Cada año, durante un día, el mundo se detiene a reconocer la riqueza cultural de las comunidades originarias, también llamadas comúnmente pueblos indígenas, y a mirar de frente los desafíos que enfrentan. Es una pausa breve, quizá demasiado breve, frente a una deuda que se cuenta en siglos.
El 9 de agosto se conmemora el Día Internacional de los Pueblos Indígenas, fecha establecida por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la resolución 49/214, del 23 de diciembre de 1994, en memoria de la primera reunión del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas, celebrada en Ginebra el 9 de agosto de 1982. Su propósito es sensibilizar sobre la necesidad de proteger sus derechos, preservar sus lenguas y garantizar su participación en las decisiones que los afectan.
El lema de 2026 es “Honrar a las parteras indígenas: salvaguardar la vida y el bienestar”. Como el 9 de agosto cayó en domingo, la conmemoración oficial se celebra hoy, 10 de agosto. Volveré sobre el tema de la partería al final de estas líneas, porque en México tiene una traducción jurídica muy concreta que pocos han advertido.
Esta fecha reviste una importancia crucial porque los pueblos indígenas son herederos de activos culturales únicos y de sistemas de conocimiento propios, y porque sostienen formas de relación con las personas y con el entorno considerablemente más armónicas que las que rigen a quienes habitamos el planeta bajo los mandatos de la contemporaneidad. No es una afirmación romántica: representan alrededor del 6 % de la población mundial y, sin embargo, custodian una porción desproporcionada de la biodiversidad que todavía nos queda.
Durante generaciones han buscado el reconocimiento de sus identidades, de su modo de vida y de su derecho a las tierras, territorios y recursos naturales que tradicionalmente han ocupado. A lo largo de la historia, esos derechos han sido sistemáticamente violentados. Y conviene decirlo con precisión: no se trata de un agravio del pasado que hoy contemplamos con distancia, sino de un agravio que se actualiza cada vez que una obra se autoriza sin consultar, cada vez que un juicio se sigue sin intérprete y cada vez que un padrón se cierra sin considerar a quien no habla español.
Por fortuna, la comunidad internacional ha reconocido en diversos foros que se requieren medidas especiales para proteger sus derechos y mantener sus culturas y formas de vida distintas. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por México en 1990, es derecho vigente y vinculante; la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada en 2007, y la Declaración Americana de 2016 fijan el estándar interpretativo. El problema, como en tantos otros campos, no está en el catálogo de derechos: está en su exigibilidad.
México: tres cifras para una misma pregunta
En México, esta fecha es una oportunidad para reflexionar sobre la base pluricultural que define a la nación. Pero antes de opinar conviene precisar qué estamos midiendo, porque en esta materia las cifras cambian de manera radical según la pregunta que se formule, y de esa definición dependen padrones, presupuestos, distritos electorales y la titularidad misma de derechos colectivos.
De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda de 2020, el país registró 126,014,024 habitantes. De ellos, 23.2 millones de personas de tres años y más se autoadscribieron como indígenas, cerca de una de cada cinco, mientras que 7.4 millones declararon hablar alguna lengua indígena, equivalentes a 6.1 % de la población de tres años y más. Si el corte se hace a partir de los cinco años, la cifra de hablantes es de 7.17 millones, es decir, 5.69 % de la población total. Las tres cifras son correctas; miden cosas distintas.
La Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica de 2023 añade un dato que obliga a detenerse: 39.2 millones de personas se identificaron como indígenas, 7.4 millones hablaban alguna lengua indígena y 7.0 millones cumplían ambas condiciones. El salto de 23.2 a 39.2 millones no refleja crecimiento demográfico alguno; refleja el diseño del instrumento y la forma de preguntar. Ese contraste es, en sí mismo, uno de los hallazgos más relevantes de la última década: la identidad indígena, cuando se pregunta de otro modo, aparece mucho más extendida de lo que suponíamos, y una parte considerable de ella ya no pasa por la lengua. Mientras la estadística oficial no armonice estos criterios, seguiremos discutiendo políticas públicas sobre un universo que no sabemos delimitar.
