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Observatorio ciudadano: Filtraciones e impunidad

Tras la aprobación de las reformas constitucionales en materia de corrupción por los congresos estatales, el Congreso de la Unión tendrá un año para legislar al respecto y, eventualmente, expedir… Tras la aprobación de las reformas constitucionales...

4 de mayo, 2015

Tras la aprobación de las reformas constitucionales en materia de corrupción por los congresos estatales, el Congreso de la Unión tendrá un año para legislar al respecto y, eventualmente, expedir…

Tras la aprobación de las reformas constitucionales en materia de corrupción por los congresos estatales, el Congreso de la Unión tendrá un año para legislar al respecto y, eventualmente, expedir la ley que articule el marco jurídico de las acciones para abatir o abolir la corrupción en la esfera pública.

Diversos actores políticos han expresado que ese esfuerzo nacerá incompleto al quedar de lado el fuero que ampara a ciertos funcionarios, y sin dientes para entrar a los casos en que el presidente de la República pueda estar implicado.

Ciertamente son retos importantes en los que hay que trabajar, indudablemente, pero hay algo en lo que los legisladores deberán trabajar: las filtraciones.

De estos comunicados la sociedad mexicana está, si no cansada, si habituada a que de vez en vez sean manos anónimas las que dejan ver el trasfondo de las esferas del poder en su más corroída esencia.

Una gran cantidad de las filtraciones a las que hemos tenido acceso los ciudadanos, derivan de comunicaciones privadas entre dos interlocutores, sin autorización judicial de por medio, lo que las inhabilita para ser consideradas como prueba de un delito, de acuerdo a las consideraciones del artículo 16 de la Constitución y de las tipificaciones expuestas en los códigos penales de las entidades federativas o del Distrito Federal.

En este sentido, el ciudadano se encontrará desarmado, si es el caso, para que posibles actos de corrupción o delictuosos sean sancionados en los tribunales competentes. Ahí, México Leaks queda también imposibilitado para emplear el material que le pudiera llegar y que tenga esas características en cuanto a cómo se obtuvo cierta evidencia (otras podrán tener un origen totalmente lícito), aunque más bien esa organización va por la exposición y ventilación pública.

El reto al que me refiero es si eventualmente una grabación o comunicación entre personas puede aportar indicios sobre ilícitos y éstas han sido obtenidas de manera ilegal. De acuerdo a la norma no tendrían validez procesal, sin embargo, su contenido podría tener tal peso, por lo que pueda eventualmente revelar, que la ciudadanía quedará decepcionada de la administración de justicia, pues aportando pruebas fehacientes, no causaría ningún efecto en las sentencias judiciales.

La argumentación común de quienes se han visto implicados en filtraciones, es que “se obtuvieron de manera ilegal”, sin desmentir si el contenido del material filtrado es cierto o no. Estos materiales han tenido impacto en la opinión pública y puede ser que, a la larga, bajo el esquema de invalides en juicios, generen solamente enojo, frustración y la percepción (real o aparente) de mayores índices de impunidad.

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