El impacto del Presupuesto en el Sistema Nacional Anticorrupción

En mayo de 2015, fue promulgada la reforma constitucional que le dio vida al Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).

1 de septiembre, 2016

En mayo de 2015, fue promulgada la reforma constitucional que le dio vida al Sistema Nacional Anticorrupción (SNA). Posteriormente, el 18 de julio del 2016 se aprobaron las leyes secundarias de dicho Sistema. No obstante, para que las leyes no se conviertan en letra muerta, es necesario que al SNA se le asignen los recursos necesarios para su operación. Es por ello que hoy, a una semana de que se presente el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2017 (PPEF 2017), nos daremos a la tarea de analizar cuál ha sido el presupuesto destinado al combate a la corrupción y qué otras acciones se requieren para monitorear su correcta implementación.

¿Quiénes ejercen recursos para el combate a la corrupción?

De acuerdo con las nuevas leyes secundarias aprobadas por el Congreso, hay dos grupos institucionales: 1) las que antes combatían la corrupción y hoy tienen nuevas atribuciones, y 2) las instituciones de nueva creación.

A continuación se presentan algunas de las instituciones que ya tenían funciones relacionadas con el combate a la corrupción, así como sus nuevas atribuciones.[1]

  • Auditoría Superior de la Federación (ASF): Una de las nuevas y principales atribuciones de la ASF es poder fiscalizar en tiempo real a las entidades y cuya información se verá reflejada en informes individuales. No sólo eso, ahora, además del reporte que la Auditoría presenta 14 meses después del cierre de un ejercicio fiscal (en febrero), también deberá publicar con antelación dos reportes semestrales en mayo y noviembre con los datos disponibles hasta esas fechas.
  • Secretaría de la Función Pública (SFP): Además de prevenir e investigar faltas administrativas no graves, también coordinará mejor a los órganos internos, contralorías y demás instituciones internas, con el fin de promover programas preventivos. Aunado a esto, atenderá quejas que presenten los particulares con motivo de convenios o contratos que hayan sido celebrados con la administración pública.
  • Órganos Internos de Control (OIC): muchas de las funciones de la SFP las hace a través de los OIC, principalmente las fiscalizadoras.
  • Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA): imponer las sanciones a funcionarios y particulares que incurran en faltas administrativas graves (a partir del SNA el Tribunal contará con una tercera sección para ello con salas especiales distribuidas a lo largo de República con el fin de abarcar a todas las entidades).
  • Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción (FECC): encargada de investigar los delitos en materia de corrupción catalogados ahora en el Código Penal Federal. Su gestión será autónoma de la Procuraduría General de la República (PGR).
  • Consejo de la Judicatura Federal (CJF): adquiere la responsabilidad de investigar y sancionar los casos de corrupción cometidos por los servidores públicos del poder judicial, en conjunto con la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

¿Cuáles son los problemas presupuestarios con respecto al SNA? [2]

Un análisis de Ethos encontró que actualmente hay ciertos problemas con respecto al presupuesto que se le asigna a las instituciones que combaten la corrupción:

            No es posible evaluar la eficacia del Sistema

Las normatividades establecen que cualquier Programa Presupuestario con los que cuenta la SHCP está sujeto a objetivos, metas e indicadores de desempeño que permiten conocer la eficiencia del mismo. Sin embargo, el combate a la corrupción no cuenta con un programa como tal, lo que dificulta el monitoreo de la eficiencia de dicho presupuesto.

Es así que ni siquiera es posible saber cuánto gasta el Gobierno Federal en el combate de estas prácticas. A pesar de las dificultades, en Ethos se hizo un estimado del monto aprobado para combatir la corrupción en el PEF 2016, resultando en un aproximado de 63,067 millones de pesos. En la siguiente gráfica se muestra el porcentaje por dependencia:

Gráfica. Distribución del presupuesto al combate a la corrupción

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Fuente: elaboración propia con base en el PEF 2016.

Como se puede observar, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) es la institución que más recursos tiene. No obstante, la estimación debe tomarse con cautela dado que no es posible identificar la totalidad de instituciones que se dedican a la prevención, persecución y castigo de actos de corrupción. Además, no puede saberse con precisión qué proporción del presupuesto de cada dependencia se destina exclusivamente a esta función.

 

            No hay visibilidad de los ejecutores del gasto anticorrupción

Actualmente hay ciertos temas que son relevantes para el país y, en consecuencia, hay anexos dentro del PEF que detallan quién y en qué se gastan los recursos (por ejemplo, el anexo para mitigar los efectos del cambio climático, para la equidad de género, para la prevención de la violencia, entre otros). No obstante, el tema del combate a la corrupción no cuenta con un anexo de este tipo, lo que dificulta la rendición de cuentas.

Conclusión

Es por los problemas mencionados anteriormente que Ethos propone tres líneas de acción, a saber:

  1. Impulsar la implementación del Sistema Nacional Anticorrupción al promover una asignación presupuestaria que corresponda con las nuevas atribuciones de las dependencias y precisar los tiempos de asignación y el origen de los recursos para las nuevas instituciones.
  2. Garantizar un monitoreo efectivo del gasto anticorrupción mediante la creación de un Programa Presupuestario que permita generar objetivos, metas e indicadores de resultados del combate a la corrupción.
  3. Dar mayor transparencia y visibilidad a los recursos destinados al combate a la corrupción a través de un Anexo Transversal dentro del Presupuesto de Egresos.

Estas tres recomendaciones abonarán a unas finanzas públicas más sanas y transparentes, que llevarán a tener un Sistema Nacional Anticorrupción que verdaderamente funcione.


[1] Con base en las siete leyes publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio del 2016 disponibles en http://dof.gob.mx/index.php?year=2016&month=07&day=18

[2] La siguiente sección se elaboró a través de un análisis propio de la información disponible en el PEF 2016 que se puede consultar en el siguiente enlace http://www.pef.hacienda.gob.mx/

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