El estímulo que viene y va: la deducción inmediata de activos fijos

A principios de año el presidente Enrique Peña Nieto anunció un Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar…   A principios de año el presidente Enrique Peña Nieto anunció un Acuerdo para...

25 de enero, 2017
deduccion

A principios de año el presidente Enrique Peña Nieto anunció un Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar…

 

A principios de año el presidente Enrique Peña Nieto anunció un Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar,[1] en el cual se proponía otorgar nuevos estímulos fiscales a la inversión y al empleo.[2] Por lo anterior, el pasado 18 de enero se publicó el decreto por el que se otorga un estímulo fiscal en materia de deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo para las micro y pequeñas empresas[3], el cual nos daremos a la tarea de analizar hoy.

¿Qué es la deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo?

La deducción inmediata de activos fijos es un incentivo fiscal que busca promover la inversión al permitir a las personas morales y físicas con actividad empresarial y profesional deducir del pago del ISR, en un solo ejercicio, un porcentaje elevado de la inversión en activos fijos. Sin embargo, la deducción inmediata no es una novedad, ésta existe desde 1987, aunque se ha eliminado y reintroducido en múltiples ocasiones[4].

En 2013 la deducción inmediata se aplicaba solamente en el caso de que las inversiones se realizaran fuera de las áreas metropolitanas del DF, Guadalajara y Monterrey. Con la reforma fiscal de 2014,la deducción inmediata quedó eliminada. A pesar de lo anterior, en el Paquete Económico para 2016 se propuso incluir una disposición de carácter temporal, para permitir en todo el país la deducción inmediata de inversiones durante 2016 y 2017. No obstante, se acotó a pequeñas y medianas empresas con ingresos de hasta 100 mdp[5], y, además se estableció una nueva lista de activos a la inversión para la creación y ampliación de infraestructura de transporte y de la inversión en equipo utilizado en el sector energético.

Por otro lado, el decreto del 18 de enero sólo considera el caso de personas físicas o morales que hayan obtenido ingresos propios de su actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior hasta por 100 millones de pesos y no realiza modificaciones importantes a lo planteado en el Paquete Económico para 2016, solamente extiende el plazo hasta 2018, y para este año mantiene el porcentaje de deducción del año pasado.

¿Es la deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo la mejor manera de promover la inversión?

Como se mencionó anteriormente, en 2014 como parte de la reforma fiscal[6], la SHCP eliminó este incentivo fiscal bajo el argumento de que no había logrado incrementar la inversión, especialmente de las pequeñas y medianas empresas, mientras que las grandes la habían utilizado para reducir su carga tributaria injustificadamente. Sin embargo, en 2016 se reincorporó acotándolo a pequeñas y medianas empresas, y sumando dos sectores considerados estratégicos, y con el decreto de este año únicamente se extendió el período.

Por otro lado, en 2014, Ethos Laboratorio de Políticas Públicas realizó un estudio[7] en el que encontró que este incentivo fiscal es más costoso que beneficioso. Por ejemplo, la pérdida recaudatoria que enfrentó el gobierno al mantener este instrumento entre 2003 y 2012 fue de poco más de 306 mil mdp. Así mismo, en este estudio, al desarrollar un modelo para estimar el nivel de inversión y productividad que hubieran obtenido las empresas si no hubieran aplicado la deducción inmediata se encontró que este incentivo no promovió la inversión ni la productividad de las empresas.

Dado lo anterior, preocupa que ampliar la deducción inmediata un año más sea una de las medidas consideradas para fortalecer la economía de los mexicanos como respuesta al alza en el precio de la gasolina. Especialmente si consideramos que fue eliminado como parte de la reforma fiscal 2014 bajo el argumento de la misma SHCP de que no había logrado fomentar la inversión, y de que se ha encontrado que además tiene un alto costo recaudatorio. No resulta claro qué elementos harán que en esta ocasión funcione adecuadamente y sobre todo preocupa la falta de estudios que justifiquen cómo a través de este diseño las pequeñas y medianas empresas incrementarán su inversión y productividad de manera significativa.


[2] Además propuso medidas de repatriación de capitales, las cuales consisten en cobrar un 8% de ISR a los recursos económicos de mexicanos que están invertidos en el extranjero, con la condición, además de que se inviertan por al menos dos años en bienes de activo fijo, terrenos y construcciones y proyectos de investigación y desarrollo de tecnología y, al mismo tiempo, en proyectos que permitan fortalecer la inversión financiera en actividades productivas http://www.elfinanciero.com.mx/nacional/pena-nieto-anuncia-beneficios-fiscales-para-pymes.html

[4] La primera vez que la autorizaron fue en 1987 y se eliminó en 1998. Se incorpora de nuevo en 2002, se elimina para 2014 y se reintroduce en 2016.

[5] También se limitó a que este beneficio no se puede ejercer cuando se trate de mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles, o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.

[6] Modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta en la Reforma Fiscal 2014 ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/rf2014/DOF_LISR_11122013.pdf

[7] Ethos Laboratorio de Políticas Públicas (2014) “Los incentivos fiscales a la inversión y su impacto en la competitividad se México” http://ethos.org.mx/wp-content/uploads/2016/03/incenetivosfiscales.pdf

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