El artículo 26 de nuestra constitución establece el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), que es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, a cargo de la medición de la pobreza y de la evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social, así como de emitir recomendaciones.
De conformidad con el artículo 6 de la Ley General de Desarrollo Social son derechos para el desarrollo social la educación, la salud, la alimentación, la vivienda, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social está integrado por un Presidente y seis Consejeros que deben cumplir con varios requisitos entre otros:
- Ser ciudadanos mexicanos de reconocido prestigio en los sectores privado y social, así como en los ámbitos académico y profesional.
- Tener experiencia mínima de diez años en materia de desarrollo social
- y no pertenecer a algún partido político o haber sido candidato a ocupar un cargo público de elección popular.
Deben ser nombrados por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados. El nombramiento podrá ser objetado por el Presidente de la República en un plazo de diez días hábiles y, si no lo hiciere, ocupará el cargo de consejero la persona nombrada por la Cámara de Diputados. Cada cuatro años deben ser sustituidos los dos consejeros de mayor antigüedad en el cargo, salvo que fuesen propuestos y ratificados para un segundo período. El Presidente del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social es elegido en los mismos términos y dura en su encargo cinco años. Puede ser reelecto por una sola vez.
Anualmente, el Presidente del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social presenta a los Poderes de la Unión un informe de sus actividades.
Hay que recordar que los estudios que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) realice para medir la pobreza deben hacerse con una periodicidad mínima de dos años para cada entidad federativa y con información desagregada a nivel municipal cada cinco años.
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