IEPS a los refrescos

Hace unos días los legisladores del PRD [1] propusieron un aumento de uno a dos pesos por litro [2] en el Impuesto Especial sobre Producción...

27 de julio, 2016

Hace unos días los legisladores del PRD[1] propusieron un aumento de uno a dos pesos por litro [2] en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a las bebidas azucaradas. Sin embargo, esta iniciativa ha propiciado un debate ya que los resultados de diversos estudios en la materia se contraponen. Es por ello, que el día de hoy nos daremos a la tarea de analizar el funcionamiento de este impuesto.

Reforma Fiscal 2014[3]

La historia de este impuesto comienza con la Reforma Fiscal 2014. Lo que motivó su implementación fue el problema de salud pública asociado al sobrepeso y la obesidad. Se estimaba que para 2012 cada persona consumía un poco más de 1 lata de refresco al día, lo que no contribuía a la corpulencia de los 7 de cada 10 adultos y 1 de cada 3 niños que padecían algún problema de peso.[4] Con esto en mente se esgrimieron principalmente dos argumentos:

  1. La obesidad costaba 67,000 mdp en 2008 y costaría 101,000 mdp para 2017 de seguir así.
  2. Las bebidas azucaradas representaban el 70% de los azúcares que consumen los mexicanos.

Es por ello que se consideró adecuado establecer este impuesto como una forma para atender los costos que genera el problema y para desincentivar el consumo.

Efectividad del impuesto

Al día de hoy se han realizado cuatro estudios formales sobre la efectividad de este impuesto.[5] Sin embargo, los resultados son ambiguos, y en algunos casos, la objetividad de los mismos es cuestionable.

Por un lado, se tiene el estudio elaborado por el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) que es el único que muestra resultados positivos derivados del impuesto. Según sus estimaciones el consumo decreció 6% en todas las clases sociales, especialmente en aquellas con menor poder económico con un decrecimiento promedio de 9%. Además, sugieren que hubo un efecto de sustitución en los patrones de consumo ya que la venta de bebidas no gravadas aumento 4% impulsado principalmente por la venta de botellas de agua.[6] Cabe destacar que este es el único estudio publicado en una revista científica internacional, lo que significa que ha pasado por un consejo técnico de revisión.

Los otros tres estudios han sido elaborados por el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM[7]), la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL[8]) y el Colegio de México (COLMEX[9]). Si bien en dos de ellos coinciden que aunque el consumo de bebidas sujetas al impuesto ha disminuido (ITAM~7%; UANL~3%) esto no refleja necesariamente una merma en el consumo de calorías de los individuos (ITAM~1%; UANL~0.21%). Asimismo, los tres destacan efectos del impuesto poco deseables. Por ejemplo, el estudio del ITAM señala que la reducción se presenta con mayor frecuencia en individuos que de por sí no sufrían problemas de peso; mientras que, el COLMEX y la UANL concurren en que el gravamen afecta mayormente a los pobres lo cuales no cambiaron sus patrones de consumo lo que ocasionó que los refrescos representen una mayor proporción de su gasto. Es importante decir que estos deducciones resultan favorables a industria refresquera lo que fomenta que sean usados en su defensa contra el impuesto.[10]

Finalmente, en cuanto al diseño del impuesto la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente señaló que los avances de las ciencias químicas podrían ocasionar que se encuentren sustitutos que no sean objeto del gravamen, sin que esto necesariamente signifique alimentos más sanos.[11]

Los recursos recaudados

Al día de hoy (sin contar lo que ha ingresado en 2016) se tiene contabilizado que han ingresado casi 40,000 mdp, sin embargo no se conoce el destino de los mismos al no estar etiquetados los recursos provenientes de este gravamen.[12]

Gráfica. Recaudación por bebidas saborizadas (mdp)

[[{“fid”:”8449″,”view_mode”:”default”,”fields”:{“format”:”default”,”field_file_image_alt_text[und][0][value]”:””,”field_file_image_title_text[und][0][value]”:””},”type”:”media”,”attributes”:{“alt”:”captura_de_pantalla_2016-07-27_12.55.53.png”,”title”:”captura_de_pantalla_2016-07-27_12.55.53.png”,”class”:”image-style-none media-element file-default”},”link_text”:null}]]
Fuente: elaboración propia con base en SHCP[13] y DOF[14]
Nota: Se consideró la inflación estimada de los Precriterios de Política Económica 2016 para actualizar datos

