“La Impunidad permite la corrupción gracias a la discrecionalidad y simulación de la indebida aplicación de las Leyes y Reglamentos.” ERCR
Me parece que la impunidad como Eduardo Galeano la define “premia el delito, induce a su repetición y le hace propaganda: estimula al delincuente y contagia su ejemplo” genera muchos males.
A mi entender, la impunidad es generada básicamente por la discrecionalidad y simulación en la indebida aplicación de las leyes y reglamentos en el sistema judicial que padecemos. Es el resultado de las interacciones entre esos elementos que se traduce en una corrupción generalizada: pequeña —conocida como una simple mordida— o gigante y desmedida como los escándalos ahora conocidos, en donde los ex gobernadores se coronan como grandes campeones.
Es necesario reconocer que poco a poco —muy poco a poco— nuestro Sistema Judicial quiere reformarse, vamos mejorar. Allí está la iniciativa de las leyes del denominado Sistema Nacional Anticorrupción que fluye a cuenta gotas; los juicios orales que todavía dejan mucho que desear en donde mis amigos abogados comentan que son deficientes por la falta de capacitación de los ministerios públicos, jueces y empleados. Quienes hemos tenido asuntos en los juzgados federales nos consta el gran cúmulo de asuntos retrasados. Expedientes por doquier; vamos literalmente esperan su trámite y resolución en el piso en dónde sólo un zorro puede encontrar un expediente.
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Por ello le corresponde al H. Congreso de la Unión para que apruebe leyes y reglamentos que den certidumbre al proceso de transformación que requiere el país pero con tantas promesas incumplidas, es difícil creerles: Qué no se iban a recibir una iniciativa de Ley para reducir el número de Diputados en el Congreso de la Unión y así reducir el gasto monumental del poder Legislativo y hacerlo más eficiente. Digo, es sólo un ejemplo.
Lo anterior se hace patente en el caso de la incipiente Industria del Juego que no tiene una Ley que la regule. En particular la actividad hípica del Hipódromo de las Américas en la que la permisionaria —ahora CODERE asociada con CIE de Alejandro Soberón Kuri operan sin éxito para el gremio hípico— y en su permiso se condiciona y exige el desarrollo y crecimiento de las carreras de caballos, lo que quedó en una promesa. Un sueño. Ahora una pesadilla por su futuro incierto.
En el gobierno de Vicente Fox, Santiago Creel convence a su jefe para que se emita un Reglamento con la pretensión de regular los asuntos relativos a la Ley Federal de Juegos y Sorteos pero cuyo finalidad fue realmente dotar de cierta regulación para otorgar permisos discrecionalmente para el funcionamiento de casas de juego. A la postre se repartieron más de 500 permisos para este tipo de negocios que acabaron siendo “Casinos Tolerados”. En estos centros de apuesta se puede jugar Ruleta; Black Jack, etcétera y hoy día no existe, como he dicho, una Ley que los regule: la discrecionalidad —otra vez— está en su apogeo.
Dado a que en ese entonces, los juego permitidos por la Ley estaban por demás superados en toda la obsoleta reglamentación, en el caso del Hipódromo de las Américas se le dio la vuelta a esta limitante administrativa, derogando a la autoridad hípica vigente creada en 1974 por decreto, hecho que justificaba aparentemente la expedición de un nuevo reglamento y que por supuesto supieron capotear de las controversias constitucionales de la que fue objeto a principios de este sexenio.
Resulta innegable que la omisión de la autoridad administrativa para expedir reglas de carácter general a través de reglamentos cuyo fin sea impulsar una actividad económica que goza del otorgamiento de concesiones especiales en bienes del patrimonio inmobiliario nacional vulnera y restringe la soberanía de Estado al inhibir, con dicha omisión, el desarrollo de dicha actividad.
Al final de cuentas, todo el gremio hípico ve hoy —con sorpresa e indignación— que no existe una solo artículo del Reglamento de la Ley de Juegos que regule el desarrollo de las carreras de caballos con apuesta —y a sus participantes— y así la simulación hizo de las suyas. El Reglamento crea la figura de “Órganos Técnicos de Consulta” y para lo cual dice la misma Secretaria de Gobernación y cito textualmente “no están facultados para realizar ninguna función de control, vigilancia o sanción para ninguno de los participantes que intervienen en las carreras de caballos que se celebran dentro del Hipódromo de las Américas “.
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Así pues resulta que al final del camino —como están las cosas— el propietario de un caballo de carreras Pura Sangre que solo puede competir en el Hipódromo de las Américas pues el permisionario tiene el monopolio de estas carreras en el país se ve obligado a competir en un escenario carente de un reglamentación oficial y es por eso que cada vez hay menos propietarios.
En el juicio que promovimos para que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa —la Sexta Sala Regional Metropolitana— invalidara las funciones de la asociación civil que regula y vigila la actividad hípica en la planta hípica, estima que por “presentar argumentos inoperantes por insuficientes” no nos concede la razón, cuando en el cuerpo de la sentencia ni siquiera toman en cuenta los alegatos que presentamos. En las siguiente liga se pueden leer la sentencia.
Buscaremos un amparo pues no estamos satisfechos con dicha resolución. Sigo sosteniendo que la Impunidad permite la corrupción gracias a la discrecionalidad y simulación de la indebida aplicación de las Leyes y Reglamentos.
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