En 2021, los tres países que firmantes del acuerdo comercial T-MEC tuvieron alrededor de inversión extranjera directa en conjunto de alrededor de 460 mil millones de dólares, de ese total, 80% fue de EEUU. Además el IED que invirtió EEUU1 fuera de su territorio fue de 403 mil millones de dólares; Canadá 90 mil millones. México no aparece en las estadísticas de este tipo dentro de los primeros 20 países, pero sí recibimos de nuestros socios comerciales del T-MEC 17 mil millones de dólares; EEUU aportó el 47% del total de la IED.
Primera pregunta que me surge: ¿entendemos qué es un acuerdo “COMERCIAL”? Recordemos que un acuerdo comercial entre países no es de índole político o ideológico, se refiere a poder realizar intercambios de productos, servicios, insumos, inversiones, proyectos y mejores prácticas para toda la cadena que está incluida en el mismo. Estos acuerdos ayudan a facilitar que el costo de todo lo anterior dicho esté por debajo de la media mundial con el sentido de fortalecer a la región respecto a otras economías.
De acuerdo con los términos y condiciones del T-MEC, al surgir una duda sobre la actuación de uno país dentro de este tratado, existe el derecho de consultas, paneles e ir a instancias para esclarecer si hubo o no un incumplimiento, el cual puede derivar en sanciones que dependerán de cada caso que se exima.
Ante esta desavenencia, en realidad estamos comprendiendo que la consulta solicitada por EEUU y Canadá no refiere solamente al sector de hidrocarburos, sino al sector energético en su conjunto. Pero hay puntos específicos que están apegados a un reclamo real, y no solo al capítulo 82, sobre el reconocimiento del dominio directo y propiedad de los hidrocarburos que están en el subsuelo; es decir, que nadie puede sacar el crudo mexicano si no es vía la nación o por medio de contratos que ésta promulgue.
Hay que leer y comprender lo que nos reclaman3. Realmente sabemos que el reclamo de EEUU nada tiene que ver con la soberanía de los hidrocarburos de México. El reclamo está basado en cuatro puntos principales específicos, a los cuales están descritos en forma detallada y los cuales deben ser asimilados por quienes representan a México, el porqué y el para qué.
En la siguiente liga encontrarán los reclamos reales y no los supuestos que México dice que son:
https://ustr.gov/sites/default/files/US%20Cons%20Req%20Mexico%20energy_072022.pdf
Podemos resumir de la siguiente forma:
- La Ley de la Industria de la Energía Eléctrica: México modificó su Ley de la Industria de Energía Eléctrica para exigir a su operador CENACE que priorice en a la electricidad producida por CFE sobre los competidores privados en el despacho. Esto refiere a que no esta cumpliendo con el capítulo de competitividad4, cuyo objetivo es el fomentar la competitividad regional en igualdad de condiciones.
- Inacción, demoras, denegaciones y revocaciones de la capacidad de las empresas privadas para operar en México respecto a permisos para realizar la instalación de plantas eólicas y solares; importar y exportar electricidad y combustible; almacenar o transcargar combustible; y construir u operar estaciones combustibles. Esto refiere al capítulo de buenas prácticas regulatorias5 que debe haber entre los países.
- Aplazamiento del requerimiento de suministrar diésel ultra bajo en azufre solo para Pemex, CRE no ha ejercido una discrecionalidad reglamentaria de manera parcial con respecto a las empresas que regula. La medida parece ser incompatible con varias disposiciones del T-MEC, entre ellas, se limita la manufactura de unidades que usen en sus motores en la región diésel de bajo azufre. Actualmente, solo se produce en las refinerías de Pemex 27% del diésel UBA que se demanda a escala nacional. Se puede cubrir hasta el 80% si las seis refinerías mantienen un porcentaje de utilización similar al actual Deer Park, si se puede enviar todo el diésel que produce dicha refinería a México y si Dos Bocas opera al 80% de su capacidad antes de 2024. Ademas de mejorar la norma 016, permitiendo poder utilizar combustibles con aditivos oxigenantes de mejor calidad, como puede ser el Etanol, y que ha ayudado a mejor el rendimiento por KM recorrido por automóviles que consumen gasolina. Esto refiere al capítulo del medio ambiente6, el cual indica el promover la protección del medio ambiente en un contexto de apertura comercial. Recordemos que unidades de México pasan a EEUU a llevar productos de exportación. No cambiar todas las unidades de México a consumo de este tipo de combustible podrían limitar la entrada de ciertas unidades que no cumplen.
- Acciones sobre el uso del Servicio de Transporte de Gas Natural de México, indicando que los usuarios actuales o futuros del servicio de transporte de gas natural de México, compren a CFE o Pemex e impondría restricciones a la importación de gas natural estadounidense. Recordemos que dentro del T-MEC se indica que hay una tarifa de cero aranceles de bienes del sector como el gas natural, gaseoso o líquido, y como derivados.
¿Realmente entendemos qué nos reclaman, o simplemente no comprendemos que firmamos? Después de muchas presentaciones7 del TMEC, entendimos que tiene términos y condiciones comerciales, no políticas.
1https://unctad.org/system/files/official-document/wir2022_en.pdf
2https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/465790/08ESPReconocimientodelapropiedaddirectainalineableeimprescriptible.pdf
3https://ustr.gov/about-us/policy-offices/press-office/press-releases/2022/july/united-states-requests-consultations-under-usmca-over-mexicos-energy-policies-0
4https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/394797/10-Competitividad.pdf
5https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/394793/6-Buenas_practicas_regulatorias.pdf
6https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/394805/18-Medio_Ambiente.pdf
7https://www.gob.mx/t-mec/acciones-y-programas/presentaciones-de-la-subsecretaria-de-comercio-exterior-luz-maria-de-la-mora-en-reuniones-con-los-estados?state=published
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