La diversidad indígena en México se extiende de costa a costa y de frontera a frontera. Las entidades con mayor proporción de población hablante son Oaxaca (27.3 %), Yucatán (26.1 %), Chiapas (23.4 %), Quintana Roo (14.1 %) y Guerrero (13.9 %); entre las lenguas predominan el náhuatl, el maya, el tseltal y el zapoteco, dentro de un universo de 68 agrupaciones lingüísticas y 364 variantes reconocidas. La cultura indígena no es, por tanto, un bloque monolítico, sino un conjunto de pueblos con necesidades, lenguas y realidades geográficas muy distintas entre sí.
En el extremo opuesto del mapa se ubican entidades como Guanajuato, donde escribo, con apenas 0.1 % de población que se autorreconoce como indígena y además habla una lengua originaria. Ese dato no exime al Bajío de responsabilidades: la población indígena residente y migrante (jornaleros agrícolas, albañiles, trabajadoras del hogar) forma parte del tejido productivo del corredor industrial, y su condición de minoría dispersa la vuelve, si acaso, más vulnerable y menos visible ante las instituciones locales.
Los diez estados con mayor número de personas hablantes de alguna lengua indígena son Chiapas, Oaxaca, Veracruz, Puebla, Yucatán, Guerrero, Estado de México, Hidalgo, San Luis Potosí y Quintana Roo.
Las lenguas: una erosión silenciosa
Uno de los principales rasgos de identidad de los pueblos indígenas es el uso de sus lenguas originarias, y ahí las estadísticas son inequívocas: en el último siglo hemos perdido una proporción enorme de hablantes. De acuerdo con el INEGI, en 1930 hablaban una lengua indígena 16 de cada 100 mexicanos; hoy lo hacen 6 de cada 100.
El matiz es importante y suele omitirse: la caída es fundamentalmente relativa. El número absoluto de hablantes no se ha desplomado, incluso ha crecido con lentitud; la población nacional se multiplicó y la lengua indígena no se transmitió al mismo ritmo. La pérdida, entonces, no es demográfica: es intergeneracional. Se pierde cuando una madre decide no enseñar a su hija la lengua con la que fue humillada en la escuela o en la clínica.
La estructura por edades confirma el diagnóstico. Entre quienes hablan una lengua indígena, 34.6 % tiene entre 3 y 29 años, frente a 45.1 % entre quienes no la hablan; en el grupo de 60 años y más la proporción se invierte. Un universo lingüístico envejecido es, en términos estadísticos, un universo en extinción anunciada. El Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas 2022-2032 llega tarde, pero llega.
Hay además una consecuencia jurídica que rara vez se menciona en las efemérides. Del total de hablantes, 865,972 personas no hablan español: 547,528 mujeres y 318,444 hombres. Para ellas y ellos, el artículo 2º constitucional reconoce el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que conozcan su lengua y su cultura en todo juicio o procedimiento en que sean parte. En los hechos, el número de intérpretes certificados es notoriamente insuficiente frente a la demanda real del sistema de justicia. Un derecho procesal que no puede ejercerse por falta de personal no es un derecho: es una declaración de buenas intenciones.
El modelo económico, el territorio y el riesgo jurídico
Nos guste o no, el modelo económico que sigue el país no es compatible con las necesidades actuales ni con la herencia de los pueblos indígenas. Nuestra economía se apoya, primordialmente, en manufacturas y servicios, con cadenas globales de exportación y un uso intensivo de recursos naturales.
Ese uso intensivo implica muchas veces una expansión urbana, energética, minera y logística que desplaza a las personas originarias de los territorios que habitan y destruye a su paso recursos naturales clave para la biodiversidad y para los equilibrios ambientales. El conflicto no es entre desarrollo y tradición; es entre dos formas de entender quién decide sobre el territorio. Un proyecto que se autoriza sin consulta adecuada nace con un pasivo contingente que tarde o temprano aparece en forma de amparo, suspensión, sobrecosto o pérdida total de la inversión.
La paradoja es que la ausencia de reglas claras perjudica a todos. Sin una ley que estandarice la consulta —vacío que el propio Poder Judicial de la Federación ha señalado en reiteradas ocasiones—, el estándar queda en manos de la jurisprudencia caso por caso: las comunidades quedan sin certeza sobre cómo hacer valer su derecho y los desarrolladores sin certeza sobre cuándo su título es inatacable. En el contexto del nearshoring, esa incertidumbre tiene un precio que se paga en tasa de descuento. Los proyectos que sí funcionan son los que negocian de frente y desde el principio: participación en beneficios, servidumbres bien pagadas, empleo local verificable, uso de agua acordado y transparencia en la información ambiental.
