¡Hagámoslos cumplir!

Ayer, lunes 7 de junio de 2021, Andrés Manuel López Obrador  promulgó la llamada “Ley Zaldívar” aprovechando el barullo noticioso generado por las elecciones del domingo pasado, para que pasara desapercibida en lo posible. ¿Qué importancia tiene...

8 de junio, 2021

Ayer, lunes 7 de junio de 2021, Andrés Manuel López Obrador  promulgó la llamada “Ley Zaldívar” aprovechando el barullo noticioso generado por las elecciones del domingo pasado, para que pasara desapercibida en lo posible.

¿Qué importancia tiene para los mexicanos la nueva Ley del Poder Judicial Federal?

La inmensa mayoría de la gente, desconoce temas como la inconstitucionalidad de una ley y sus consecuencias.

La razón por la que hoy abordo aquí  el tema de la “Ley Zaldívar”  es porque los mexicanos NO TENEMOS QUE ESPERAR ni dependemos de lo que hagan los ministros de la Suprema Corte, los diputados o el actual presidente.

Los mexicanos podemos impugnar la mencionada ley, presentando demandas de AMPARO  por su inconstitucionalidad, como nos lo permite la Ley de Amparo en su artículo 17 que a la letra dice:

“Artículo 17. El plazo para presentar la demanda de amparo es de quince días, salvo:

  1. Cuando se reclame una norma general autoaplicativa, o el procedimiento de extradición, en que será de treinta días”.

La nueva Ley Orgánica del Poder Judicial Federal es autoaplicativa, porque desde su promulgación (hecha el día de ayer por el presidente López), afecta nuestros derechos humanos sin necesidad de que alguna autoridad ejecute algún acto concreto aplicándola en nuestro agravio.

Esto significa que cualquier ciudadano puede demandar su inconstitucionalidad promoviendo lo que se conoce como “amparo contra leyes”.

No tenemos que esperar a que Arturo Zaldívar decida dejar de obedecer al presidente López. No tenemos que esperar a que los legisladores de oposición junten el porcentaje que se requiere para que puedan plantear  una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte.

¿Qué tendría que hacer Arturo Zaldívar, actual presidente de la Corte para ponerle fin a este asunto?

Bastaría que se deslindara dejando claro que una ley secundaria como la del Poder Judicial, no puede pasar por encima de la Constitución.

Todo lo que tendría que hacer, seria invocar el Artículo 133 constitucional que dice lo siguiente:

Artículo 133.-  “Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas”.

Como puede entenderse fácilmente, las leyes del Congreso de la Unión y de las legislaturas de los estados tienen que estar de acuerdo con la Constitución Federal.

Lo mismo ocurre con los tratados internacionales EXCEPTO los que protegen los DERECHOS HUMANOS que de acuerdo al artículo primero de nuestra Constitución, son superiores a ella.

Yo como abogado mexicano, no habría sentido la necesidad de escribir estas líneas si el Ministro Arturo Zaldívar no guardara su silencio cómplice mientras acude a Palacio Nacional a los convites de chipilín con los que por cierto, viola el artículo 39 del Código Procesal Civil Federal que a la letra dice:

Artículo 39º.- Fijada la competencia de un juez, magistrado o ministro, conforme a lo dispuesto por el capítulo precedente, conocerá del negocio en que se haya fijado, si no se encuentra comprendido en los siguientes casos de impedimento;

“Fracción I.- Haber asistido a convites que diere o costeare especialmente para él alguno de los litigantes, después de comenzado el negocio, o tener mucha familiaridad con alguno de ellos, o vivir con él, en su compañía, en una misma casa”.

El Ministro Zaldívar acude dócilmente a Palacio Nacional a los convites de tamalitos de chipilín y es pública y notoria su familiaridad con Andrés López.

¿QUÉ PODEMOS HACER NOSOTROS POR NOSOTROS MISMOS?

Podemos tomar la defensa de la Constitución en nuestras manos sin esperar a que otros cumplan su deber. Creo que los mexicanos debemos emprender la defensa de la Constitución y de nuestros derechos humanos que peligran.

Creo que es nuestro deber defender al Poder Judicial Federal contra los atropellos cometidos por el actual ocupante de Palacio Nacional.

Si no defendemos hoy nuestra Constitución, acudiendo multitudinariamente  en demanda de amparo,  es posible que nos veamos obligados a defenderla como lo dice su Artículo 136, (1)  con las mismas armas con que Venustiano Carranza la defendió en 1913, contra un golpe de estado parecido al que se comete hoy bajo el manto doloso de la Ley Zaldívar.

¡Hagámoslos cumplir!  ¡Defendamos nuestra Constitución!

________________________________

Artículo 136.- Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público, se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta.

  • Si Zaldívar coaligado con Andrés López culmina el atentado contra nuestra Constitución, tanto Zaldívar como López y quienes se presten a esta grave violación de nuestra Ley Fundamental, deberán ser juzgados, condenados y castigados severamente.
Dedicado a la Escuela Libre de Derecho a la que me debo como hijo suyo.
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