He comentado con diversos amigos y colegas las implicaciones de la reforma legislativa que busca desvalijar a los contribuyentes cautivos, mediante disposiciones que me recuerdan aquella exigencia de los asaltantes cuando dicen: “la bolsa, o la vida”.
Los vicios principales de la reforma emprendida por MORENA, violan todos los principios universalmente reconocidos en materia de derechos humanos, en materia de derecho penal, y por supuesto en materia Constitucional.
La “miscelánea fiscal/penal” atribuye por adelantado el dolo, es decir, la mala intención al contribuyente, con lo cual, la presunción de inocencia desaparece del escenario.
La presunción de dolo criminal, afecta de forma inmediata a TODOS los causantes; en consecuencia, TODOS LOS CAUSANTES deben defenderse desde el momento en que se les considera de esa forma, contra todo derecho.
Presumir dolo o mala intención de todo causante que presente declaraciones de impuestos defectuosas, o declaraciones sin soporte documental, las presente tardíamente, o de plano no las presente por cualquier motivo, pone a TODOS los causantes en peligro INMEDIATO de ser considerados elementos del crimen organizado, y de antemano los expone AUTOMÁTICAMENTE a varias consecuencias gravísimas:
- La pérdida de sus bienes.
- La pérdida de la libertad, mientras son peras o son manzanas.
- La presunción de haber actuado de antemano con mala intención, es decir: con dolo.
La ¿presunción de inocencia?; por ninguna parte.
Con esta reforma, regresa la máxima porfiriana de “mátalos y luego viriguas”.
Si en México sobrevive a estas alturas algún vestigio de “estado de derecho” y un poquito de dignidad en el Poder Judicial Federal, semejante miscelánea, puede y debe ser combatida DE INMEDIATO, y la Justicia Federal debe declararla inconstitucional.
Cuando surge una ley o un conjunto de disposiciones legales contrarias a la Constitución Federal, se les puede combatir a través del juicio de amparo; ese juicio que a López Obrador no le gusta ni tantito.
De acuerdo con los artículos 21 y 22 de la Ley de Amparo, esa clase de leyes puede combatirse en uno de dos momentos:
Se puede combatir la ley inconstitucional dentro de los 30 días contados a partir de su entrada en vigor.
O se puede impugnar dentro de los 15 días siguientes al primer acto de aplicación concreta de esas leyes, en perjuicio de cualquier afectado.
He creído importante escribir sobre esta “miscelánea fiscal/ penal” en estas líneas, porque creo que es necesario combatirla de inmediato, es decir, desde que entre en vigor.
No todas las leyes pueden combatirse desde su entrada en vigor, sino solamente las que en forma automática afectan los derechos de toda la ciudadanía.
Yo sostengo que la “miscelánea fiscal/penal” afecta AUTOMÁTICAMENTE los derechos de todos los mexicanos, por las razones que ahora expongo:
Es indispensable combatir estas reformas en forma inmediata, porque de lo contrario, todos los que no se “vacunen” ahora, cuando quieran impugnarla más tarde, tendrán que hacerlo PRIVADOS DE SU LIBERTAD y PRIVADOS DE SUS BIENES por la norma de extinción de dominio.
Todos los contribuyentes que decidan NO combatir esta reforma múltiple, AUTOMÁTICAMENTE quedan bajo la presunción de dolo para el caso de incurrir cualquier error en sus declaraciones de impuestos.
Todos los contribuyentes que no se defiendan a partir de la entrada en vigor de esta salvajada, quedan expuestos a perder su libertad a pesar de lo que dicen los artículos 14º y 16º de la Constitución.
Todos los contribuyentes que por miedo al enojo del SAT prefieran dejar su defensa “para mejor ocasión”, quedan expuestos a perder su patrimonio bajo la arbitrariedad de la “extinción de dominio” concebida al son de “mátalos en caliente”.
A primera vista, hay abogados que consideran que esta miscelánea en materia fiscal y penal “NO es autoaplicativa”, PERO yo opino lo contrario.
NO combatir estas reformas aprobadas en fiel obediencia al todavía presidente de la República, SURTE EFECTOS AUTOMÁTICOS graves.
Esta miscelánea es AUTOAPLICATIVA, porque desde su entrada en vigor, prejuzga negativamente a todos los contribuyentes.
Automáticamente cancela el principio de BUENA FE FISCAL, porque atribuye por adelantado, DOLO o intención delictiva a TODOS los contribuyentes.
Automáticamente PRIVA a todos los gobernados, de la garantía de legalidad consagradas en el atículo 14º de la Constitución que a la letra dice:
Artículo 14º, segundo párrafo: “Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.”
En conclusión:
La reforma “fiscal/penal” es autoaplicativa, porque SI NO SE COMBATE desde ahora mismo, los contribuyentes quedan AUTOMÁTICAMENTE calificados como dolosos, mal intencionados, miembros el crimen organizado, expuestos a prisión preventiva oficiosa y a la pérdida de su patrimonio por las disposiciones de extinción de dominio.
Si impugnan esta reforma arbitraria a partir de que entre en vigor, DISFRUTAN DE TODAS LAS GARANTÍAS de debido proceso.
Si se esperan por temor a “hacer olas”, cuando quieran defenderse de esta miscelánea abusiva, lo tendrán que hacer contra corriente y tras las rejas de una prisión.
¿Cuál es la moraleja?
La moraleja es actuar a tiempo, como dice el refrán:
No dejes para mañana, lo que puedas hacer hoy.
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