Así podrás seguir cotizando en el IMSS si perdiste tu trabajo

Las tasas de desocupación en México se incrementaron a partir de la emergencia sanitaria por Covid-19. Muchos trabajadores perdieron la oportunidad de seguir cotizando en el IMSS; sin embargo, es posible darse de alta de forma independiente....

2 de septiembre, 2020

Las tasas de desocupación en México se incrementaron a partir de la emergencia sanitaria por Covid-19.

  • Muchos trabajadores perdieron la oportunidad de seguir cotizando en el IMSS; sin embargo, es posible darse de alta de forma independiente.
  • Seguir cotizando tiene múltiples beneficios, como el acumular las semanas requeridas, la edad, o los fondos suficientes para obtener una pensión.

Debido a la pandemia, las tasas de desocupación en México registraron cifras mucho mayores a las de años anteriores.

Tan solo en julio, la Encuesta Telefónica de Ocupación y Empleo, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), reportó que la tasa de desocupación pasó del 4.2% de mayo al 5.5% en junio, lo que representa un total de 2.8 millones de personas, un dato mayor al mismo mes del año pasado, cuando la tasa era del 3.6%.

Este escenario de crisis laboral, causado en gran parte por las medidas de contingencia por el Covid-19, ha provocado que un gran número de personas hayan perdido beneficios, como la oportunidad de seguir aportando en sus cuotas para obtener una pensión por ejemplo.

Afortunadamente, seguir cotizando en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y contar con los múltiples beneficios, a pesar de quedarse sin empleo, es posible y lo mejor, es un trámite que se puede hacer en línea.

¿Para qué quiero seguir cotizando en el IMSS?

Inscribirse en la continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio del Seguro Social es para aquellos trabajadores que hayan sido dados de baja por sus patrones y que deseen seguir cotizando para acumular semanas requeridas, la edad, o los fondos suficientes para obtener una pensión.

Este es un esquema muy recurrido entre aquellos trabajadores que están próximos a cumplir su plazo para pensionarse y fueron separados de su empleo.

Además, con una buena planeación financiera, el asegurado podría realizar aportaciones de mayor monto y así incrementar las posibilidades de una mejor pensión.

De acuerdo con el artículo 218 de la Ley del Seguro Social , la continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio únicamente aplicará al trabajador que al ser dado de baja: tenga un acumulado de 52 semanas de cotización en ese régimen y que efectúe solicitud escrita dentro del plazo de cinco años a partir de la fecha de baja.

Realiza tu trámite en línea y sigue cotizando en el IMSS

Para seguir cotizando en el IMSS a pesar de haber sido dado de baja por tu patrón, puedes inscribirte en la continuación voluntaria en el Régimen Obligatorio realizando un trámite que se puede hacer vía internet.

Para inscribirte debes tener a la mano los siguientes documentos:

  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Correo electrónico.
  • Alta presencial

Adicional a esto, deberás preparar un escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio; el documento deberá estar firmado y con una huella digital.

También necesitarás:

  • Documento que contenga el Número de Seguridad Social (NSS).
  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de domicilio.
  • Recibo de pago de la cuota obrero patronal correspondiente, el cuál deberás presentar una vez que se te informe que tu solicitud ha sido aprobada.

El solicitante deberá llenar la “Solicitud de Inscripción a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio C.V.R.O.01” y “Aviso de Inscripción del Trabajador AFIL-02

Para el trámite presencial en una de las subdelegaciones del IMSS se requieren los mismos documentos en original y copia.

¿Cuánto se debe pagar para seguir cotizando voluntariamente en el IMSS?

De acuerdo con el sitio del IMSS, los trabajadores deberán inscribirse con el último salario base de cotización que tengan registrado al momento de la baja o uno superior a elegir con un máximo de 25 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que este año equivale a 86.88 pesos, según lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Seguro Social.

La cuota que pagan las personas bajo esta modalidad es de 10.075% del salario bajo el cual cotiza.

Recuerda que la continuación voluntaria termina en el momento en que deje de pagar las cuotas durante dos meses o que vuelva a ser dado de alta.

Fuente: Business Insider Mexico

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