Con “B” de “bye”. Un acierto más de la Suprema Corte de Justicia

Cuando no vigilamos que los procesos constitucionales se cumplan, estamos dejando la puerta abierta para que el autoritarismo corroa los andamiajes democráticos.

10 de mayo, 2023 Candidato ideal para la Suprema Corte

El lunes 8 de mayo, con un total de nueve votos a favor y dos en contra, se aprobó declarar la invalidez a las reformas político-electorales de la primera fase del ya famoso “Plan B”. La razón central fue que se violaron los procesos constitucionales para la reforma legislativa pautados en la constitución. Particularmente, la posibilidad de discutir el asunto entre todos los representantes políticos de la Cámara de Diputados, ya que no se presentó con tiempo la propuesta de reformas a la Ley General de Comunicación Social. Tal como se expone el artículo “La anticonstitucionalidad de la nueva Ley de Comunicación Social”:

No se respetaron los principios democráticos que deben regir todo debate parlamentario, pues a lo largo de su creación legislativa en la Cámara Baja se impidió que las distintas fuerzas políticas tuvieran la posibilidad de analizar y debatir la iniciativa con verdadero conocimiento de su contenido y alcance, para su autorización o rechazo, y en cambio se aprobó fast track. Esta situación llegó a tal nivel de abuso e irresponsabilidad política que los diputados federales de la corriente lopezobradorista en la Cámara de Diputados que votaron a favor ni siquiera conocían los cerca de 450 artículos modificados, y sin embargo, la suscribieron en su totalidad”1. 

 

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A las 23:00 h. del 6 de diciembre se solicitó la calidad de «urgencia» para votar el asunto en la Cámara y en menos de cuatro horas se votó el mismo. Aunque fueran unos extraordinarios pensadores, difícilmente se puede decir que existió un análisis concienzudo acerca del tema. Por ello, los nueve ministros y ministras que votaron a favor de la invalidez aludieron que la democracia constitucional es en su núcleo una democracia deliberativa. Pues, ¿cuál sería el auténtico sentido de la “democracia” si no se pudieran discutir abiertamente todos los asuntos que le corresponden al bien público? –Ojo, recordemos que la «república» trata asuntos concernientes a los asuntos (res) de los ciudadanos (publicum)–. Así, considero que la gran importancia de la invalidez se centra en el rescate implícito de la deliberación como una característica esencial de la democracia. Al respecto se pronunció la ministra presidenta Piña:

Estoy con el sentido del proyecto, nuestro país es una democracia constitucional, uno de sus principios fundamentales es que las decisiones deben ser tomadas mediante procedimientos democráticos de tipo deliberativo, qué implica esto, que las decisiones deben de adoptarse mediante la regla de la mayoría una vez que sea deliberado el tiempo suficiente a partir de la información relevante habiéndose escuchado en igualdad de condiciones a todas las fuerzas políticas con representación.2

La palabra clave es «representación». Distinto de lo que comúnmente se piensa, la democracia no sólo se trata del gobierno de los más, sino en la decisión mayoritaria de todas las voces expresadas a través de sus representantes. Al eliminar la posibilidad de que todas las fuerzas políticas realicen un voto reflexionado, se elimina de la ecuación aquel rasgo tan importante que es la representación. Como lo afirmó en su momento Sartori, “en la democracia representativa es probable que todos salgan ganando (la suma es positiva) porque las decisiones de los representantes se negocian de forma que cada uno reciba un trozo de pastel”3. Sin embargo, si no hay una posibilidad para que todos los representantes participen, ese «trozo del pastel» se ve sospechosamente apañado por unas cuantas manos. Lo cual, equivaldría al quebrantamiento de otro principio fundamental: la división de poderes. Ya lo decía Sartori:

Por tanto, lo que parece una paradoja, si no incluso una contradicción, esto es, que la democracia tendría que ser un gobierno de la mayoría y en cambio es gobernada por una reducidísima minoría, en realidad no es tal. También porque en ese proceso la democracia nunca otorga todo el poder nadie; por el contrario, lo reparte de distintas formas entre mayorías y minorías que se alternan entre sí justamente en función del principio mayoritario4

Queda así demostrado que la importancia de tener tiempo adecuado para deliberar no sólo es un mero “formalismo” como aludió la ministra Esquivel –la ironía en su máxima expresión– o, como afirmó la ministra Loretta, que las irregularidades no invalidan la importancia de la reforma. Al contrario, son una necesidad constitucional para asegurar que el proceso democrático representativo no se degenere. Tal como lo comentó el ministro Aguilar, lo que sucedió fue una “perversión de las reglas del juego”.

Por último, quiero resaltar dos ideas para reflexionar como ciudadanía. La primera es que la libertad de expresión, en todas las esferas jerárquicas, es un derecho humano imprescindible. Ningún movimiento político puede tomar a título personal la hegemonía de la narrativa pública. Fenómeno que hemos vivido durante este sexenio. Tanto en las Cámaras, como en las calles, todos tenemos derecho a una expresión política representada a través de los canales constitucionales. La segunda idea es que todas las mexicanas y todos los mexicanos debemos vigilar que los procesos sean protegidos debidamente. Nuestra Constitución es el símbolo de nuestra voluntad soberana. Por ello, hago el llamado a que todas y todos nos convirtamos en defensores de nuestra ley –recordando la función que tenían los guardianes de la República de Platón–. No podemos tolerar que los procesos constitucionales se diluyan en un juego perverso por el poder político. Menos, aun, que nuestros representantes sólo protejan el interés de su líder. Cuando no vigilamos que los procesos constitucionales se cumplan, estamos dejando la puerta abierta para que el autoritarismo corroa los andamiajes democráticos. Así, “los asesinos de la democracia utilizan las propias instituciones de la democracia de manera gradual, sutil e incluso legal para liquidarla”5. Tal como lo afirmó el ministro Alcántara: 

¿Quiénes le dan vida y sentido entonces a una Constitución? La respuesta no puede limitarse al gremio de los juristas que pontifican o de los gobernantes iluminados, sino que debe extenderse a toda la sociedad. En un verdadero Estado de Derecho, todos somos constitucionalistas de tiempo completo6

1 Javier Esteinou Madrid, “La anticonstitucionalidad de la nueva Ley de Comunicación Social”, página “Este país”, publicado el 8 de mayo de 2023. Disponible en: https://estepais.com/tendencias_y_opiniones/anticonstitucionalidad-ley-comunicacion-social/

2 Rubén Rojas, “SCJN invalida primera parte del Plan B de la Reforma Electoral”, portal de “UnoTV”, publicado el 8 de mayo de 2023. Disponible en: https://www.unotv.com/nacional/scjn-invalida-primera-parte-del-plan-b-de-la-reforma-electoral/

 3Giovanni Sartori, La democracia en 30 lecciones, trad. de Alejandra Pradera, (México: Penguin Random House, 2028), p. 41. 

 4Ibídem, pp. 44-45.

5 Steven Levitsky y Daniel Ziblatt, Cómo mueren las democracias, trad. de Gemma Deza Guil, (México: Paidós, 2018), p. 16.

 6Juan Luis González Alcántara, “¿Quién es constitucionalista?” en el portal de “El Heraldo de México”, publicado el 25 de abril de 2023. Disponible en: https://heraldodemexico.com.mx/opinion/2023/4/25/quien-es-constitucionalista-500239.html

 

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