De la precariedad al extremismo

Cuando un gobierno es cada vez menos capaz de regular los mercados informales, gradualmente pierde el control de los mercados formales por el creciente poder de extorsión de las mafias.

4 de octubre, 2022 precariedad al extremismo

La inseguridad ha activado el instinto básico de sobrevivencia. Por inseguridad entiendo la física, la patrimonial y la económica. Si bien cada tipo de inseguridad responde a ámbitos específicos, se entretejen y producen la sensación de peligro inminente. Ante el peligro, la respuesta es el estado de alerta. Embargan la angustia y el miedo. La disyuntiva es huir para ponerse a salvo o enfrentar la amenaza. ¿Qué ha activado los instintos primarios de millones de personas en México y el mundo? ¿Cuáles son las consecuencias sociales de ese continuo estado de alerta y de estrés, ante la amenaza? Y, ¿en qué consiste la amenaza? Sin duda en este país nadie está exento de un delito y hasta de perder la vida. Todos los días conocemos hechos trágicos de sangre.

Igualmente, la seguridad patrimonial está en perpetuo riesgo. La inobservancia de la ley y el creciente poder del crimen exponen a las personas ante dos poderes indómitos, fuera de control: la mafia estatal y la mafia criminal. La primera usa el poder público para la extorsión: doblegar a rivales políticos, en vez de aplicarles la ley, someter a instituciones y comprar voluntades. La segunda impone cobros a las actividades comerciales y productivas (derecho de piso), extorsiona, priva de la libertad, invade propiedades y un sinfín de delitos contra la vida y patrimoniales. Impera un estado de cosas donde cada quien debe salvar su pellejo. El efecto es desconfianza generalizada que destruye la solidaridad. La nación se asoma al abismo del imperio del más fuerte.

A estas dos manifestaciones de la inseguridad se ha sumado otra altamente perniciosa y, hasta ahora, sus efectos sociales han sido más perturbadores. Se trata de la precarización del trabajo o, si se prefiere, de inseguridad laboral. El término que se ha acuñado para nombrar a este tipo de trabajo es “flexibilidad laboral”. El propósito ha sido reducir los salarios; facilitar los despidos sin o con la mínima indemnización; la movilidad del empleado a otras actividades o de residencia; la contratación a tiempo parcial sin derecho a seguridad social (acceso a servicios de salud, vacaciones, seguro por accidente o invalidez, pensión, indemnización por despido anticipado, etc.); desaparición del empleo estable, durable, a tiempo completo, así como seguridad social.

De esta manera en todo el mundo, países ricos y pobres, se ha formado una gran masa de trabajadores informales, sea cual sea su calificación o habilidades. A esta gente, el economista Guy Standing le denominó precariado (que deriva de precario y proletario). En su libro El precariado. Una nueva clase social, este prestigiado investigador relata una historia dramática y reveladora de un pueblo de la toscana, llamado Prato, que a finales de los años ochenta del siglo pasado se dedicaba a la manufactura de ropa. Su población de unas 180 mil personas gozaba de empleo estable y seguro, de ingresos suficientes. Era una ciudad donde imperaban la solidaridad, la confianza y la moderación. Su inclinación política era hacia la izquierda. La gente era socialdemócrata.

Con la apertura comercial y flexibilidad laboral acaecida en esos años todo cambió. En la región se instalaron industrias chinas que traían a trabajadores de su país, a quienes pagaban salarios bajos, sin prestaciones y sus condiciones laborales eran cuasi esclavistas. Poco a poco los productores chinos desplazaron a los de Prato. Los despidos se pusieron a la orden del día, los salarios y prestaciones se redujeron al mínimo para que las empresas pudieran competir y sobrevivir. Según las autoridades municipales las fábricas chinas elaboraban un millón de prendas al día, de manera que en 365 días producían suficientes para vestir a toda Italia por un periodo de 20 años. Junto con la inundación de productos baratos de India y Bangladesh, la industria local se arruinó.

