“Queda estrictamente prohibido todo acto de crueldad en contra de la fauna silvestre”, tal y como lo establece la Ley General de Vida Silvestre. En efecto, con tal principio los…
“Queda estrictamente prohibido todo acto de crueldad en contra de la fauna silvestre”, tal y como lo establece la Ley General de Vida Silvestre.
En efecto, con tal principio los diputados con una mayoría de 267 votos a favor y 66 en contra y 40 abstenciones, aprobaron el dictamen de minuta de reformas a las leyes de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y de Vida Silvestre, para prohibir el uso de ejemplares de vida silvestre en circos, así como en la realización de actos que contravengan las disposiciones de conservación de vida silvestre fuera de su hábitat natural.
Es un cambio ineludible a las referidas leyes que establecen un trato digno y respetuoso a la fauna silvestre, tal como lo describe la propia Ley General de Vida Silvestre: “los Municipios, las Entidades Federativas y la Federación, adoptarán las medidas de trato digno y respetuoso para evitar o disminuir la tensión, sufrimiento, traumatismo y dolor que se pudiera ocasionar a los ejemplares de fauna silvestre durante su aprovechamiento, traslado, exhibición, cuarentena, entrenamiento, comercialización y sacrificio”.
Por tanto, las reformas, se dicen que facultan al gobierno federal a expedir normas oficiales que determinen los principios básicos de trato digno y respetuoso en el entrenamiento animal, sobre todo, cuando la misma ley sostiene que “durante el entrenamiento de ejemplares de la fauna silvestre se deberá evitar o disminuir la tensión, sufrimiento, traumatismo y dolor de los mismos, a través de métodos e instrumentos de entrenamiento que sean adecuados para ese efecto”.
Además, se busca sancionar con el 50 a 50 mil veces el salario mínimo a quien realice actos que contravengan las disposiciones de conservación de vida silvestre fuera del hábitat natural.
El trato digno y respetuoso a la fauna silvestre, es el cuidado y protección de las especies y poblaciones de animales de la vida silvestre.
En el dictamen aprobado, se destaca que los ejemplares más utilizados en circos, son los primates y los grandes felinos, los cuales requieren de condiciones alimenticias, de especie y veterinarias que demandan recursos y especialistas en cantidad y calidad. Y, que los estados en los que se han prohibido los circos que utilizan animales son Chihuahua, Colima, Morelos, Querétaro, Quintana Roo, Guerrero y Distrito Federal.
Estimado lector, el mundo de los circos es fabuloso, sin embargo, el maltrato físico a toda especie de animales que se exhiben como parte su espectáculo es una constante. En realidad, si observamos al león, al elefante, al caballo, al primate, e inclusive a los animales domésticos, como pueden ser los perros y/o gatos, no percibimos como han sido entrenados: ¡con maltratos físicos, golpes! Y, tampoco nos damos cuenta del tipo de alimentación que reciben: ¡mal nutridos!
Así que, querido lector, a mí, no me gustaría que me exhibieran, me comercializaran, y menos que me causaran, tensión, sufrimiento, traumatismo, dolor o sacrificios; maltratos físicos que van contra la dignidad y el trato respetuoso.
Al tiempo, tiempo…
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