Partidos los partidos en coaliciones

El 7 de octubre de este año inicia el proceso electoral 2015 y el 7 de junio de 2015 es el día que los ciudadanos acuden a sufragar y votar… El 7 de octubre de este año...

9 de septiembre, 2014

El 7 de octubre de este año inicia el proceso electoral 2015 y el 7 de junio de 2015 es el día que los ciudadanos acuden a sufragar y votar…

El 7 de octubre de este año inicia el proceso electoral 2015 y el 7 de junio de 2015 es el día que los ciudadanos acuden a sufragar y votar por sus candidatos de preferencia partidista. Son 10 los partidos políticos que van a participar en este proceso y jornada electoral.

De estos 10 partidos únicamente 7 partidos políticos (PRI, PAN, PRD, PVEM, PT, MC y PNA) tienen el derecho por ley a formar coaliciones, ya que la nueva Ley General de Partidos Políticos determina que los partidos políticos de nuevo registro no podrán celebrar convenios de coalición con otro partido político en la primera elección federal o local después de que se les otorgó por primera vez su registro de partido político nacional.

Esto le ocurre a los nuevos partidos de MORENA, al Partido de Encuentro Social (PES) y al Partido Humanista (PH), pues por primera vez en el mes de agosto se les concede su registro por parte del INE. Así que estos tres partidos no gozan del derecho a formar coaliciones para fines electorales para el proceso electoral de 2015-2014, donde bien podrían haber presentado en coalición a sus candidatos.  

Para que un partido político pueda coaligarse con otro o más partidos es necesario que entre ellos celebren un “convenio de coalición”. La ley de partidos nos  dice que existen dos tipos de partidos: los partidos nacionales y los partidos locales.

Las características del convenio de los partidos políticos nacionales que forman la coalición tienen como finalidad la de registrar a un candidato común para las elecciones de Presidente de la República, para senadores y diputados de mayoría relativa.

Y, las características del convenio en los partidos políticos nacionales y locales que forman la coalición tienen como finalidad la de registrar a un candidato común para las elecciones de Gobernador, diputados a las legislaturas locales de mayoría relativa y ayuntamientos, así como de Jefe de Gobierno, diputados a la Asamblea Legislativa de mayoría relativa y los titulares de las delegaciones políticas del Distrito Federal.

Ahora bien, la bronca no es que los partidos nacionales o locales celebren convenios de coalición para postular candidatos en común, la bronca hasta el día de ayer consistía en la forma en que se designaban los votos para la coalición, ya que en las boletas donde el ciudadano emite el sufragio y voto, a pesar que los partidos políticos se coaliguen, no significa que aparezca un solo emblema de la coalición, por el contrario, cada uno de ellos aparecerá con su propio emblema, y por ende, los votos se sumarán para el candidato de la coalición y contarán para cada uno de los partidos políticos, es decir, únicamente para los candidatos de mayoría, y no para los candidatos de representación proporcional.

Así que la bronca, y digo hasta el día de ayer, es porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaro la invalidez del numeral 13 del artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos, pues el citado artículo dispensaba que los votos en los que se hubiesen marcado más de una opción de los partidos coaligados, serían considerados válidos para el candidato postulado, y contaban como un solo voto, por tanto, no podían ser tomados en cuenta para la asignación de representación proporcional.

Estimado lector, la carrera de muchos políticos, ya comenzó, las nuevas leyes electorales son impugnadas por los mismos actores políticos, pues argumentan que transgreden sus derechos políticos. Lo cierto es que, para las próximas elecciones los tres nuevos partidos políticos no podrán coaligarse para postular candidatos en común, ni constituir frentes para alcanzar objetivos políticos y sociales compartidos de índole no electoral, mediante acciones y estrategias específicas y comunes, y tampoco podrán fusionarse para constituir un nuevo partido o para incorporarse en uno de ellos.

Entonces, querido lector, Usted supone que se rompe bajo dicho contexto el argumento del principio de equidad o los tres nuevos partidos necesitan ayuda de otros partidos para que no pierdan su registro en las próximas elecciones.

De cualquier forma los tres nuevos partidos al no poderse coaligar con otros partidos, los votos que obtengan serán sólo para ellos y muy probablemente pierdan su registro.

Ya veremos, como difunden sus ideas y como convencen a la población a que voten por ellos. Me parecen que la tienen difícil, al tiempo, tiempo…

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