Luego llegó el crac financiero de 2008. Desempleo y bancarrotas se fueron a los cielos. Alteraron los ánimos e inclinaciones políticas de la gente de Prato la hostilidad ideológica y política a la intervención del Estado y la austeridad a ultranza. En meses, relata Standing, la izquierda fue borrada del mapa político de la región. Llegó al poder la xenófoba Liga Norte. Favoreció este giro político el hecho de que, desde tiempo atrás, los gobiernos socialdemócratas habían adoptado las políticas públicas neoliberales. Rechazaron elegir un cambio económico ordenado, evitar el sufrimiento de miles de personas y reindustrializar a la región. Las heridas de la liberación económica caótica aún perduran, y hoy gobierna la ultraderecha con el lema de Dios, Patria y Familia.

El caso de esta pequeña ciudad de la toscana ilustra cómo la precariedad económica ocasiona la radicalización y el arribo de los populistas al poder, de izquierda o de derecha, que al final del día sus semejanzas son mayores que sus diferencias. La pérdida del modo de vida de las personas, de estatus, altera sus sentimientos y las induce a poner por delante el instinto de sobrevivencia. No menos grave es la precarización que disuelve la confianza y reduce al mínimo la relación de la gente con el Estado. El debilitamiento de los lazos entre el Estado y las personas, fruto de la precarización y la informalidad, favorece la movilidad del voto de extremo a extremo ideológico y la inestabilidad. Y lo peor, ese vacío lo llenan poderes informales y las grandes empresas.

En México, el desamparo y la falta de protección en la que se encuentran miles y miles, la gran mayoría en la informalidad, aunado a un Estado de chueco (Zaid) es tierra fértil para la expansión del crimen. No en vano, algunos calculan que las mafias controlan 40% del país. Cuando un gobierno es cada vez menos capaz de regular a los mercados informales, gradualmente tiende a perder el control de los mercados formales debido al creciente poder de extorsión de las mafias. En este contexto cabe preguntar, ¿qué impacto tiene en la inflación el debilitamiento de los lazos entre sociedad y Estado, así como su incapacidad para enfrentar a las mafias y regular los mercados informales? Y peor: ¿están en riesgo la gobernación y la paz social?

