Ayer recibí un mensaje de parte de Don Jorge Briones Franco, refiriéndose a mi libro HERIDAS QUE NO CIERRAN (Editorial Grijalbo, colección Política Mexicana 1988), en el que me transmite su sorpresa por el hecho de que haya yo revivido mi tesis de hace 37 años, y culmina su comentario preguntándome: ¿Y AHORA QUÉ?
El mensaje del Profesor Briones me resulta alentador porque la tesis que hice valer en 1988 sigue siendo JURÍDICAMENTE VIGENTE.
¡HOY HAGO VALER LA MEJOR DEFENSA QUE SE HAYA HECHO DE LOS DERECHOS DE MÉXICO HASTA HOY!
La defensa a la que me refiero es el Discurso sobre la Guerra contra México, pronunciado por el Senador Thomas Corwin del Estado de Ohio ante el Congreso de los Estados Unidos en presencia del Presidente James Polk, el 11 de febrero de 1847:
El discurso NO TIENE DESPERDICIO.
Me entusiasma compartirlo con ustedes, porque no es un argumento subjetivo hecho por mexicanos inconformes; ES LA DENUNCIA DE LA ILEGALIDAD DE LA INVASIÓN LANZADA CONTRA MÉXICO, HECHA POR UN SENADOR DE LOS ESTADOS UNIDOS, EN PLENO CURSO DE AQUELLA GUERRA.
GUADALUPE HIDALGO es a la fecha el principal acuerdo que regula las relaciones de México con Estados Unidos, POR ENCIMA DEL TLC Y DEL T-MEC.
En Estados Unidos sigue vigente bajo el nombre de U.S. Federal Law 9 Stat 922.
ESCUCHEMOS LA VOZ DEL SENADOR CORWIN:
“Puede usted arrebatarle provincias a México mediante la guerra, puede conservarlas por el derecho del más fuerte, puede robarle, PERO NUNCA TENDRÁ UN TRATADO DE PAZ PARA TAL EFECTO CON EL PUEBLO DE MÉXICO, CELEBRADO LEGÍTIMA Y LIBREMENTE. “
“PERO EL SENADOR DE MICHIGAN DICE QUE EN UNOS AÑOS SEREMOS DOSCIENTOS MILLONES Y QUEREMOS ESPACIO”.
“Si yo fuera mexicano le diría “¿No tiene usted lugar en su propio país para enterrar a sus muertos? SI INVADEN MI PATRIA, LOS RECIBIREMOS CON LAS MANOS SANGRIENTAS, Y LES DAREMOS LA BIENVENIDA A TUMBAS HOSPITALARIAS”.
“Bueno, dice el presidente de este Comité de Relaciones Exteriores, es lo más razonable del mundo: DEBERÍAMOS TENER LA BAHÍA DE SAN FRANCISCO. ¿Por qué? ¡Porque es el mejor puerto del Pacífico!“
“He tenido la fortuna, señor Presidente, de haber practicado mucho el Derecho Penal a lo largo de mi vida, ¡PERO HASTA AHORA NUNCA HE OÍDO A UN LADRÓN, PROCESADO POR ROBAR UN CABALLO, ALEGAR QUE ERA EL MEJOR CABALLO QUE PUDO ENCONTRAR EN EL CAMPO!”.
“SEÑOR, NO ESTÁ PERMITIDO QUE NUESTRA BANDERA TIENDA SUS PLIEGUES PROTECTORES SOBRE EXPEDICIONES MILITARES POR LUCRO O POR TIERRAS. “Pero todavía dice usted que quiere espacio para nuestra gente. ÉSTA HA SIDO LA EXCUSA DE TODOS LOS JEFES LADRONES DESDE NIMROD HASTA EL PRESENTE. ME ATREVO A DECIR QUE CUANDO TAMERLÁN DESCENDIÓ DE SU TRONO CONSTRUIDO SOBRE SETENTA MIL CRÁNEOS HUMANOS Y MARCHÓ CON SUS FEROCES BATALLONES HACIA NUEVAS MATANZAS, ME ATREVO A DECIR QUE DIJO: “QUIERO ESPACIO”.
