Al terminar la jornada electoral del Estado de México, dos tipos de escenarios políticos sucedieron.
El primero, fue porque de forma inmediata, sin disponer de los resultados oficiales, los representantes y candidatos de los partidos políticos (PAN, PRI y MORENA) declararon ser los ganadores de la elección, según lo previsto por los datos de cada uno, o por encuestas de salida y/o por resultados preliminares. Incluso, el candidato del PRD, a pesar de reconocer que los resultados electorales no le favorecían, suponía un triunfo importante, porque el PRD se consolida como la tercera fuerza política en el Estado.
El segundo, fue porque los triunfos se divulgaron previamente sin disponer de los resultados oficiales, lo que generó confusión al saber quién ganaba la elección.
Para que en las próximas elecciones del 2018 no se presente dicha eventualidad, es decir, la inmediata proclamación del triunfo de la elección, sin disponer previamente de los resultados oficiales: ¿es necesario reformar la ley electoral?
Por el momento, no es factible. Son varias las condiciones, entre otras, es por el tiempo de su aprobación. La Constitución Política determina que: “las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales”. Y la preparación del proceso electoral de 2018, comienza el próximo mes de septiembre, tal como lo menciona la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
No obstante, después de las elecciones del 2018, ¿es posible que el legislador cambie las leyes electorales? El propósito sería limitar la previa proclamación del triunfo de los candidatos. Es poco realizable, sobre todo porque restringiría la libertad política de los actores políticos.
No es vital cambiar las leyes electorales. Las reglas ya están inscritas. Y son para tal efecto, que las instituciones electorales proclamen oficialmente el resultado de la elección y candidato triunfador.
Los políticos siguen siendo los políticos, quieren ganar a la fuerza. Pese a su deseo, con su actitud, no pueden ni deben estar por encima de los resultados oficiales. Al ser notificados oficialmente del resultado como candidato perdedor, aún disponen de su derecho para mostrar, si así lo quieren, las impugnaciones que la ley electoral determina.
La democracia no logra consolidarse, entre otras características, por este tipo de incidencias en la vida política.
Sería tolerante que por el resultado electoral adverso para el candidato perdedor, revelara de manera inmediata su conformidad, y por ende, reconocer el triunfo del candidato ganador.
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