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Siendo inminente la discusión y resolución del PLAN B ELECTORAL de AMLO, puede entenderse la razón por la cual YASMIN ESQUIVEL MOSSA permanece contra viento y marea en el cargo que usurpa: PORQUE SE LO ordenó LOPEZ OBRADOR. La apodada “ministra contratista” se ha prestado a resistir injurias, descalificaciones y la desaprobación unánime de la ciudadanía por motivos que van más allá de su cinismo, su corrupción, su servilismo o su indecencia. ES DE VITAL IMPORTANCIA NOTAR QUE DURANTE LOS DOS MESES TRANSCURRIDOS DESDE QUE SE DESCUBRIÓ SU OBTENCIÓN FRAUDULENTA DEL TÍTULO DE ABOGADA, HA SEGUIDO PARTICIPANDO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DE LA SUPREMA CORTE, SIN QUE NADIE SE LO IMPIDA. LO DE MENOS ES EL PLAGIO DE LA TESIS; LO GRAVE ES  QUE MEDIANTE LA USURPACIÓN DE PROFESIÓN HA VIVIDO USURPANDO FUNCIONES JUDICIALES HASTA LLEGAR HOY A LA SUPREMA CORTE PARA SERVIR LOS CAPRICHOS DE LÓPEZ OBRADOR. López Obrador NECESITA DE SUS ESQUIROLES EN LA SUPREMA CORTE, para impedir que su PLAN B ELECTORAL sea declarado inconstitucional por el voto de OCHO MINISTROS. ¿QUÉ PUEDE HACERSE PARA IMPEDIR QUE  UN MINISTRO PARTICIPE EN EL ESTUDIO, DISCUSIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PLAN B DE LÓPEZ OBRADOR? Es necesario que quienes hayan promovido las acciones de inconstitucionalidad de la REFORMA ELECTORAL DE AMLO, RECUSEN A YASMÍN ESQUIVEL, invocando el artículo 39 del Código Federal de Procedimientos Civiles que es aplicable a este caso y que a la letra dice: ARTÍCULO 39.- Fijada la competencia de un juez, magistrado o MINISTRO, conforme a lo dispuesto por el capítulo precedente, conocerá del negocio en que se haya fijado, SI NO SE ENCUENTRA COMPRENDIDO EN LOS SIGUIENTES CASOS DE IMPEDIMENTO. 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  ES APLICABLE LA FRACCIÓN  V DEL ARTÍCULO 39, porque su esposo, el ingeniero José María Rioboo, proporciona “servicios gratuitos de consultoría” a López Obrador además de recibir sustanciosos contratos de obra asignados por el gobierno que encabeza el tabasqueño. En consecuencia el esposo de Yasmín Esquivel, es DONANTE del Ejecutivo Federal, porque LE REGALA SERVICIOS DE CONSULTORÍA, según Obrador. En lo tocante a los contratos de obra asignados al cónyuge de Esquivel Mossa, QUE NO SON GRATUITOS,  LO HACEN ACREEDOR Y DEUDOR DEL EJECUTIVO FEDERAL. Lo anterior hace que Yasmín Esquivel Mossa esté impedida de estudiar, discutir y participar en la resolución de las acciones de inconstitucionalidad planteadas contra el PLAN B ELECTORAL de López Obrador. ES APLICABLE LA FRACCIÓN XVII del artículo 39, PORQUE YASMÍN  ESQUIVEL MOSSA ESTÁ EN UNA SITUACIÓN QUE ANULA SU IMPARCIALIDAD EN FORMA EVIDENTE Y GRAVE. ¿Qué es el PLAN B ELECTORAL? Para quienes desconocen la mecánica de las leyes y de los procedimientos judiciales, EL PLAN B no les dice nada más que, el todavía presidente de la República ha decidido intentar una vía alterna para lograr LA REFORMA ELECTORAL A LA MEDIDA DE SUS DESEOS. EL PLAN B DE LÓPEZ OBRADOR lo ubica como responsable del DELITO DE COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, previsto en el artículo 216 del Código Penal Federal que a la letra dice: ARTÍCULO 216.