¿Cuándo vale una vida humana?
Para la ONU y la Corte Penal Internacional, la respuesta parece dárnosla José Alfredo Jiménez con su inolvidable canción “No vale nada la vida”…
At the end of the day, (como dicen los gringos), it’s all about money.
¿Cuánto valor le dio Donald “Clairol” Trump a la vida de Jamal Khashoggi, que fue asesinado y rebanado en el Consulado de Arabia Saudita en Estambul?
Alguno que otro “timorato” del Congreso de Estados Unidos, propuso dejarle caer todo el peso de la ley al Príncipe Mohamed Bin Salman, por cuyas órdenes directas tuvo lugar el asesinato.
¡Ah, pero…!
¿Cómo podría castigarse por asesinato al mejor cliente de la industria militar de los Estados Unidos?
It’s all about money…
Donald “Clairol” Trump acaba de mandar asesinar al general Qasem Soleimani, llevándose de paso a un número no especificado de “víctimas colaterales”.
En Estados Unidos los abogados discuten si el asesinato de Soleimani puede considerarse legal o ilegal, y claro está, como buenos leguleyos se escurren por el tobogán de la gramática diciendo que en la legislación penal gringa no se regulan los “asesinatos” sino los homicidios…
(¿Qué no son sinónimos?)
Mi opinión sobre el asesinato del general Qasem Soleimani, se rige por el derecho aplicable.
¿Cuál es el derecho aplicable?
El derecho aplicable es el Código Penal de la República Islámica de Irán y el Código Penal de Irak.
En este punto, y para no caer en el resbaladizo terreno de las opiniones gratuitas, me remito como parámetro, a lo que dice el Código Penal Federal de México:
Artículo 4º. “Los delitos cometidos en territorio extranjero por un mexicano contra mexicanos o contra extranjeros, o por un extranjero contra mexicanos, serán penados en la República, con arreglo a las leyes federales, si concurren los requisitos siguientes:
II. Que el reo no haya sido definitivamente juzgado en el país en que delinquió.
III. Que la infracción de que se le acuse tenga el carácter de delito en el país en que se ejecutó y en la República.”
De acuerdo a lo que establece el Código Penal Federal de México, y sin duda alguna de acuerdo a lo que establecen los códigos penales de Irak y de Irán, tenemos lo siguiente.
Irak no ha iniciado ninguna carpeta de investigación para establecer la responsabilidad penal de Donald “Clairol” Trump, por la sencilla razón de que Irak se encuentra invadido por fuerzas de los Estados Unidos.
El homicidio es delito tanto en Irak como en Irán.
El artículo 4º del Código Penal Federal de México, me permite decir lo siguiente.
La República Islámica de Irán, en vez de caer en la guerra de los adjetivos contra Trump y las fuerzas armadas de Estados Unidos, debería asumir una postura JURÍDICA impecable de acuerdo a su propio derecho soberano, y conforme al Derecho Internacional.
En consecuencia, y toda vez que Trump reconoció su autoría intelectual y su orden directa para asesinar al general Soleimani, la República Islámica de Irán solo tiene que declararlo responsable confeso de homicidio doloso, y librar en su contra, la correspondiente orden de aprehensión.
Como Estados Unidos e Irán no tienen un tratado de extradición, Irán puede y debe aprovechar su membresía en INTERPOL, y pedir que se emita la ficha roja para detener a Donald “Clairol” Trump en cualquier parte del mundo.
No tengo duda de que mi propuesta puede parecer infantil, ingenua o peor, pero no lo es tanto.
En el momento político que se vive en Estados Unidos, la emisión de una ficha roja de INTERPOL en contra de Trump, le daría municiones a sus adversarios del Partido Demócrata, y dificultaría su anhelada reelección.
Si los demócratas no fueran increíblemente tontos o corruptos, podrían agregar un artículo adicional de impeachment contra su presidente demente, porque el asesinato de un líder político extranjero, es un delito de acuerdo al Derecho Internacional.
