Blindaje por decreto a obras de AMLO desata críticas por opacidad y manga ancha

El decreto de López Obrador prendió alarmas en el INAI, por lo que inmediatamente evaluó el impacto y las violaciones constitucionales del decreto presidencial.

25 de noviembre, 2021 Blindaje por decreto a obras de AMLO desata críticas por opacidad y manga ancha

El lunes por la tarde, el presidente Andrés Manuel López Obrador decretó en el Diario Oficial brincarse la Constitución y sus leyes al publicar un acuerdo mediante el cual declara de “interés público y seguridad nacional” a prácticamente todas las obras de infraestructura, inclusive las de simple carácter turístico.

Mediante este decreto, la autoridad en la materia tendrá que dar un año de gracia al gobierno federal con permisos provisionales medioambientales, de construcción de obra, y muchos más. Se impedirán el ejercicio de recursos legales aun cuando se pruebe daño ecológico, depredación de bosques naturales como la ruta del Tren Maya, peligro de contaminantes como en la refinería de Dos Bocas o amparos por las peligrosas rutas aéreas en el Aeropuerto Felipe Ángeles de Santa Lucía.

Además, al tener el decreto carácter de “Seguridad Nacional” impedirá la transparencia en el ejercicio de presupuesto y de los contratos de obras, muchos de ellos por asignación directa, como lo demuestra la investigación de Latinus en 966 contratos otorgados por la Secretaría de la Defensa Nacional de Luis Crescencio Sandoval.

El decreto de López Obrador prendió alarmas en el Instituto de Acceso a la Información (INAI), por lo que activó una revisión para estimar el impacto y las violaciones constitucionales del acuerdo publicado en el Diario Oficial. Así, se busca un blindaje ante recursos legales que a lo largo del sexenio han obstaculizado algunos de los proyectos de infraestructura, principalmente en materia de comunicaciones.

El acuerdo establece que las obras del gobierno consideradas de interés público y seguridad nacional son aquellas que involucran a los sectores de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) analiza el Acuerdo, publicado este lunes en el Diario Oficial de la Federación, por el que los proyectos y obras del Gobierno de México son considerados de interés público y seguridad nacional, a fin de garantizar que el derecho de acceso a la información y el principio de máxima publicidad no sean vulnerados. 

El INAI reconoció que la “seguridad nacional” una de las causales de reserva de información, prevista en el artículo 110, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que el acuerdo publicado en el DOF permitiría a la federación reservar, de manera general, la información relacionada con los proyectos y obras que el gobierno lleva a cabo.

En el artículo primero, el documento señala expresamente que “se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”. 

En ese sentido, el INAI informó que las áreas especializadas del Instituto estudian los alcances del Acuerdo y, de ser necesario, exploran las distintas vías legales a emprender para asegurar que el derecho de acceso a la información de la sociedad sea garantizado, sin restricción alguna.

En este contexto, “el INAI, como órgano garante del derecho de acceso a la información, facultado para hacer cumplir la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, evalúa si dicho Acuerdo no se contrapone a lo establecido en dicho marco normativo”.

 

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