El peor lastre en México: la discriminación
La discriminación hacia grupos minoritarios, y particularmente hacia los pueblos indígenas y las personas en situación de vulnerabilidad, no es solamente un problema de justicia social: es un obstáculo significativo para el desarrollo macroeconómico. Cuando el talento se asigna por origen étnico, por tono de piel o por apellido, y no por capacidad, el país renuncia deliberadamente a una parte de su producto potencial. La discriminación es, en lenguaje llano, una forma persistente de mala asignación de recursos.
Si bien se han logrado avances en la medición y el reconocimiento de la población indígena, persisten enormes retos en materia de igualdad y preservación cultural. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2022, 23.7 % de la población de 18 años y más declaró haber sido discriminada en los últimos doce meses; entre la población indígena la proporción se eleva a 28 %. Más revelador aún: 38.5 % de la población indígena de 12 años y más opina que en México sus derechos se respetan poco.
La misma encuesta ofrece una evidencia más incómoda, porque desnuda al racismo mexicano sin eufemismos. Entre las personas de tonos de piel más oscuros, solo 32.8 % contaba con un contrato laboral, 38.2 % había alcanzado preparatoria o más y 49.7 % tenía acceso a servicios de salud; entre las personas de piel más clara, esos porcentajes suben a 44.0 % y 55.1 %, respectivamente. La piel, en México, sigue siendo una variable económica.
Aunado a ello está lo que economistas e investigadores sociales llaman discriminación interseccional: la situación en que una persona sufre desventajas por varios rasgos simultáneamente: ser mujer, ser indígena, ser adulta mayor, tener una discapacidad.
Las personas indígenas están entre los grupos que más sufren discriminación en México, junto con las personas con discapacidad, las personas migrantes, las personas adultas mayores y las personas afrodescendientes.
La pobreza: el dato que ordena a todos los demás
Si tuviera que elegir una sola cifra para explicar el estado de la cuestión indígena en México, elegiría esta: en 2024, 66.3 % de la población hablante de lengua indígena vivía en situación de pobreza multidimensional, frente a 26.7 % de la población no hablante y a 29.6 % del promedio nacional. Hablar la lengua de los pueblos originarios de este país multiplica por dos y medio la probabilidad de ser pobre.
Hay avances que deben reconocerse con honestidad. Entre 2018 y 2024, la población indígena en situación de pobreza pasó de 70.3 % a 60.8 %, y la pobreza extrema en ese grupo se redujo de 3.2 a 2.9 millones de personas. Pero hay también un dato que conviene no perder de vista: en términos absolutos, el número de hablantes de lengua indígena en pobreza se mantuvo en 5.3 millones, prácticamente el mismo nivel de 2018. El porcentaje mejoró; el número de personas, no. Los denominadores explican buena parte del optimismo.
El ingreso trimestral de los hogares hablantes de lengua indígena pasó de 8,369 a 17,063 pesos entre 2018 y 2024. Es un avance real y notable, pero exige dos precisiones antes de convertirlo en bandera: la comparación es nominal, de modo que descontada la inflación del periodo la mejora es sensiblemente menor; y una parte importante del incremento proviene de transferencias públicas, no de mayor productividad. La transferencia alivia, y hace bien en aliviar; pero no emancipa. La pregunta de fondo sigue abierta: ¿tienen estas comunidades activos productivos, títulos seguros, crédito, conectividad, riego, caminos y mercados? Sin eso, cada cambio de gobierno vuelve a poner su bienestar a votación.
Y otra vez el género agrava el diagnóstico: 67.4 % de las mujeres hablantes de lengua indígena vive en pobreza, frente a 65.2 % de los hombres, y la brecha se ensancha en el ámbito rural.
Lo que promete la Declaración de las Naciones Unidas
El Grupo de Trabajo de la ONU sobre Poblaciones Indígenas mencionó por primera vez a las mujeres indígenas en el informe anual de su novena sesión, en 1991. La Declaración fue finalmente adoptada en 2007 —con el voto favorable de México— y contiene dos disposiciones que se refieren específicamente a ellas.
Artículo 21:
· Los pueblos indígenas tienen derecho, sin discriminación alguna, al mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales, entre otras esferas, en la educación, el empleo, la capacitación y el readiestramiento profesionales, la vivienda, el saneamiento, la salud y la seguridad social.