Irán no puede acudir ante la Corte Penal Internacional para que intervenga en su acción contra Trump, porque de pura casualidad, ¡Estados Unidos NO es miembro de ese tribunal!
Para los gringos de nada sirve que el homicidio de Soleimani sea un crimen de guerra y un homicidio político confesado por su autor intelectual y responsable de haber dado la orden expresa para el asesinato.
No olvidemos que la sede de la ONU está en Estados Unidos.
Estados Unidos puede suspender y congelar cualquier acción ante la Corte Penal Internacional, a pesar de no ser miembro.
Lo anterior, porque Estados Unidos tiene un peculiar derecho de veto para hacer que la dichosa Corte Penal Internacional sea otro adorno ONUTIL (1) como el Consejo de Seguridad.
Para los racistas gringos es facilísimo desestimar los reclamos de Irán, con solo transmitir los videos de cientos de miles de iraníes “vestidos de fachas” y barbudos, acompañados por sus retrogadas mujeres ocultas bajo sus “disfraces de brujas” manifestándose indignados por la muerte de Soleimani.
Si a la furia callejera de los iraníes, le agregamos la desventaja de su singular indumentaria, a las autoridades de la República Islámica les pasa lo mismo que al astrónomo turco que descubrió el asteroide B 612 en el cuento de “El Principito”.
Cuando ese astrónomo presentó su descubrimiento en un Congreso Mundial, vestido con la indumentaria tradicional de Turquía, NADIE LE HIZO CASO, porque se veía fachoso para los estándares occidentales.
PERO cuando el mismo astrónomo volvió a presentar su descubrimiento en un Congreso celebrado tiempo después, vestido COMO LA GENTE DECENTE, o sea, de saco y corbata, entonces todos le creyeron.
Pasa lo mismo hoy.
Irán debe girar la orden de aprehensión contra Donald Trump por el delito de homicidio doloso en agravio de Soleimani.
De esta manera, daría al mundo una imagen de seriedad institucional y de credibilidad jurídica.
La sorpresa sería tan grande como impactante.
Dejaría ver lo ONUTIL que es la famosa ONU y la Corte Penal Internacional, pero por otro lado, INTERPOL no podría negarse válidamente a emitir la ficha roja contra Trump solicitada por Irán en su calidad de miembro del organismo penal.
Algo parecido le pasó al Primer Ministro Ariel Sharon de Israel, que no pudo viajar a Bélgica por existir en su contra una ficha roja de INTERPOL hace algún tiempo por su responsabilidad en las masacres de palestinos en Sabrah y Shatila.
Una ficha roja de INTERPOL podría hacer que Trump perdiera su ambicionada reelección.
Ese solo resultado, sería algo muy de agradecérsele a la República Islámica.
Además, el líder supremo de los Chiitas iraníes, Ali Kamanei, es casi casi mexicano, porque tiene un pariente chipocludo que todos conocemos en Mexicalpan de las Tunas, y es nada menos que su primo, JUAN KAMANEI.
La ONU, como ya lo he dicho, es totalmente ONUTIL, pero INTERPOL no puede negarse a obedecer la orden de aprehensión emitida por un país miembro, como lo es la República Islámica de Irán.
Ya sabemos que it is all about money, pero algunos temas de Derecho Internacional como el de INTERPOL y la ficha roja, son dignos de tenerse en cuenta.
Difícilmente veremos a Trump con un overall de recluso haciendo juego con su maquillaje facial, la FICHA ROJA puede darle a los demócratas la posibilidad de sacar de la Casa Blanca al anciano pervertido.
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- ONUTIL. Sinónimo de inútil. Se aplica a todas las disposiciones contenidas en la Carta de las Naciones Unidas que no se aplican nunca, excepto en los casos en que Estados Unidos lo quiere.
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