La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por unanimidad ayer lunes 19 de enero que no procede interponer recurso de revisión contra sentencias dictadas por las antiguas Salas de ese Máximo Tribunal al ejercer la facultad de atracción en juicios de amparo directo, blindando así el principio de cosa juzgada.
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