Una defensa no utilitaria del cuidado de ancianos

Es común que se presente a la vejez como una etapa de sabiduría.

19 de diciembre, 2016

Es común que se presente a la vejez como una etapa de sabiduría. Aunque es difícil definir ese concepto, la propuesta es que el mismo puede ser una descripción operacional (1): la sabiduría sería el modo de conducirse éticamente en la vida, en donde se logra un equilibrio entre decisiones precipitadas y la inacción. Así entendida, se concibe, popularmente al menos, que se consulta al de mayor edad porque puede resolver mejor esas cuestiones de vida. En ese sentido se supone podría dar un mejor consejo matrimonial, o de dinero entre otras cosas.

 

En realidad, detrás de esa descripción se esconde, a mi modo de ver una visión utilitaria. Expresada en un argumento podría quedar así:

  1. Si y solo si las acciones hechas producen o conducen a una consecuencia benéfica a alguien son las que deben ser dignas de respeto.
  1. Algunos ancianos realizan acciones que producen una consecuencia benéfica.

Por lo tanto,

 (C) Algunos ancianos son dignos de respeto.

Es claro que la premisa 2 es empírica, es decir, es una cuestión de hechos. El problema principal está en la (1).  Se insiste a menudo en que los ancianos deben respetarse porque aportan algo: su sabiduría. Y ¿si no aportan nada? ¿Si están enfermos o son perezosos o despilfarradores, entonces no? Es decir, la idea misma de que es la aportación la que genera respeto es francamente falsa. Lleva a la extraña paradoja de que, si se toma en serio ese criterio, ¿por qué lo tendríamos que dejar sólo en la vejez? Si el respeto es criterio de aportación, es bastante claro que deberíamos tener distintos niveles de respeto: no aporta lo mismo un campesino analfabeto que un empresario exitoso. Además, habría que cuantificar o delimitar eso: le damos beca a los alumnos más competentes (quiérase entender lo que sea por eso).

Me parece que la noción de “respeto” es absoluta, no tiene condiciones del tipo si… entonces. El ejemplo típico son los derechos humanos. Si de veras son “derechos” inalienables, irrenunciables, etc. es justamente por su carácter absoluto, es decir, de nuevo, sin condiciones. En ese sentido, “el derecho a la alimentación” no deriva de ninguna supuesta o real aportación de la persona alimentada… es sencillamente nuestro deber “darnos de comer” entre todos. Claro y si se objeta que eso es antieconómico (en el sentido moderno de la eficiacia y el lucro), la respuesta es: ¡claro que es incompatible!

Por otra parte, la noción de sabiduría como eficacia es más que problemática. En el artículo citado, aunado a las distintas concepciones de sabiduría se señala un trabajo de Lindenberger y Baltes que con:

…una muestra de 522 personas de entre 20 y 89 años, que representaban todos los niveles socioeducativos, no   aparecieron correlaciones significativas entre edad y sabiduría, tan sólo un pequeño declive más allá de la edad de 75 años  provocado probablemente más por los límites establecidos por la inteligencia mecánica que por una disminución real de la pragmática. Por tanto… sólo la edad cronológica, el haber vivido  más  tiempo, no explica suficientemente el desarrollo  de  la  sabiduría sino que se necesita considerar una serie de factores generales, específicos y facilitadores que en  combinación con la edad propiciarán alcanzar grados elevados de sabiduría (2).

A lo que muestra la idea de que solo algunos alcanzan sabiduría y que la edad como tal no es factor. Es decir, corroboramos la premisa segunda de nuestro argumento.

¿Entonces en qué quedamos? Pues que el derecho al cuidado no depende de lo que aportes, sino que sencillamente estamos obligados a proporciorcionarnos los mismos, independientemente de lo que queramos. Dicho en pocas palabras en los ancianos no se debe buscar tolerancia, sino respeto.

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  1. Hay muchas teorizaciones sobre la que consistiría esto. Véase Meléndez, M. Gil, L. (2004). Sabiduría y envejecimiento. Psicogeriatría. Universidad de Valencia. En http://www.uv.es/~melendez/envejecimiento/sabiduria.pdf [consultado el 14 de diciembre de 2016].
  1.  Ibid., pp. 4-5. 
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