Aborto y argumentación III

Continuando con la nota anterior respecto a los criterios o razones para el aborto, surgió en estos días (enero de 2019) la aprobación de una...

25 de febrero, 2019

Continuando con la nota anterior respecto a los criterios o razones para el aborto, surgió en estos días (enero de 2019) la aprobación de una ley en Nueva York, una Reproductive Health Act que señala:

§ 2599-bb. Abortion. 1. A health care practitioner licensed, certified, or authorized under title eight of the education law, acting with in his or her lawful scope of practice, may perform an abortion when, according to the practitioner’s reasonable and good faith profesional judgment based on the facts of the patient’s case: the patient is within twenty-four weeks from the commencement of pregnancy, or there is an absence of fetal viability, or the abortion is necessary to protect the patient’s life or health. (1)

¿Cómo podría justificarse lo anterior? Se puede reformular en un trilema y tratar de entender posibles justificaciones que no vienen señaladas:

O la paciente está dentro de las primeras 24 semanas del embarazo o hay imposibilidad de la viabilidad del feto o se necesita proteger la salud o vida de la paciente.

Si es lo primero entonces el feto no es viable por inmadurez que le impide sentir dolor.

Si es lo segundo entonces no puede nacer y mantenerse vivo.

Si es lo tercero entonces la vida de la madre es superior a la del feto.

Por lo tanto,

O no es viable por inmadurez o no puede nacer y mantenerse o la vida de la madre es superior a la del feto.

Expresado así de nuevo surgen los temas tratados en las notas anteriores: el estatuto ontológico del embrión, la salud de la madre, la libertad de elegir la maternidad. A la semana 24 el feto no percibe el dolor y se considera como el umbral en donde quizás pueda percibirlo (2) y por supuesto, es el doble de las 12 semanas como marco límite que se da en la Ciudad de México, por ejemplo. Entonces, ¿por qué permitir su muerte después la semana 12?  Pues solo que consideremos que su falta de autoconsciencia y de un yo con elecciones y preferencias lo limite en la posibilidad de ser considerado persona. El problema, de nuevo, con esta postura es, ¿por qué limitarlo sólo al embarazo temprano? Estrictamente el bebé no es consciente en ningún momento del embarazo e incluso en las primeras semanas después de haber nacido. El dolor es perfectamente controlable. Si se da una sedación adecuada no tiene por qué sufrir.

En el caso de la tercera opción del trilema, pues de nuevo implica considerar la valía de la vida del feto inferior a la de la madre y lo que se podría aducir es algo semejante a la segunda opción: la falta de las características presentes de lo que consideramos humano. ¿Qué dicen sus defensores? En el caso de México se puede citar el documento de Grupo de Información en Reproducción Elegida que resume la discusión que se dio en la legalización y el intento de declararla inconstitucional la despenalización:

“… las ponencias del grupo de personas que apoyó la constitucionalidad de las reformas … El eje central estuvo puesto en los derechos de las mujeres, el derecho a la salud, a la vida, a la igualdad sustantiva… Entre estos se puso énfasis en el derecho a la autodeterminación y a la libertad, vinculados con la capacidad reproductiva de las mujeres; es decir, el derecho a la maternidad voluntaria … La supremacía de los derechos de las mujeres en estas alocuciones no impidió que se reconociera explícitamente que la Constitución mexicana protege al producto de la concepción, aunque esta protección no es absoluta.” (3)

Esto da algunas pistas de las razones detrás de la resolución en Nueva York de porqué el límite es más amplio que el de las 12 semanas: la autodeterminación y el derecho a una maternidad elegida y estatuto de persona del embrión. Una de las preguntas interesantes es si la decisión de la maternidad se puede legítimamente mantener durante el embarazo.

   

  1. Disponible en: https://legislation.nysenate.gov/pdf/bills/2019/S240
  2. Véase algunas características del desarrollo fetal en https://medlineplus.gov/spanish/ency/article/002398.htm
  3. En: https://gire.org.mx/wp-content/uploads/2014/07/ConstAbortoCiudad_TD8.pdf

 

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