Buen día a todos. Primero quiero agradecer la oportunidad de poder colaborar en ruizhealytimes.com y que dé un espacio a personas como yo que no teníamos voz en medios para…
Buen día a todos. Primero quiero agradecer la oportunidad de poder colaborar en ruizhealytimes.com y que dé un espacio a personas como yo que no teníamos voz en medios para poder expresar nuestro sentir y nuestras inquietudes.
Mi colaboración en ruizhealytimes.com va a tratar de ir explicando poco a poco de cómo llegan los diferentes servidores públicos a los cargos que ocupan, de qué funciones tiene que tener ese cargo; y sobre todo, de cuáles son sus obligaciones y de qué deben de hacer para, tanto auxiliar a la ciudadanía y que cada uno de nosotros vayamos sabiendo en verdad quien tiene esa responsabilidad, para que cuando, tanto los medios de comunicación, como los mismos servidores públicos, lleguen a dar una información o declaración, nosotros como población sepamos bien quien es en realidad el responsable, o los responsables, de tal o cual situación o problemática que en algunas ocasiones, tanto los medios de comunicación o los políticos mal informan, ya sea por desconocimiento o por ignorancia.
Por ejemplo. ¿Ustedes saben cómo se elige a un regidor o síndico en su municipio? ¿Ustedes saben qué obligaciones y qué tanto tienen que atender a los ciudadanos?. Como esto y otras cosas más es lo que con mi colaboración en este espacio, iré platicando e informándoles a ustedes.
Mi colaboración será cada quince días para que así también ustedes tengan tiempo de leer mis artículos y que asimismo haya tiempo para que en la medida de lo posible, ustedes me hagan preguntas sobre las dudas que tengan o comentarios, y de igual manera pueda dar contestación a sus comentarios o dudas si se puede, en la siguiente intervención en ruizhealytimes.com.
Empezaremos con los regidores y como son designados para este cargo.
Este cargo, los estados, por medio de sus propias constituciones locales, establecerán la elección consecutiva para el mismo cargo, tanto para presidente municipal, síndico e incluso sobre del que estamos platicando, el regidor; sería por un periodo adicional, siempre y cuando el periodo del mandato no sea mayor a tres años. Esta postulación solo se podrá llevar a cabo de la siguiente manera: Que lo postule el mismo partido que lo hizo por primera vez o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo llegó a postular. Pero si el funcionario renunció o perdió por alguna circunstancia la militancia partidaria antes de la mitad de su mandato.
Esta es una de las reformas que se han dado en los últimos años. Por ejemplo, esta fue por decreto publicado en el “Diario Oficial de la Federación” el 10 de febrero del 2014.
Pero esta situación de la reelección de presidente municipal, regidores y síndicos, no se aplicará a los que hayan protestado este cargo en el ayuntamiento y que estén activos en sus funciones, ya estando en vigor el presente decreto.
Y su trabajo en el ayuntamiento básicamente es la supervisión sobre la administración municipal.
El regidor es el representante de la ciudadanía. En otras palabras, representa a la comunidad de un municipio. Son elegidos a la par del presidente municipal, como también que los síndicos, bajo las siguientes reglas:
- Pueden haber hasta dos regidores donde cuya población no sea mayor de ciento cincuenta mil.
- En el caso donde pueden haber hasta tres regidores el número de población debe ser mayor a ciento cincuenta mil y hasta quinientos mil habitantes.
- Cuando llegan a ver cuatro regidores asignados, el número de población parte de los quinientos mil a un millón de habitantes.
- Y por último, cuando llega haber un número de cinco regidores, el número de población tiene que rebasar el millón de personas.
Las atribuciones y obligaciones del regidor son las siguientes:
- Representar eficazmente a la sociedad.
- Debe estar presente siempre en las sesiones que lleve acabo el municipio y participar en estas decisiones, ya que el regidor tiene el derecho de voz, y sobre todo, de voto para llevar acabo las determinaciones del municipio. Ya que en la mayoría de los temas que se exponen en estas sesiones, el presidente municipal no tiene la facultad absoluta de decisión
- También el de formar parte de comisiones que nombre el municipio, con la obligación de presentar un informe de esta gestión en una forma periódica para que se haga un archivo para su posterior consulta o presentación.
- El de hacer propuestas al municipio de acuerdos que tienen que ver con el mejoramiento de servicios municipales, y que cuya vigilancia haya tenido bajo su responsabilidad.
- Tener en vigilancia sobre los diferentes ramos de la administración, en aquellos donde se le haya encomendado por parte del municipio; como también, cuando se llegue a dar el caso de la suplencia temporal de presidente municipal conforme al orden de cómo se haya acordado con anticipación la asignación en el orden de escalafón entre el número de regidores que tenga cada municipio.
El o los regidores forman parte a lo que se denomina cabildo.
La diferencia con los síndicos, es solamente que estos están para procurar justicia y siendo su función original el de velar por los intereses de su municipio y proteger los derechos de la ciudadanía. Con esto no se quiere decir que la tarea del sindico sea menor al de un regidor, tomando en cuenta que debe de informar a los ciudadanos, ya que este el que los representa.
Por ultimo. ¿Cuáles son las comisiones en las que puede ser integrante y tener a su cargo?
Podría estar en una o varias. Estas serían:
- La de gobierno
- Seguridad publica y transito
- Servicios públicos municipales
- Urbanismo y obras publicas
- Protección civil
- Cultura
- Medio ambiente
- Derechos humanos
- O en las que por las necesidades del municipio se acuerden. Estas pueden ser permanentes o transitorias.
Cada una de estas comisiones son para la atención de los asuntos municipales. Estas comisiones tienen que plantearlas ante el pleno del municipio para que lleven a acabo las resoluciones y su validación correspondiente por parte del cabildo. Se tendrán que elaborar las actas. Y estas tendrán que ser publicadas en la Gaceta Municipal para su consulta pública y para el archivo.
Nos pondremos nuevamente en contacto dentro de quince días. Durante ese tiempo sean felices y pasen la vida más tranquila. Saludos.
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