· Los Estados adoptarán medidas eficaces y, cuando proceda, medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de sus condiciones económicas y sociales. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas.
Artículo 22:
· Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas en la aplicación de la presente Declaración.
· Los Estados adoptarán medidas, conjuntamente con los pueblos indígenas, para asegurar que las mujeres y los niños indígenas gocen de protección y garantías plenas contra todas las formas de violencia y discriminación.
La gran pregunta es en qué medida México está cumpliendo con estos compromisos internacionales. Y esa pregunta no se responde con discursos ni con ceremonias: se responde con cuatro indicadores verificables y públicos. Primero, la brecha de pobreza entre población hablante y no hablante, que sigue siendo de casi cuarenta puntos porcentuales. Segundo, la mortalidad materna e infantil en municipios de alta densidad indígena. Tercero, el número de intérpretes y defensores certificados disponibles frente al número de asuntos que los requieren. Y cuarto, cuántas consultas se realizaron efectivamente antes —y no después— de autorizar un proyecto. Mientras esos cuatro indicadores no formen parte del informe anual de gobierno, la conmemoración seguirá siendo simbólica.
Del reconocimiento a la exigibilidad: la reforma de 2024 y la ley que falta
El 30 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 2º constitucional en materia de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos, en vigor desde el 1 de octubre de ese año. Su alcance es mayúsculo y todavía no ha sido plenamente dimensionado: reconoce a los pueblos y comunidades como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, y desarrolla su derecho a la libre determinación, a sus sistemas normativos, a sus tierras y territorios y a su patrimonio biocultural. Se pasó, en el papel, del sujeto de interés público al sujeto de derecho público; es decir, de ser objeto de política pública a ser titular capaz de decidir, contratar y administrar.
El propio decreto ordenó al Congreso de la Unión expedir la ley general de la materia dentro de los ciento ochenta días siguientes a su entrada en vigor. Ese plazo venció el 31 de marzo de 2025. Hoy, más de dieciséis meses después, la ley sigue sin expedirse. Se trata de una omisión legislativa constitucionalmente relevante, y su costo lo pagan quienes no tienen cómo litigar.
El proceso, en descargo, ha avanzado por la ruta correcta. El Consejo Nacional de Pueblos Indígenas aprobó por unanimidad la propuesta de iniciativa el 22 de junio de 2026; se publicaron la convocatoria y el protocolo del proceso de consulta previa, libre e informada; brigadas del INPI han entregado la información a 16,728 comunidades indígenas y afromexicanas, y la consulta nacional arrancó el 7 de agosto de 2026 en Santa María de Ocotán, Mezquital, Durango, con 82 asambleas regionales programadas entre agosto y septiembre, con acompañamiento del Congreso, de la Suprema Corte como observadora, de la CNDH y de organismos de las Naciones Unidas. Consultar la ley que desarrolla el derecho a ser consultado no es una redundancia: es la única forma de que la norma nazca sin vicio de origen.
Dicho esto, el reconocimiento como sujeto de derecho público abre preguntas que la ley general tendrá que resolver con precisión quirúrgica, porque de ellas depende que el avance no se convierta en litigio. ¿Cómo se articula la personalidad jurídica de la comunidad con la del ejido y con la del municipio, que ya existen y ya tienen competencias, órganos y patrimonio? ¿Quién representa legalmente a la comunidad frente a terceros, con qué formalidades y con qué duración del encargo? ¿Qué régimen de responsabilidad, fiscalización y transparencia se aplicará al patrimonio propio? ¿Cómo se acredita la calidad de comunidad y quién resuelve las controversias de representación, que son el punto de entrada favorito de quien quiere dividir para negociar barato? Sin respuestas claras, la buena noticia de 2024 puede degenerar en una década de conflictos internos. Y falta lo esencial: un derecho sin partida presupuestal es apenas una expectativa bien redactada.
Las parteras indígenas: el lema de 2026 tiene traducción constitucional en México
El lema de este año no es un gesto folclórico, y en el caso mexicano coincide con una norma constitucional recientísima: la reforma de 2024 reconoce expresamente el derecho de los pueblos a desarrollar, practicar, fortalecer y promover la medicina tradicional y la partería para la atención del embarazo, el parto y el puerperio, así como a quienes las ejercen. Es una de esas raras ocasiones en que la agenda internacional y el derecho interno coinciden en el mismo año.
