Con el inicio de la nueva administración hemos sido testigos de casos controvertidos en materia de obra pública como son el Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) en Texcoco, sustituido por el proyecto de construcción de un “nuevo aeropuerto” en la base militar de Santa Lucía, la Refinería de Dos Bocas en Tabasco y la construcción del Tren Maya en la península de Yucatán. Ante dicho panorama, surge la interrogante sobre cómo se realiza la elección de proyectos a construir y si existe una planeación de la inversión pública en México.
¿Qué establece la ley en materia de planeación?
En materia de planeación, México se rige en primera instancia por los Artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, por la Ley de Planeación y por el Plan Nacional de Desarrollo. Éste último dicta la estrategia que seguirá el gobierno con una visión a corto y mediano plazo, ya que es una proyección a 6 años.
Dentro de la planeación en general, es importante identificar la planeación de la inversión, la cual constituye una guía para la toma de decisiones sobre las inversiones que un gobierno piensa realizar. Para cumplir con este mandato, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es la instancia encargada, por medio de su Unidad de Inversiones (UI), de integrar y administrar la cartera de programas y proyectos de inversión. La UI forma parte del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), el cual es meramente ornamental e inoperante y dista mucho de tener la funcionalidad lograda en otros países.
Las leyes estipulan que los proyectos de inversión deben ser elaborados y sustentados con un análisis costo-beneficio, que presentan las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. En este marco, uno de los principales problemas de la planeación en México consiste en que son las propias dependencias y entidades solicitantes de proyectos de inversión, las mismas que realizan el análisis de costo-beneficio, provocando con ello, algo muy similar a un conflicto de intereses, y que se traduce además, en un ejercicio poco objetivo debido a que la dependencia o entidad interesada en que se lleve a cabo un proyecto de inversión es quien da la primera palabra en torno a su viabilidad.
La secuencia tiene otros problemas ya que la UI sólo revisa si los proyectos de inversión solicitados cumplen en papel con los requisitos establecidos, sin que se lleve a cabo un verdadero análisis con rigor técnico. Finalmente, la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación lleva a cabo una prelación de los proyectos de inversión para ser integrados al PPEF.
¿Qué pasa en el entorno internacional?
Chile se encuentra actualmente a la vanguardia en América Latina en el tema de la planeación y ello lo convierte en un referente obligado. Este país cuenta desde hace ya varios años con un sistema de planeación y gestión de la inversión muy avanzado, reconocido y operante llamado SNI, el cual está constituido por las diversas instituciones, reglas y metodologías que están involucradas en el proceso de la inversión pública, es decir desde la formulación de las ideas, hasta la evaluación ex post, permitiendo el uso eficiente de los recursos públicos.
La autoridad encargada de llevar a cabo la evaluación de proyectos de inversión es la División de Evaluación Social e Inversiones, la cual se encuentra adscrita al Ministerio de Desarrollo Social, es decir, forma parte del Poder Ejecutivo. No obstante, cuenta con plena autonomía para realizar las evaluaciones y desde su formación, ha construido cuidadosamente una tradición de independencia y de solidez técnica en sus análisis y evaluaciones, de modo que a pesar de formar parte del Poder Ejecutivo posee un gran reconocimiento, tanto en el gobierno como ante la opinión pública, como producto de la calidad, objetividad e imparcialidad y transparencia de su labor.
A través de la División de Evaluación Social e Inversiones se analizan y dictaminan todos los proyectos de inversión financiados con más del 50% de recursos federales para verificar su viabilidad. La transparencia que la División maneja por medio del Banco Integrado de Proyectos (BIP)1, permite que la población conozca todos los proyectos de inversión que fueron evaluados; es decir, tanto los autorizados como los rechazados, así como las razones para autorizar y las razones para rechazar tales proyectos. Cabe señalar que, en promedio, la División rechaza alrededor del 60% de los proyectos evaluados, lo cual muestra el rigor técnico aplicado en las evaluaciones.
Con base en todo lo anterior, la reflexión que arroja esta breve comparación de la planeación en Chile frente a la planeación en México es que permite identificar que existe un binomio planeación-discrecionalidad y que éste presenta un patrón muy claro: a mayor planeación, menor discrecionalidad. En este sentido, la pregunta es, ¿cómo fortalecer al SNIP mexicano para que se convierta en un dique a la discrecionalidad y en un faro que indique hacia dónde dirigir la inversión pública de nuestro país?
1. https://bip.ministeriodesarrollosocial.gob.cl/bip2-consulta/app/parent-flow?execution=e1s1
El Capítulo Anticorrupción del T-MEC: entre la legalidad y la ilusión
El 1 de julio de 2020 entró en vigor el Tratado Comercial México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) para sustituir a su...
julio 21, 2020Las respuestas frente a la problemática generada por la COVID-19 deben ser libres de corrupción e inclusivas
Diversos capítulos de la historia han mostrado que los problemas económicos, sociales, de seguridad o salud, se acentúan en...
julio 14, 2020El Presupuesto de Gastos Fiscales: un instrumento fiscal de relevancia, aunque con poca visibilidad
Para entender al Presupuesto de Gastos Fiscales se requiere empezar por discutir qué son los gastos fiscales y por...
julio 7, 2020Índice de Transparencia en la Ayuda 2020
En el contexto de la pandemia originada por el Covid-19, billones de dólares han sido desembolsados por organismos internacionales,...
junio 30, 2020