- COMETEN EL DELITO DE COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, los que teniendo tal carácter SE COALIGUEN PARA TOMAR MEDIDAS CONTRARIAS A UNA LEY, reglamento u otras disposiciones de carácter general, IMPEDIR SU EJECUCIÓN o para hacer dimisión de sus puestos CON EL FIN DE IMPEDIR O SUSPENDER LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN CUALQUIERA DE SUS RAMAS. LOS DIPUTADOS Y SENADORES DE MORENA que aprobaron la iniciativa PLAN B ELECTORAL de Obrador A SABIENDAS DE SU INCONSTITUCIONALIDAD, son cómplices de este delito. LA CÓMPLICE PRINCIPAL DE LÓPEZ OBRADOR EN LA SUPREMA CORTE, AUNQUE NO LA ÚNICA, ES YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. AMLO le ha dado instrucciones de aguantar  el tsunami de críticas, acusaciones, descrédito y lo que sea, porque necesita su voto PARA IMPEDIR QUE SE ALCANCEN LOS OCHO VOTOS CONTRA SU PLAN ELECTORAL, QUE LO HARÍAN DEFINITIVAMENTE INAPLICABLE. Desde el momento en que Obrador perdió la mayoría calificada INDISPENSABLE para descuartizar nuestra Constitución, surgió su PLAN B. EL PLAN B se trata de DICTAR A SABIENDAS REFORMAS A LEYES SECUNDARIAS QUE VIOLAN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, pero apoyados en una doble apuesta:
  • Mientras estuvo Arturo Zaldívar como empleado de Obrador en la Corte, EL MINISTRO SERVIL SE PRESTABA A DILATAR, RETRASAR Y ENTORPECER el estudio, discusión y resolución de los temas que incomodaban a su verdadero jefe.
  • Una vez que era imposible DILATAR, RETRASAR O ENTORPECER por más tiempo los asuntos, Zaldívar cabildeaba en favor de AMLO para impedir que los PLANES B de su jefe SE DECLARARAN INCONSTITUCIONALES SI SE ALCANZABAN  los OCHO VOTOS indispensables para frustrar su maniobra fraudulenta.
EL ÚLTIMO “TRIUNFO” DE ZALDÍVAR AL SERVICIO DE AMLO FUE EL DE LA REFORMA ELÉCTRICA que se pudo imponer gracias a la  maniobra fraudulenta que hizo Loretta Ortiz a la hora de los recuentos de la votación.  Los cómplices del PLAN B de López Obrador  son corresponsables con el tabasqueño de DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, conforme al artículo 225, fracciones I, VI y VII que a la letra dicen: Artículo 225.- Son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes: I.- CONOCER DE NEGOCIOS PARA LOS CUALES TENGAN IMPEDIMENTO LEGAL o abstenerse de conocer de los que les corresponda, sin tener impedimento legal para ello; VI.- DICTAR, A SABIENDAS, UNA RESOLUCIÓN DE FONDO o una sentencia definitiva QUE SEAN ILÍCITAS POR VIOLAR ALGÚN PRECEPTO TERMINANTE DE LA LEY, VII.- EJECUTAR ACTOS O INCURRIR EN OMISIONES QUE PRODUZCAN UN DAÑO O CONCEDAN A ALGUIEN UNA VENTAJA INDEBIDA; ¿QUÉ PUEDE HACERSE PARA IMPEDIR QUE AMLO SE SALGA CON LA SUYA? Quienes promovieron las acciones de inconstitucionalidad  y las controversias constitucionales contra el PLAN B ELECTORAL DE OBRADOR,  NECESITAN INTERPONER LA RECUSACIÓN CONTRA YASMIN ESQUIVEL, y  cuando menos contra LORETTA ORTIZ, invocando el artículo 39, fracciones V y XVII del Código Federal de Procedimientos Civiles. Necesitan interponer una denuncia por DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, contra  los ministros que se han COALIGADO CON EL EJECUTIVO FEDERAL como hicieron en el caso de la REFORMA ELÉCTRICA. EL PLAN B aplicado por López Obrador violentando la Constitución, es un delito cuyo modus operandi ha sido confesado públicamente por su autor intelectual en múltiples conferencias mañaneras. Si el FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA fuera autónomo, ya habría promovido el desafuero del todavía presidente de la República y de sus esquiroles en la Suprema Corte. Solamente con las armas de la CONSTITUCIÓN y del DERECHO EN LA MANO, PUEDE LOGRARSE QUE LA  DEFENSA DE NUESTRA DEMOCRACIA PROCLAMADA AYER, 26 de febrero de 2023  EN TODA LA REPÚBLICA, SEA IMPARABLE.  

