Algo de Educación: Educación para el bienestar. Contenido: Gestión Escolar. 14ª. Parte.

En definitiva, ya es posible que la mayoría parlamentaria, sus aliados, la oposición magisterial y seguramente el grueso de este gremio, esté cantando victoria, por...

27 de mayo, 2019

En definitiva, ya es posible que la mayoría parlamentaria, sus aliados, la oposición magisterial y seguramente el grueso de este gremio, esté cantando victoria, por la aprobación a nivel Constitucional, de la Reforma, a la Reforma Educativa anterior, en donde se espera que una vez que se busquen y encuentren las leyes secundarias al respecto, se presente un panorama más alentador y de estímulos para el grueso del cuerpo de docentes en su historial de desempeño, de ascensos y permanencia en su labor formativa. Aunque en la reforma constitucional ya aparecen situaciones que se darán un tanto diferentes a lo que existía, entre otras la desaparición del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, INEE, el Servicio Profesional Docente, SPD, las evaluaciones punitivas, conservando la rectoría del Estado, con relación a la asignación clara y transparente de la adjudicación de plazas nuevas para docentes, de igual forma un cambio más acorde a lo escalafonario, en relación a los ascensos de la jerarquía administrativa de base, al parecer priorizando lo relacionado con la Educación Básica y como se mencionó arriba, las precisiones para una y otra cosa que componen a esta Reforma, vendrá en las Leyes Secundarias, que reglamentarán y seguramente modificarán algunos aspectos de carácter tradicional que se han venido dando, esperemos que sean en beneficio de los alumnos en general y enseguida para el cuerpo docente, para su mejor y seguro desempeño, sin tener que pagar ciertas cuotas, como en muchos de los casos se utilizó para poder acceder a una plaza. Los plazos, después de la publicación de la Reforma en Diario Oficial de la Federación, al parecer andan con un plazo de alrededor de los 120 días, después de dicho evento.

Sin duda alguna, deberá aparecer una nueva reglamentación relacionada con la GESTIÓN ESCOLAR, donde los directivos y docentes tienen que llevar a cabo acciones relacionadas casi totalmente con los aspectos administrativos y hechos de trámites relacionados con este renglón, descuidando con ello, lo que debe ser la esencia de cualquier centro escolar de cualquier nivel, pero estando dentro del descuido en este aspecto, el nivel de Educación Básica, pues será por cuestión de tradición o de necesidad o falta de presupuesto, que si se parte de las escuelas UNITARIAS (un solo maestro) ubicadas por lo general en zonas rurales o indígenas, misma situación han vivido las escuelas multigrado (maestros atendiendo generalmente grados paralelos) en donde el Director de la escuela, atiende forzosa y necesariamente, todos los grupos en el primer caso y uno o dos y hasta tres grupos en el segundo, por lo que a partir de ese ejemplo o vivencia, se ha venido descargando actividades administrativas y de GESTORÍA ESCOLAR, al director de la escuela, descuidando, como se mencionó, lo relacionado con los aprendizajes o cuestiones académicas.

Lo anterior sigue sucediendo aún en las escuelas de Organización Completa que son aquellas escuelas que cuentan con los 6 grados de primaria, y hasta más grupos paralelos, y un director. En las escuelas Secundarias, los docentes y directivos, no se exentan de las responsabilidades de GESTIÓN ESCOLAR, pues con todo el personal de apoyo con el que cuentan, al final de cuentas son ellos los que tienen que ser los responsables directos de informaciones administrativas y trámites relacionados con casi cualquier asunto escolar, mismos que muchas de las veces, al igual que en las escuelas primarias, esos trámites informativos de la administración escolar, nacen en los grupos de alumnos, situación que cada docente tiene que desahogar con la consabida pérdida de atención directa a los alumnos en general.

Aunque desde administraciones pasadas, se ha venido manejando o declarando sobre los inconvenientes de los excesos de Gestoría del personal docente y directivo, hasta con situaciones de carácter académico de programación extra, tales como concursos o competencias fuera de la cuestión de los contenidos programáticos, entre otras, en donde se puede mencionar los trámites para cubrir conseguir la infraestructura necesaria en las instituciones escolares correspondientes, se sigue cargando al personal existente, sin contar con personal encargado para tal fin, salvo en algunas ocasiones en las escuelas secundarias donde se cuenta con subdirectores, pero por órdenes o costumbre, es el director, el que se enfoca a esa GESTORÍA. Como puede verse, es en las escuelas primarias, donde más se presentan situaciones fuera de lo pedagógico.

Aquí deberá considerarse, algo significativo en las nuevas disposiciones de los desempeños de GESTORÍA ESCOLAR, de la reglamentación que se estará produciendo en el transcurso de unos meses más.

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