Durante su conferencia de prensa de ayer, el presidente Andrés Manuel López Obrador reiteró que “tenemos que poner por delante la justicia. Siempre lo he dicho, cuando hay que optar entre el derecho o la justicia, tiene que prevalecer la justicia (…) Hay una maraña de normas que impiden avanzar para hacer justicia (…) no se puede nada por la normatividad”.
Para él, las leyes, códigos, reglamentos y demás normas que emanan de la Constitución están debajo de lo que él o cualquier persona defina, muy subjetivamente, como justicia.
Pero, ¿cuál es la diferencia entre el derecho y la justicia?
Derecho se define como “el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia” (Pereznieto Castro, Leonel y Ledesma Mondragón, Abel. Introducción al estudio de Derecho. 2ª Edición. Editorial Harla. México. 1992).
Según el Diccionario Jurídico Elemental (Cabanellas, Guillermo. Editorial Heliasta. Buenos Aires. 2005), justicia es, entre otras cosas, el “supremo ideal que consiste en la voluntad firme y constante de dar a cada uno lo suyo (…) Recto proceder conforme a derecho y razón (…) Equidad…”.
Con base en estas definiciones, la justicia y el derecho están íntimamente ligadas y la primera no puede darse sin la segunda. Es más, en el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia, derecho significa “justicia, razón”.
Al tomar posesión de su cargo, Andrés Manuel juró, de acuerdo al Artículo 87 de la Constitución, “guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen…”. Por eso cometerá un delito cada vez que decida ignorar lo que denomina “una maraña de normas que impiden avanzar para hacer justicia”.
Curiosamente, cuando también ayer se le preguntó sobre el proyecto del ministro Luis María Aguilar, que propone al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarar inconstitucional la consulta popular por él solicitada para investigar y en su caso juzgar por diversos delitos a los expresidentes, dijo que espera que los 11 ministros “actúen con apego estricto a la ley, que no se dejen intimidar, que actúen con criterio” y luego añadió: “…que también tomen en cuenta el sentimiento del pueblo”.
Aquí nuevamente se equivoca porque nada en la Constitución señala que un ministro o ministra de la SCJN deba tomar en cuenta “el sentimiento del pueblo” al emitir una sentencia. Al igual que el presidente, al asumir su cargo, el juzgador protesta “guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen” y no adivinar los sentimientos de quienes conformamos el pueblo de México.
Si Andrés Manuel no está de acuerdo con ciertas leyes, que someta al Congreso iniciativas para reformarlas, derogarlas o sustituirlas. Pero que las cumpla y haga cumplir, como se comprometió a hacerlo el 1 de diciembre de 2018.
Recordemos, como lo ha dicho varias veces el ministro Aguilar, que “nada ni nadie está por encima de la Constitución”, ni los sentimientos del pueblo ni la lealtad a ciegas al proyecto de transformación que AMLO les exige a sus colaboradores.
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