El artículo 28 de la constitución señala que en los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios.
El artículo 28 de la constitución señala que en los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios. Sin embargo, también señala que no constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de la Constitución.
De conformidad con el artículo 11 de la Ley del Servicio Postal Mexicano se establece que el servicio público de correos es área estratégica reservada al Estado en forma exclusiva.
De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española la palabra correo hace referencia tanto al servicio público que tiene por objeto el transporte de la correspondencia oficial y privada como a la persona que tiene por oficio llevar y traer la correspondencia de un lugar a otro e incluso también puede referirse al conjunto de cartas o pliegos de cualquier clase que se despachan o reciben. Este último caso se emplea, por ejemplo, al referirse a una persona que está leyendo el correo.
El origen etimológico de la palabra correo viene del catalán correu, y éste del francés antiguo corlieu, de corir correr y lieu lugar.
En su página oficial el Servicio Postal Mexicano señala que correo, viene de correr y se remonta a épocas en que los portadores de nuevas eran verdaderos atletas, dedicados a llevar y traer noticias y documentos para la nobleza, casta sacerdotal y preferentemente, para los militares, donde la información que trasmitían era de vital importancia logística para el movimiento de sus tropas.
Hay que recordar que en 1901, el Correo adquiere el rango de Dirección General de Correos y el 20 de agosto de 1986, por decreto presidencial, del entonces Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Miguel de la Madrid Hurtado, se crea el organismo descentralizado denominado Servicio Postal Mexicano como respuesta a la necesidad de modernizar las prácticas operativas y administrativas en busca de una mayor productividad en la prestación de los servicios de comunicación. De esta forma, el Servicio Postal Mexicano adquiere personalidad jurídica y patrimonio propio y pasa a formar parte de la administración pública paraestatal.
El 24 de diciembre de 1986, se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Servicio Postal Mexicano cuya última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación fue el 4 de Junio del 2015.
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