acción que apoyen la implementación de las estrategias planteadas en cada programa indicando la dependencia o entidad responsable de su ejecución;
V.- Los indicadores estratégicos que permitan dar seguimiento al logro de los objetivos del programa,
VI.- Los demás que se establezcan en las disposiciones jurídicas aplicables.
La iniciativa de reforma judicial no cumple ni una sola de las fracciones de esta disposición OBLIGATORIA.
I.- NO CONTIENE UN DIAGNÓSTICO PROFESIONAL DEL ESTADO ACTUAL DEL PODER JUDICIAL NI DEMUESTRA QUE LA INICIATIVA DE REFORMA HAYA SIDO PREPARADA PARA SOLUCIONAR Y FORTALECER AL PODER JUDICIAL FEDERAL.
II.- NO PLANTEA LOS OBJETIVOS QUE BUSCA PARA FORTALECER AL PODER JUDICIAL Y CONSOLIDAR LA DIVISIÓN DE PODERES.
III.- NO ES RESULTADO DE NINGUNA ESTRATEGIA CONSTRUCTIVA, en que se haya cumplido el artículo 26 constitucional PARA LA PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA, ni para lograr los objetivos de dignificación y mejoría del Poder Judicial.
IV.- NO CONTIENE LÍNEAS DE ACCIÓN que busquen combatir la corrupción y la impunidad en el Poder Judicial Federal, ni plantea los procedimientos para su cumplimiento.
V.- NO CONTIENE INDICADORES ESTRATÉGICOS que permitan dar seguimiento a la depuración y mejora del Poder Judicial Federal.
La iniciativa de Reforma Judicial de López Obrador es UN TESTAMENTO DE ODIO Y ARBITRARIEDAD.
SHEINBAUM no fue elegida para ejecutar la última voluntad de Obrador ni para ser su marioneta.
CLAUDIA SHEINBAUM NO DEBE PRESTARSE A FUNGIR COMO ALBACEA DE LA ÚLTIMA VOLUNTAD DE LÓPEZ OBRADOR.
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