El primero de septiembre inicia el periodo ordinario legislativo de los diputados y senadores, y por tanto disponen de la discusión y aprobación de diversas iniciativas que no fueron oportunamente…
El primero de septiembre inicia el periodo ordinario legislativo de los diputados y senadores, y por tanto disponen de la discusión y aprobación de diversas iniciativas que no fueron oportunamente desahogas durante el periodo ordinario anterior de febrero-abril. En efecto, los temas de las iniciativas son demasiados, tales como la creación de un órgano nacional anticorrupción; el fuero constitucional de legisladores y otros servidores púbicos, la creación de una nueva ley de propaganda gubernamental, la reforma política del Distrito Federal, la reforma del campo, tema que realmente requiere una reforma profunda; y, la eliminación de la figura del arraigo, tema crucial en el respeto cabal de la debida protección de los derechos humanos.
Estos son algunos de los temas que en el próximo periodo de la agenda legislativa, veremos querido lector, con discusiones por parte de los legisladores, muy apasionadas, pero no olvide, que también, veremos la discusión del presupuesto que deberá ejercer el gobierno para el próximo año.
Ahora bien, cabe preguntar: ¿Es suficiente para la discusión y aprobación de las iniciativas tres meses y medio (septiembre-diciembre)? ¿Será necesario otro periodo extraordinario? En todo caso los temas de las iniciativas de ley son de notable prioridad para que los legisladores las aprueben. No obstante, al trabajo de la agenda legislativa que ya tienen marcado como parte de su destino, además, seguramente, el Presidente de la República, o los mismos diputados, senadores y/o diputados de los estados, ejercerán su derecho a iniciar otras iniciativas de ley. Con ello, entonces, el periodo de septiembre-diciembre, seguro que no les será suficiente para discutir todas las iniciativas.
Así es la carga legislativa de los legisladores, pero, imagínese usted querido lector, que cada ciudadano de este país también tuviera el derecho a iniciar leyes y presentarlas ante los diputados y senadores. Bueno, la verdad, es que usted ya tiene ese derecho. Si, ya no se lo imagine, ahora es verdad constitucional. La fracción VII del artículo constitucional fue reformada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de este año, para que el ciudadano tenga el derecho de iniciar leyes.
Estimado ciudadano somos 80 millones, 161 ciento sesenta y un mil, 635 seiscientos treinta y cinco ciudadanos que disponen de una credencial de elector, con base al lista nominal del Instituto Nacional Electoral (INE), actualizada al 8 de agosto, y para que no digan que no trabajan los legisladores, entonces, no sea malo y presente una iniciativa de ley…
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