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Lo primero consiste en comprender y aceptar que todos los seres humanos somos parte de la misma especie y tenemos un origen común. Las más recientes investigaciones, apenas publicadas en junio de 2017, en la revista Nature, anuncian el descubrimiento de los restos más antiguos conocidos de Homo sapiens y que han sido hallados en un lugar de Marruecos llamado Yebel Irhoud, a unos 150 kilómetros al oeste de Marrakech. En la nota se destaca que: “La investigación ha sido coordinada por el paleoantropólogo francés Jean-Jacques Hublin, del Instituto Max Planck de Antropología Evolutiva de Leipzig (Alemania). […] Los autores del descubrimiento datan el fósil encontrado en Marruecos en una edad de unos 315.000 años, mientras que los restos hasta ahora conocidos de 'Homo rhodesiensis' o de 'Homo heidelbergensis' databan de 200.000 años atrás. Un resto de cráneo encontrado en Yebel Irhud presenta "un mosaico de características, incluyendo morfología facial, mandibular y dental que alinea ese material encontrado con restos humanos primitivos o considerados anatómicamente modernos1". Este descubrimiento confirma las hipótesis desarrolladas hasta ahora que afirman que todos los seres humanos existentes –mujeres y hombres– descendemos de la misma especie, que todos los seres humanos que han habitado el planeta Tierra somos producto de migraciones que estos mismos antecesores llevaron a cabo desde el continente africano y que más allá de las muy marginales diferencias, como los son raza y el color del pelo, la piel y lo ojos, producida por cambios adaptativos a los diversas condiciones climáticas a lo largo de los milenios, hombres y mujeres somos exactamente iguales en capacidades, potencialidades, género y especie. No hablamos aquí ni de creencias ni de dogmas, sino de hechos y datos verificables dentro de las posibilidades técnicas y tecnológicas actuales de la ciencia.   Aunque pueda parecer baladí, reconocer esto, es reconocer mucho. Se trata de un dato objetivo, científico, que prueba que, en tanto compartimos origen e información genética, las diferencias que existen entre las distintas manifestaciones humanas son de carácter cultural y que estas son, por lo tanto, construcciones, que si bien son valiosas y significativas, no provocan que los miembros de dichas culturas sean intrínsecamente superiores o inferiores entre sí.  Hasta aquí no hablamos por el momento del contenido de la cultura, para centrarnos en el valor intrínseco del individuo humano en específico. Es posible, como de hecho sucede, que haya ideologías, creencias, dogmas, maneras de entender el mundo que son más deseables e inclusivos que otros, pero los individuos son idénticos en valor y dignidad.  Pero ¿qué es, entonces, esa tan mencionada dignidad humana que nos iguala? Veamos ahora los primero dos capítulos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos promulgada en Naciones Unidas en 1948:    Artículo 1 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Artículo 2 Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía2. A partir de ellos, en la siguiente entrega profundizaremos en la comprensión de que somos una sola especie y que existen muchas más condiciones que nos unen a las que nos separan.      Web: www.juancarlosaldir.com Instagram:  jcaldir Twitter:   @jcaldir    Facebook: Juan Carlos Aldir   1 New York Times, Zimmer, Carl, “Fósiles hallados en Marruecos cambian la historia de nuestra especie”, 8 de junio de 2017 https://www.nytimes.com/es/2017/06/08/espanol/fosiles-jebel-irhoud-homo-sapiens.html y [1] El Confidencial, portal de divulgación científica, Una mandíbula traslada el origen del 'Homo sapiens' de Etiopía a Marruecos, 2017, Noticias de Marruecos: Una mandíbula traslada el origen del Homo sapiens de Etiopía a Marruecos. Noticias de Ciencia.  https://www.elconfidencial.com/tecnologia/ciencia/2017-06-07/marruecos-antropologia-homo-sapiens_1395603/ 2 La Declaración Universal de Derechos Humanos, ONU, 1948, La Declaración Universal de Derechos Humanos | Naciones Unidas,  www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf  

