Ley de muerte asistida en Gran Bretaña

La muerte asistida tiene como problema adicional que, al legalizar esta medida, se pone al personal médico en una situación contraria a su juramento hipocrático.

26 de junio, 2025

De modo semejante a otros países se ha planteado en Gran Bretaña una nueva iniciativa de ley que permitiría el suicidio asistido en caso de pacientes terminales:

El proyecto de ley permitiría que los adultos con enfermedades terminales mayores de 18 años en Inglaterra y Gales y a quienes se considere que tienen menos de seis meses de vida, soliciten una muerte asistida. El proyecto no se aplica a Irlanda del Norte o Escocia, que llevan a cabo su propia votación sobre el tema … cualquier solicitud estaría sujeta a la aprobación de dos médicos y un panel que incluye a un trabajador social, una figura legal de alto nivel y un psiquiatra.

También se hicieron cambios para garantizar el establecimiento de defensores independientes para apoyar a personas con discapacidades de aprendizaje, autismo o condiciones de salud mental y la creación de una junta asesora sobre discapacidad.

Una vez que reciba el visto bueno de los médicos y el panel, la persona con enfermedad terminal tendría que ser capaz de tomar los medicamentos letales por sí misma (1) 

El principal problema bioético es la cuestión de la disponibilidad de la propia vida. Si se considera a la vida como un bien fundamental, no puede una persona, aun en caso tan extremo como el señalado, tomar su propia vida. Dicho de otro modo si el derecho a la vida es un valor reconocido incluso como derecho humano es por tanto irrenunciable. 

No cabe duda que en algunas enfermedades terminales el sufrimiento es muy intenso, sobre todo en los casos donde no son controlados los síntomas adecuadamente. No obstante, el camino correcto es la atención paliativa integral que incluye la asistencia no solo del paciente sino de todas las personas involucradas en el cuidado y atención del paciente. Los cuidados paliativos son, en este sentido, no una opción, sino un derecho fundamental de una persona en estado terminal. 

Al ser la vida un bien indisponible no significa que deba intentarse todo para conservarla cuando las intervenciones sobre la vida son muy gravosas tanto físicamente como psicológicamente. Es lícito renunciar a intervenciones desproporcionadas en relación a la salud. Esto es lícito ya que lo que se busca no es acelerar la muerte sino el alivio de síntomas. Una persona puede renunciar, por ejemplo, a tratamientos experimentales costosos y/o dolorosos aun cuando eso implique que acorte la vida. Para que este actuar sea ético, por supuesto debe haber rectitud en la intención, o sea, no buscar con esa renuncia la muerte. Otro ejemplo crucial es el control del dolor. Es lícito eliminar el dolor aun cuando en esas acciones pueda acortarse la vida porque, de nuevo, no se busca eliminar la vida sino aliviar el sufrimiento y no se utiliza la muerte como medio para ese alivio. 

Los cuidados paliativos responden así al reconocimiento de que la dignidad humana está ligada al respeto por la vida, pero al mismo tiempo se reconoce el derecho a tener un proceso de muerte digno, decoroso y aliviador del sufrimiento. 

La muerte asistida tiene como problema adicional que, al legalizar esta medida, se pone al personal médico en una situación contraria a su juramento profesional que es curar y que en el caso de que no se pueda, aliviar la condición del enfermo. 

Referencias

Pylas, Pan. Reino Unido apoya proyecto de ley de muerte asistida para enfermos terminales. AP. 20 de junio de 2025. Disponible en: https://es-us.noticias.yahoo.com/reino-unido-apoya-proyecto-ley-164221890.html

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Jose Enrique Gomez Alvarez
Doctor en Filosofía por la Universidad de Navarra. Maestro en Gerontología Social por la UNINI. Maestría y licenciado en Filosofía por la Universidad Panamericana. Ha sido profesor e investigador en áreas de ética aplicada. Actualmente colabora en el Centro de Investigación Social Avanzada (CISAV), la Universidad Panamericana y la Universidad Anáhuac. Ha publicado en revistas especializadas temas de Bioética, sobre todo desde la óptica de la argumentación. De sus publicaciones recientes se encuentran: En coautoría con Domingo López Rodríguez. El principio del doble efecto: análisis y aplicaciones. Aliosventos editores (Biblioteca de filosofía nº 2), México, 2019; “La enfermería como apertura a la interdisciplina”. Revista Latinoamericana de Bioética, 2018. “Bien, Mal y verdad ¡Eso es del siglo XVII!” en: Bioética Aporte para un debate necesario. México, 2018.; Nutrition problems specific to the adult Mexican population: the healthy eating plate as an intervention in the diets of older adults in Mexico, with an example. MOJ Gerontollogy, 2018; “Laicidad del Estado ¿Qué significa? Laicidad y laicismo”. En: Bioética Aporte para un debate necesario. México, 2018. Ha sido miembro del Sistema Nacional de Investigadores (Nivel I). Actualmente realiza investigaciones sobre la Bioética y la Gerontología.
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