Tal es el desconocimiento de los recursos, que incluso el pasado jueves 21 de julio, los legisladores[15] solicitaron se auditen los recursos de este impuesto y del presupuesto ejercido para supuestamente construir 40 mil bebederos en las escuelas que ayudarían a aliviar el problema, de los cuales solamente se tenían instalados para 2015 poco más de 5 mil.[16]

Conclusión

Por un lado, independientemente de la objetividad de los estudios mencionados, es importante reflexionar si los indicadores que se utilizan para medir el efecto del impuesto son los adecuados. La medición se ha enfocado en contabilizar la reducción del consumo y de las calorías, olvidando que el objetivo del impuesto era disminuir la incidencia de problemas de salud pública relativos a su consumo (diabetes, hipertensión arterial, enfermedades coronarias y vasculares, entre otras); por lo tanto, sería importante medir el efecto de este impuesto en indicadores biométricos y de salud pública.

Por otro, es claro que la medida impositiva no es la única forma de combatir la obesidad y sobrepeso. Más allá de debatir la necesidad de aumentar o no la tarifa, las autoridades deberían enfocarse en lo importante: la prevención y educación. A largo plazo, resultaría una inversión mucho más eficiente y barata cambiar los hábitos de consumo de las personas por unos más saludables que enfrascarse en la discusión de medidas cuya eficiencia y recursos son desconocidos.


[1] Armando Ríos Piter, Martha Tagle Martínez, Mario Delgado Carrillo y Zoé Robledo Aburto.

[6]Colchero M Arantxa, et al., Beverages purchases from stores in Mexico under the excise tax on sugar sweetened beverages: observational study, The British Medical Journal, 2015. Disponible en  http://www.bmj.com/content/352/bmj.h6704

[7]Aguilar Arturo, Gutiérrez E., Seira E., Taxing calories in Mexico, Centro de Investigación Económica, Instituto Tecnológico Autónomo de México, 2015 disponible en http://cie.itam.mx/sites/default/files/cie/15-04.pdf

[8] Chapa C. Joana, Flores D., Zúñiga L. ,La industria de las bebidas no alcohólicas en México, Centro de Investigaciones Económicas, Universidad Autónoma de Nuevo León, 2015. Disponible en http://www.economia.uanl.mx/centro-de-investigaciones-economicas/consultori-a.html

[9] Caldino Eneas, Minor E., Romero C., Efectos de la política de impuestos especiales a bebidas saborizadas, Centro de Estudios Económicos, El Colegio de México, 2015. Disponible en http://difusion.colmex.mx/images/PDF/refrescos2.pdf

[11] Prodecon, Impuesto a Bebidas Saborizadas con Azúcares Añadidas y Alimentos con Alta Densidad Calórica. Disponible en http://www.prodecon.gob.mx/index.php/home/p/analisis-sistemicos-y-estudios-normativos/sub-menu-analisis-sistemicos/estudios-tecnicos/ieps-bebidas-azucaradas-y-comida-chatarra

[12] El Economista, Falta transparentar ingresos por el IEPS. Disponible en http://eleconomista.com.mx/finanzas-publicas/2015/05/20/falta-transparentar-ingresos-ieps

[14] De acuerdo al Diario Oficial de la Federación. Disponible en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5415876&fecha=18/11/2015

[15] Armando Ríos Piter (PRD), Zoe Robledo (PRD) y Mario Delgado (los mismos impulsores de la reforma excepto por Martha Tagle-senadora independiente)

[16] El Universal, Piden auditar los recursos del impuesto a refrescos. Disponible en http://www.eluniversal.com.mx/articulo/cartera/finanzas/2016/07/21/piden-auditar-los-recursos-del-impuesto-refrescos

Comentarios






Más de categoría

El Capítulo Anticorrupción del T-MEC: entre la legalidad y la ilusión

El 1 de julio de 2020 entró en vigor el Tratado Comercial México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) para sustituir a su...

julio 21, 2020

Las respuestas frente a la problemática generada por la COVID-19 deben ser libres de corrupción e inclusivas

Diversos capítulos de la historia han mostrado que los problemas económicos, sociales, de seguridad o salud, se acentúan en...

julio 14, 2020

El Presupuesto de Gastos Fiscales: un instrumento fiscal de relevancia, aunque con poca visibilidad

Para entender al Presupuesto de Gastos Fiscales se requiere empezar por discutir qué son los gastos fiscales y por...

julio 7, 2020

Índice de Transparencia en la Ayuda 2020

En el contexto de la pandemia originada por el Covid-19, billones de dólares han sido desembolsados por organismos internacionales,...

junio 30, 2020