Imaginen que un buen día el dinero contante y sonante (monedas y billetes) ya no tuviera valor alguno y que la única manera que tendrían de realizar cualquier transacción económica fuera con el uso de una tarjeta; pues esa realidad puede no encontrarse muy lejos.
Ya en nuestros días estamos tan familiarizados con el uso de tarjetas o “plásticos” para librarnos de cargar efectivo: el transporte público, el crédito o débito bancario, pago de casetas de cobro (IAVE)[1], etc.
Suecia, por ejemplo, es un país en vías de desaparecer su papel moneda y dinero metálico. La razón es simple: la gente ya no usa dinero en efectivo. Sus principales bancos han dado a conocer que sus servicios de manejo en efectivo en sus oficinas han disminuido hasta un 75% y que las compras en efectivo en tiendas es de tan solo un 20%.
Sin embargo, la verdad detrás de este comportamiento es debido a que la eliminación del dinero en efectivo ayuda a reducir los costos administrativos. Así, aumentan los beneficios, en parte, merced a los ingresos por las comisiones en las operaciones de tarjetas.
También se habla de que los gobiernos del mundo pretenderán tarde o temprano obligar a sus gobernados a usar únicamente dinero electrónico por razones de seguridad. Es decir, al existir hoy en día una grave situación creciente de narcotráfico, evasión de impuestos, trata, terrorismo, entre otros delitos, los gobiernos quieren tener acceso total a todas y cada una de las transacciones comerciales que realicemos cada uno de nosotros. ¿Por qué? pensémoslo… en estos tiempos la gente que opera con grandes cantidades de efectivo luce sospechosa a los ojos de todo mundo, pero sobretodo a los ojos de las autoridades que probablemente crean que esas personas estén ligadas al delito.
En México, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, mejor conocida como: “Ley Anti-lavado”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre del 2012, nos brinda un panorama de las limitaciones del uso de efectivo para determinadas transacciones de compra-venta, aquí el artículo 32:
Capítulo IV
Del Uso de Efectivo y Metales
Artículo 32. Queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos, en los supuestos siguientes:
I. Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal[2], al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;
II. Transmisiones de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal[3], al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;
III. Transmisiones de propiedad de relojes, joyería, Metales Preciosos y Piedras Preciosas, ya sea por pieza o por lote, y de obras de arte, por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;
IV. Adquisición de boletos que permita participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos, así como la entrega o pago de premios por haber participado en dichos juegos con apuesta, concursos o sorteos por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientos diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;
V. Prestación de servicios de blindaje para cualquier vehículo de los referidos en la fracción II de este artículo o bien, para bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación;
VI. Transmisión de dominio o constitución de derechos de cualquier naturaleza sobre los títulos representativos de partes sociales o acciones de personas morales por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación, o
VII. Constitución de derechos personales de uso o goce de cualquiera de los bienes a que se refieren las fracciones I, II y V de este artículo, por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, mensuales al día en que se realice el pago o se cumpla la obligación.
Hasta aquí el extracto de la ley.
Claro, lo anterior es hablar de cantidades exorbitantes de dinero que el común de las personas no tiene. Todos sabemos que la mayoría de la gente en este país es de bajos ingresos y el uso de efectivo es para comprar, sobre todo, cualquier mercancía barata y de primera necesidad debido a que no tiene acceso a otros modos de pago.
Aún así, mucha gente en el mundo que no es pobre prefiere usar efectivo. Está en su derecho, pero, ¿será inevitable que en algún momento todas las transacciones en un futuro próximo pasarán a través de un sistema bancario de verificación centralizada (tarjeta de crédito, débito, etc.)?
Un resultado lógico de la desaparición de billetes y monedas es la reducción de la inseguridad ya que no existirían los cajeros automáticos y por lo tanto ya no asaltarían a las personas o a los bancos. También se habla del creciente problema de la escasez de agua, se preguntarán por qué tiene que ver el agua en todo esto, porque por si ustedes no lo sabían, la mayoría del “papel” moneda no es de papel, sino de algodón que, como toda planta, requiere de mucha agua para su cultivo.
No obstante, recuerden que los gobiernos y los grandes conglomerados bancarios, como todos unos depredadores dominantes en la cadena alimenticia financiera, “no dan paso sin huarache” porque tienen miedo de que la gente saque su dinero de los bancos dadas las crisis económicas como la de Grecia o hablando de México, aquella pesadilla de los 90 llamada “FOBAPROA”[4], de la cual tristemente nunca estaremos exentos de sufrir otra vez y menos ahora que se avecina una crisis financiera global que mejor nadie habla de ello para no alarmar.
Así que, sin dinero en efectivo obviamente las entidades bancarias quebrarían y… ¡papá gobierno no permitiría algo semejante!, así de simple.
No olviden que siempre hay un trasfondo oscuro en las decisiones de los “amos” y esta posibilidad de ver desaparecidos nuestros billetes y morrallita es altamente probable.
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Fuentes:
http://www.libremercado.com/2013-04-18/suecia-avanza-hacia-la-eliminacion-del-dinero-en-metalico-1276487787/
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5273403&fecha=17/10/2012
http://www.conasami.gob.mx/boletin_nvos_sal_abril_2015.html
[1]El Identificador Automático de Vehículos es el medio electrónico de pago para hacer uso de autopistas del país, como la México-Acapulco, México-Querétaro y Guadalajara-Morelia impuesto por de Caminos y Puentes Federales (CAPUFE).
[2] $562,552.5 MXN considerando el salario mínimo vigente para el Distrito Federal de $70.10 MXN.
[3] $225,021 MXN considerando el salario mínimo vigente para el Distrito Federal de $70.10 MXN.
[4] Fondo Bancario de Protección al Ahorro.
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