El contexto sanitario explica por qué importa. México registra una tasa de cesáreas cercana a 53 %, muy por encima del 15 % que sugiere la Organización Mundial de la Salud, y una razón de mortalidad materna de 26.5 defunciones por cada cien mil nacidos vivos en 2023, con niveles marcadamente superiores en municipios indígenas y rurales. El Fondo de Población de las Naciones Unidas estima que alrededor del 90 % de esas muertes son evitables, y América Latina es la única región del mundo donde el indicador no ha mostrado una reducción sostenida desde el año 2000. Detrás de cada cifra hay una mujer que murió por una hemorragia que se sabía tratar.
En el terreno regulatorio se han dado pasos: la NOM-020-SSA-2025 incorpora a la partería y la habilitación de parteras tradicionales para expedir certificados de nacimiento, lo que además garantiza el derecho de la niñez a la identidad. Pero reconocer no puede reducirse a folclorizar.
Últimos comentarios
Los pueblos indígenas han conservado características sociales, culturales, económicas y políticas distintas de las de las sociedades dominantes en las que viven. A pesar de sus diferencias, comparten en todo el mundo problemas comunes relacionados con la protección de sus derechos como pueblos originarios, muchas veces ajenos al estilo de vida contemporáneo.
En México, 7.17 millones de personas hablan una lengua indígena (5.69 % de la población, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020), aunque 23.2 millones se autoadscriben como indígenas y, según la encuesta de 2023, esa cifra podría llegar a 39.2 millones. De aquel universo de hablantes, 12 % no habla español; para ser precisos, son 865,972 personas las que no hablan el idioma oficial de nuestro país. Dentro de ese grupo hay, además, una gran asimetría: 64 % son mujeres y 36 % son hombres.
Es aquí donde retomo el tema de la discriminación interseccional: ser mujer, adulta mayor, indígena y no hablante del español constituye, sin lugar a dudas, una enorme desventaja en este país. Es también, en términos prácticos, la definición más precisa de invisibilidad estadística e institucional que conozco. Quien no aparece en los registros no aparece en los presupuestos.
Si algo puede mover la aguja en el corto plazo, no son las conmemoraciones sino cinco decisiones concretas:
· Expedir la ley general en materia indígena y afromexicana con reglas precisas de representación, patrimonio, fiscalización y articulación con ejidos y municipios, acompañada de partida presupuestal específica.
· Estandarizar por ley la consulta previa, libre e informada, con carácter genuinamente previo, plazos ciertos y sanciones a la autoridad que autorice sin consultar.
· Multiplicar y profesionalizar el cuerpo de intérpretes y defensores certificados en lenguas indígenas.
· Adoptar un modelo de salud materna intercultural que integre a las parteras al sistema, con insumos, referencia obstétrica y traslado garantizados.
· Armonizar la estadística oficial sobre población indígena para que autoadscripción, lengua y hogar sean comparables en el tiempo y utilizables para asignar recursos.
El Día Internacional de los Pueblos Indígenas nos pone cara a cara con la dura realidad que viven cotidianamente las personas indígenas en México, afectadas por problemas estructurales que se acentúan en ellas y ellos: acceso a la educación, empleabilidad, marginación, migración y pobreza.
La conmemoración se agota en veinticuatro horas; la desigualdad, no. Y la prueba de que México es efectivamente una nación pluricultural no está en su Constitución, donde ya está escrita desde hace un cuarto de siglo, sino en tres lugares mucho menos ceremoniales: su presupuesto, sus sentencias y sus hospitales.
Referencias
https://www.inegi.org.mx/tablerosestadisticos/discriminacion/#Respeto_a_los_derechos_de_los_grupos
https://www.inegi.org.mx/tablerosestadisticos/genero
https://social.desa.un.org/issues/indigenous-peoples/indigenous-women
https://www.un.org/es/observances/indigenous-day
https://social.desa.un.org/issues/indigenous-peoples/events/IDWIP2026ES
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5739986&fecha=30/09/2024
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2025/EAP_PuebIndig_25.pdf
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2024/EAP_PueblosInd24.pdf
https://www.inegi.org.mx/programas/enadis/2022
https://www.inegi.org.mx/programas/pobreza/2024
https://consultaleyindigena.inpi.gob.mx/ https://www.dof.gob.mx/normasOficiales/9491/salud/salud.html
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