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  ES APLICABLE LA FRACCIÓN  V DEL ARTÍCULO 39, porque su esposo, el ingeniero José María Rioboo, proporciona “servicios gratuitos de consultoría” a López Obrador además de recibir sustanciosos contratos de obra asignados por el gobierno que encabeza el tabasqueño. En consecuencia el esposo de Yasmín Esquivel, es DONANTE del Ejecutivo Federal, porque LE REGALA SERVICIOS DE CONSULTORÍA, según Obrador. En lo tocante a los contratos de obra asignados al cónyuge de Esquivel Mossa, QUE NO SON GRATUITOS,  LO HACEN ACREEDOR Y DEUDOR DEL EJECUTIVO FEDERAL. Lo anterior hace que Yasmín Esquivel Mossa esté impedida de estudiar, discutir y participar en la resolución de las acciones de inconstitucionalidad planteadas contra el PLAN B ELECTORAL de López Obrador. ES APLICABLE LA FRACCIÓN XVII del artículo 39, PORQUE YASMÍN  ESQUIVEL MOSSA ESTÁ EN UNA SITUACIÓN QUE ANULA SU IMPARCIALIDAD EN FORMA EVIDENTE Y GRAVE. ¿Qué es el PLAN B ELECTORAL? Para quienes desconocen la mecánica de las leyes y de los procedimientos judiciales, EL PLAN B no les dice nada más que, el todavía presidente de la República ha decidido intentar una vía alterna para lograr LA REFORMA ELECTORAL A LA MEDIDA DE SUS DESEOS. EL PLAN B DE LÓPEZ OBRADOR lo ubica como responsable del DELITO DE COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, previsto en el artículo 216 del Código Penal Federal que a la letra dice: ARTÍCULO 216.- COMETEN EL DELITO DE COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, los que teniendo tal carácter SE COALIGUEN PARA TOMAR MEDIDAS CONTRARIAS A UNA LEY, reglamento u otras disposiciones de carácter general, IMPEDIR SU EJECUCIÓN o para hacer dimisión de sus puestos CON EL FIN DE IMPEDIR O SUSPENDER LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN CUALQUIERA DE SUS RAMAS. LOS DIPUTADOS Y SENADORES DE MORENA que aprobaron la iniciativa PLAN B ELECTORAL de Obrador A SABIENDAS DE SU INCONSTITUCIONALIDAD, son cómplices de este delito. LA CÓMPLICE PRINCIPAL DE LÓPEZ OBRADOR EN LA SUPREMA CORTE, AUNQUE NO LA ÚNICA, ES YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. AMLO le ha dado instrucciones de aguantar  el tsunami de críticas, acusaciones, descrédito y lo que sea, porque necesita su voto PARA IMPEDIR QUE SE ALCANCEN LOS OCHO VOTOS CONTRA SU PLAN ELECTORAL, QUE LO HARÍAN DEFINITIVAMENTE INAPLICABLE. Desde el momento en que Obrador perdió la mayoría calificada INDISPENSABLE para descuartizar nuestra Constitución, surgió su PLAN B. EL PLAN B se trata de DICTAR A SABIENDAS REFORMAS A LEYES SECUNDARIAS QUE VIOLAN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, pero apoyados en una doble apuesta:
  • Mientras estuvo Arturo Zaldívar como empleado de Obrador en la Corte, EL MINISTRO SERVIL SE PRESTABA A DILATAR, RETRASAR Y ENTORPECER el estudio, discusión y resolución de los temas que incomodaban a su verdadero jefe.
  • Una vez que era imposible DILATAR, RETRASAR O ENTORPECER por más tiempo los asuntos, Zaldívar cabildeaba en favor de AMLO para impedir que los PLANES B de su jefe SE DECLARARAN INCONSTITUCIONALES SI SE ALCANZABAN  los OCHO VOTOS indispensables para frustrar su maniobra fraudulenta.
EL ÚLTIMO “TRIUNFO” DE ZALDÍVAR AL SERVICIO DE AMLO FUE EL DE LA REFORMA ELÉCTRICA que se pudo imponer gracias a la  maniobra fraudulenta que hizo Loretta Ortiz a la hora de los recuentos de la votación.  Los cómplices del PLAN B de López Obrador  son corresponsables con el tabasqueño de DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, conforme al artículo 225, fracciones I, VI y VII que a la letra dicen: Artículo 225.- Son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes: I.- CONOCER DE NEGOCIOS PARA LOS CUALES TENGAN IMPEDIMENTO LEGAL o abstenerse de conocer de los que les corresponda, sin tener impedimento legal para ello; VI.- DICTAR, A SABIENDAS, UNA RESOLUCIÓN DE FONDO o una sentencia definitiva QUE SEAN ILÍCITAS POR VIOLAR ALGÚN PRECEPTO TERMINANTE DE LA LEY, VII.- EJECUTAR ACTOS O INCURRIR EN OMISIONES QUE PRODUZCAN UN DAÑO O CONCEDAN A ALGUIEN UNA VENTAJA INDEBIDA; ¿QUÉ PUEDE HACERSE PARA IMPEDIR QUE AMLO SE SALGA CON LA SUYA? Quienes promovieron las acciones de inconstitucionalidad  y las controversias constitucionales contra el PLAN B ELECTORAL DE OBRADOR,  NECESITAN INTERPONER LA RECUSACIÓN CONTRA YASMIN ESQUIVEL, y  cuando menos contra LORETTA ORTIZ, invocando el artículo 39, fracciones V y XVII del Código Federal de Procedimientos Civiles. Necesitan interponer una denuncia por DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, contra  los ministros que se han COALIGADO CON EL EJECUTIVO FEDERAL como hicieron en el caso de la REFORMA ELÉCTRICA. EL PLAN B aplicado por López Obrador violentando la Constitución, es un delito cuyo modus operandi ha sido confesado públicamente por su autor intelectual en múltiples conferencias mañaneras. Si el FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA fuera autónomo, ya habría promovido el desafuero del todavía presidente de la República y de sus esquiroles en la Suprema Corte. Solamente con las armas de la CONSTITUCIÓN y del DERECHO EN LA MANO, PUEDE LOGRARSE QUE LA  DEFENSA DE NUESTRA DEMOCRACIA PROCLAMADA AYER, 26 de febrero de 2023  EN TODA LA REPÚBLICA, SEA IMPARABLE.  

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