Nuevos partidos políticos

Ante la noticia del trabajo realizado por la Comisión de Prerrogativas del Instituto Nacional Electoral sobre el posible registro de tres nuevos Partidos Políticos, resulta necesario analizar el tema, ya que si bien es cierto, la legislación...

9 de julio, 2014

Ante la noticia del trabajo realizado por la Comisión de Prerrogativas del Instituto Nacional Electoral sobre el posible registro de tres nuevos Partidos Políticos, resulta necesario analizar el tema, ya que si bien es cierto, la legislación electoral lo contempla, es oportuno saber la tramitación que se lleva a cabo para este fin, por ello, a continuación se hace referencia a lo estipulado en el artículo 28 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales:

  1. En el mes de enero del año siguiente a la elección presidencial, la organización interesada deberá notificar al INE su propósito de constituirse como Partido Político.
  2. Deberá informar mensualmente al INE sobre los el origen y destino de los recursos que obtenga para sus actividades.
  3. Celebrar por lo menos 20 asambleas estatales o 200 asambleas distritales, siempre ante la presencia de un funcionario designado por el Instituto.
  4. El número de afiliados que deben concurrir a las asambleas estatales es de 3,000 personas y para las asambleas distritales de 300 personas.
  5. Los afiliados asistentes deberán aprobar la declaración de principios, el programa de acción y los estatutos, así como firmar su manifestación formal de afiliación que deberá contener nombre completo, domicilio y la clave de la credencial para votar.
  6. Celebrar una Asamblea Nacional a la que deberán acudir los delegados propietarios o suplentes elegidos en las Asambleas estatales o distritales, en la cual se aprobarán sus documentos básicos y se certificará la lista de afiliados.
  7. Una vez realizados los protocolos necesarios, en el mes de enero del año anterior a la elección, las organizaciones políticas deberán presentar su solicitud de registro al INE anexando sus documentos básicos, las listas de afiliados por entidades o por distritos electorales y las actas de asambleas celebradas para su constitución.
  8. El Consejo General integrará una Comisión de tres Consejeros electorales para el estudio de los documentos presentados, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos y del procedimiento de constitución, y elaborar un proyecto de dictamen de registro.
  9. El Consejo General, con base en el proyecto de dictamen de la Comisión, resolverá si otorga o no el registro de Partido Político Nacional.

Por tal motivo, la Comisión de Prerrogativas del INE, aprobó el día lunes los dictámenes para otorgar el registro a tres nuevos partidos políticos, los cuales cuentan con Estatutos, principios, programa de trabajo y con plena alineación a los principios constitucionales; además, realizaron el debido cruce del registro nacional de miembros (padrones) para evitar duplicidades, corroboraron el número de afiliados, y elaboraron las auditorías sobre el origen y destino de los recursos para su financiamiento.

El 9 de julio, el Consejo General, en sesión extraordinaria, que celebrará a las 17 hrs, analizará y discutirá sobre el otorgamiento del registro como Partido Político Nacional a las tres agrupaciones políticas.

En caso de otorgarles el registro, contarán a partir del 1 de agosto con todos los derechos y obligaciones de los Partidos con registro hasta la fecha existentes. Tendrán derecho a representante ante el Consejo; prerrogativas en radio y televisión; así como un presupuesto anual, señaló el Consejero Alfredo Ríos Camarena.

Dentro de las obligaciones que tendrán los nuevos Partidos Políticos, será conservar el porcentaje de votación nacional efectiva emitida del 3%, como lo contempla la normatividad electoral.

El presupuesto anual destinado para el financiamiento público y el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes y actividades específicas de los partidos políticos nacionales, se dividirá ya no en los 7 partidos hasta el día de hoy existentes, sino que se dividirá en 10, de la siguiente manera:

  • 30% de forma igualitaria y el 70% restante según el porcentaje de votación nacional emitida para cada Partido Político representado en el Congreso de la Unión en la elección de Diputados de mayoría relativa inmediata anterior.
  • El presupuesto será ministrado de forma mensual, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, excepto la mensualidad de enero, que será entregada a más tardar cinco días hábiles posteriores a la aprobación del presupuesto por el Consejo General.

El financiamiento público 2014 para cada Partido Político se distribuyó de la siguiente manera:

Los tres nuevos partidos políticos serían:

Fuente:

Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, 2014.

Instituto Nacional Electoral. 2014.

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