Ley de publicidad exterior

Existen alrededor de 2500 espectaculares de gran formato en la CDMX.

2 de octubre, 2023 Ley de publicidad exterior

Apenas un par de semanas atrás hablábamos de la conmemoración de los sismos acaecidos el 19 de Septiembre de 1985 y de 2017 y hacíamos referencia a que una de las causas de los graves daños que sufrieron los edificios la provocó la colocación de estructuras para hacer publicad exterior o para la colocación de antenas cuyo peso equivale a agregarle dos pisos a cualquier edificación, ya que aunque es variable  va de las cinco a  las 15 toneladas según el tamaño, agreguemos a este esfuerzo el que provoca el viento sobre las estructuras y que en caso de sismos ya vimos que el efecto es devastador.

Pero además del efecto que causa en las edificaciones, los niveles de contaminación visual que provocan son ya inaceptables, pues tratándose de anuncios de gran formato (12m de altura por 8m de ancho) se colocan de tal manera que compiten entre ellos para hacerlos más visibles, más atractivos, más luminosos y en esa carrera por ganar la atención de los automovilistas principalmente, llegamos a niveles de saturación no solo alarmantes sino insostenibles. 

Baste señalar que según la Fundación Por El Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano, existen alrededor de 2500 espectaculares de gran formato en la CDMX (esto no incluye a los que corresponden a los municipios conurbados) con el agravante de que al menos el 80% (2000) sin ilegales. Adicionalmente la posibilidad de provocar como sucede, accidentes viales por la excesiva luminosidad o por lo atractivo del mensaje  hace de la publicidad exterior un problema que hay que atender.

Así, hace unos días el Jefe de Gobierno de la CDMX Martí Batres, apoyándose en una nueva Ley de Publicidad exterior dijo que “están en proceso de retiro nueve mil doscientas toneladas de estructuras metálicas de las azoteas de casas y edificios de la ciudad (…) Se calcula que uno de estos medios publicitarios debe pesar entre 5 y 15 toneladas en inmuebles que no están hechos para soportar esa carga”.

Ahora a bien, si partimos de que el peso promedio pudiera andar por unidad en 10 ton., el número de espectaculares retirados es de 920 del total de los 2500 existentes, es decir el 37%, cantidad aún muy distante del 80% reconocido como de instalación ilegal es decir 2000 unidades que deberían retirarse y de los que hay aun pendientes 1080 para cumplir con la ley.

En las cifras que se comentan, lo destacable es que se esta llevando a cabo el retiro y donde las empresas que los instalaron están llevando a cabo su desmantelamiento. Un actor relevante para impulsar el retiro de los espectaculares ha sido el INVEA (Instituto de Verificación Administrativa), que ante la negativa de muchos de quienes aun conservan ilegalmente anuncios en sus propiedades aplica ya sellos de clausura y multas.

Vallas fijas

Son estructuras colocadas sobre muros ubicados en las principales calles y avenidas, así como dentro de los centros comerciales. Contienen anuncios fijos o digitales. Son parte del mobiliario urbano y un tipo de medio exterior accesible, ya que son económicas. Pueden ser sencillas o mega vallas, las cuales suelen tener un tamaño doble o hasta triple del estándar.

La Ley de Publicidad exterior

Se aprobó el 31 de mayo del 2022 por el Congreso de la CDMX.

Esta ley establece: 

Una vez publicada las empresas tendrán 365 días para retirar los anuncios en las 16 alcaldías

¿Cuáles son los objetivos de la Ley?

Disminuir la contaminación visual; evitar riesgos en domicilios particulares por la instalación de estructuras pesadas; acabar con la proliferación de anuncios no autorizados; prohibir los mensajes sexistas y racistas, y crear un padrón de empresas y publicistas.

Corredores publicitarios autorizados

La Ley de Publicidad Exterior reconoce algunas vialidades primarias de la Ciudad de México como espacios autorizados:

  • Periférico; Blvd. Manuel Ávila Camacho; Adolfo López Mateos; Adolfo Ruiz Cortines; la avenida Canal de Garay; Río San Joaquín; Eje 3 Oriente Francisco del Paso y Troncoso, y Avenida Vasco de Quiroga.
  • Las calzadas San Antonio Abad y su continuación: Tlalpan; Patriotismo; Zaragoza y Canal de Miramontes.
  • Circuito Interior; Melchor Ocampo, de Marina Nacional a Benjamín Franklin; Blvd. Puerto Aéreo, de Oceanía a Viaducto Piedad, y Rio Churubusco, de Insurgentes a las Torres. Además de Revolución y Río Mixcoac.
  • Viaducto Miguel Alemán y Río Piedad.
  • Insurgentes Norte, de Puente de Alvarado a Buenavista.
  • Constituyentes, entre Periférico y Reforma Lomas.
  • Avenida Universidad, de Cuauhtémoc a Eje 10 Sur Copilco.
  • Cuauhtémoc, a partir del Viaducto Miguel Alemán hacia el Sur.
  • Aquiles Serdán, de Las Armas a la Calz. México-Tacuba.
  • Los ejes cinco, seis, ocho y 10 sur, Av Montevideo y Prol. División del Norte.

Padrón de publicistas

La Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP) tendrá aproximadamente cuatro meses para conformar una plataforma digital donde se creará el padrón de publicistas y empresas para que las autoridades puedan tener un mayor control de los anuncios que se instalen en la vía pública. Una vez que el Congreso de la Ciudad de México aprobó este dictamen, será enviado al gobierno capitalino para su publicación en la gaceta oficial.

Conclusiones: 

  • El gobierno de la CDMX ha intentado en repetidas ocasiones regular sin éxito la publicidad exterior, el 80% de ilegalidad en los anuncios es prueba de ello.
  • Esta Ley del año pasado estuvo precedida por otra del año 2010 igualmente ineficaz
  • Es obvio que lo que pagan los anunciantes hace muy atractivo incluso violar la Ley a riesgo no solo de ser sancionados.
  • No existe conocimiento de los dueños de los inmuebles del problema estructural que afecta sus inmuebles.

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