Gracias a la ayuda de Don Cosme Cazares Burgueno, Presidente de la Academia de Historia de México en Tecate, Baja California, estamos iniciando la defensa legal de nuestros compatriotas ante Jueces Federales de los Estados Unidos.
En estos días, han sido jueces Federales de Estados Unidos, los que han suspendido el efecto de las recientes órdenes ejecutivas del Presidente Trump, en lo tocante a la nacionalidad de hijos nacidos de padres indocumentados, en territorio de ese país.
Esto demuestra que nosotros también podemos defender a nuestros hermanos, en dos etapas:
PRIMERA ETAPA
Vamos a denunciar la incompetencia de las Immigration Courts para deportar a nuestros hermanos, porque DE ACUERDO AL ARTÍCULO TERCERO DE LA CONSTITUCIÓN DE AQUEL PAÍS, SOLAMENTE PUEDEN INTERVENIR LOS JUECES DEL PODER JUDICIAL DE ESTADOS UNIDOS, EN LOS CASOS QUE SE HAGAN VALER TRATADOS COMO GUADALUPE HIDALGO.
Respondiendo a la pregunta del Profesor Don Jorge Briones Franco, debo decir que Guadalupe Hidalgo SIGUE VIGENTE BAJO LA CLÁUSULA DE SUPREMACÍA CONTENIDA EN EL ARTÍCULO SEXTO DE LA CONSTITUCIÓN DE ESTADOS UNIDOS, con el nombre de U.S. FEDERAL LAW 9 STAT 922.
SEGUNDA ETAPA
Una vez que hayamos logrado liberar a nuestros hermanos de la intervención de las IMMIGRATION COURTS (que pertenecen al Poder Ejecutivo y son subordinadas del Presidente Trump), ESTAREMOS ANTE JUECES FEDERALES DEL PODER JUDICIAL, y podremos hacer valer las defensas de fondo.
Estas defensas de fondo, le permitirán a nuestros compatriotas, permanecer NO SOLO EN CALIFORNIA, NUEVO MÉXICO Y TEJAS, donde la soberanía de México permanece intacta, y donde Estados Unidos solamente ejerce JURISDICCIÓN.
ESTAS DEFENSAS DE FONDO son aplicables a los mexicanos residentes en Nueva York, Chicago, Minneapolis, Oregon, Virginia y todo Estados Unidos, PORQUE NO SON INMIGRANTES ILEGALES SINO PERSONAS DESPLAZADAS a consecuencia de la invasión lanzada por el Presidente James Polk en 1846.
Los mexicanos que se han visto obligados a buscar la supervivencia a raíz de la conquista violenta de más de medio territorio de México a partir de 1848, están protegidos por la norma 131, de las Bases del Derecho Internacional Humanitario, que a la letra dice:
Trato de las personas desplazadas
Norma 131. “En caso de desplazamiento, se tomarán todas las medidas posibles para que las personas afectadas sean acogidas en condiciones satisfactorias de alojamiento, higiene, salubridad, seguridad y alimentación, Y PARA QUE NO SE SEPAREN LOS MIEMBROS DE UNA MISMA FAMILIA.“
Lejos de ser deportados, estos mexicanos desplazados tienen derecho a ser acogidos Y NO SER SEPARADOS DE SUS FAMILIAS.
TERMINO ESTAS LÍNEAS CITANDO LA CARTA DE JUÁREZ A MATÍAS ROMERO EL 10 DE ABRIL DE 1865:
“Que el enemigo nos venza y nos robe, si tal es nuestro destino; pero nosotros no debemos legalizar el atentado, entregando voluntariamente lo que nos exige por la fuerza. Si la Francia, los Estados Unidos o cualquiera otra nación se apodera de algún punto de nuestro territorio y por nuestra debilidad no podemos arrojarlos de aquí, DEJEMOS SIQUIERA VIVO NUESTRO DERECHO PARA QUE LAS GENERACIONES QUE NOS SUCEDAN LO RECOBREN.“
Es la hora de acudir a defender a nuestros hermanos que nos necesitan al norte de EL RÍO DE LOS REGRESOS.
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