El pasado martes 30 de abril el Ejecutivo entregó el Plan Nacional de Desarrollo (PND) a la Cámara de Diputados. A diferencia de ocasiones pasadas, por primera vez la Cámara tendrá la facultad para analizar y aprobar el Plan, dentro de un plazo de dos meses, tal y como lo estipula la Ley de Planeación.
Mucho se ha hablado de las dos versiones que fueron publicadas de este Plan, una versión breve con un corte discursivo y otra ampliada de carácter técnico. Al analizar ambos componentes, se puede observar una falta de correspondencia entre lo planteado en el discurso, con lo detallado en el apartado técnico, respecto a la política anticorrupción de este sexenio. Inclusive hay una disociación entre lo plasmado en esos documentos y lo que está haciendo este gobierno en la práctica.
La disociación en materia anticorrupción del PND
Gran parte de la versión discursiva del PND descansa en la visión de combate a la corrupción de la llamada 4T, partiendo de la premisa de que el régimen neoliberal toleraba implícitamente la corrupción, pues una pequeña élite político-empresarial se adueñó de las instituciones, sacó provecho económico de ellas y se perpetuó en las mismas mediante sucesivos fraudes electorales.
Llama la atención la propia definición de corrupción que presenta este documento: “es la forma más extrema de la privatización, es decir, la transferencia de bienes y recursos públicos a particulares”. Incluso ancla la mayoría de nuestros males y pesares como país en este problema, al señalar que “las prácticas corruptas […] dañaron severamente la capacidad de las instituciones para desempeñar sus tareas legales”.
Podemos coincidir en algunos puntos de los anteriores, pero sorprende que en las soluciones que se enuncian para combatir este mal, no haya propuestas novedosas, y mucho menos que lo que se propone no coincida con lo que está haciendo este gobierno en la práctica.
Algunas soluciones generales que se enuncian son tipificar la corrupción como delito grave, lo cual ya ha logrado este gobierno, pero puede politizar los casos de corrupción. Asimismo, se establece que se prohibirán las adjudicaciones directas, cuando en lo que va de 2019, 74% de los contratos realizados por este gobierno se han hecho bajo este mecanismo (según estudio de MCCI).
Se habla de establecer la obligatoriedad de las declaraciones patrimonial, fiscal y de intereses de todos los servidores públicos, cuando esto ya lo había ordenado la LGRA desde 2016 y no se ha implementado por haber considerado este gobierno que los formatos eran “excesivos”.
Respecto a la eliminación del fuero de los altos funcionarios, se trata de un tema que sigue a debate, y lo ven más como un tema para promocionarse políticamente, que para fortalecer la división de poderes. Qué decir sobre la idea de monitorear en línea y en tiempo real el dinero para adquisiciones, cuando ya se ha evidenciado que el gobierno ha entregado cinco contratos por 16.7 millones de pesos a empresas fantasma (MCCI) y no se siente nada cómodo con la autonomía del INAI.
Los objetivos y estrategias anticorrupción del PND
Contrastando con la parte discursiva, la visión del combate a la corrupción plasmada en la parte técnica del PND pone mayor énfasis en atender espacios y procesos que generan discrecionalidad y promover una mejor ética pública.
En este sentido, algunas de las estrategias delineadas en el PND podrían generar un impacto importante. Algunos ejemplos de éstas son la profesionalización del servicio civil, el compromiso con implementar la Política Nacional Anticorrupción y hacer uso de la Plataforma Digital del SNA con fines de inteligencia, prevención e identificación de riesgos.
Sin embargo, a pesar de plantear un combate contra la gran corrupción, las métricas del PND solamente miden el impacto sobre la pequeña corrupción. Analizando los indicadores planteados, podemos observar que se concentran en medir el impacto que se tenga sobre la “corrupción de ventanilla”. Por ejemplo, se busca reducir en un 47% la tasa de víctimas de corrupción en trámites gubernamentales para el año 2024.
Si bien el objetivo puede ser factible, el indicador no es de mayor utilidad para medir el impacto en casos multimillonarios de corrupción como la Estafa Maestra u Odebrecht, por nombrar algunos. Para ello se pudieron plantear otros indicadores que midan la efectividad de cuestiones como la recuperación de activos o la eficacia de la procuración e impartición de justicia1.
Comparación del PND de AMLO con los dos sexenios anteriores
Si comparamos el PND presentado por AMLO, con los de Peña Nieto y Felipe Calderón, vemos que en los tres, una gran parte de su contenido es retórico, con datos duros insuficientes que sustenten los diagnósticos y objetivos de política pública, de acuerdo con los ejes rectores de cada PND. De ahí que en cierto modo, el PND de AMLO repite ese error de diseño, si bien de los tres es el que carece de mayor rigor analítico.
De igual forma, hay ciertos indicadores que no son los adecuados para medir el avance en la gestión de las estrategias derivadas de los objetivos, de manera que la sociedad pueda verificar el éxito en la implementación de las acciones de gobierno. En este sentido, aunque el PND tiene su base legal en la Ley de Planeación, no pasa de ser un ejercicio de retórica y de buenas intenciones, algo que ha ocurrido tanto en sexenios anteriores, como en el PND presentado por AMLO.
Ejemplos: Porcentaje de denuncias de delitos de corrupción que llegaron a sentencia favorable (Materia penal), Porcentaje de denuncias que llegaron a una resolución por parte de SFP/TJA (Materia administrativa). Inspirados en indicadores de SHCP 2017 (link)
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