¿Las marchas se tienen que reglamentar en el DF?

Las marchas, mítines, toma de instalaciones (plazas públicas), plantones, y más y más y más manifestaciones, es y será la bronca a resolver de todos los días para miles de...

21 de noviembre, 2014

Las marchas, mítines, toma de instalaciones (plazas públicas), plantones, y más y más y más manifestaciones, es y será la bronca a resolver de todos los días para miles de capitalinos en la Ciudad de México.

Se nos dice, según por datos de los representantes de las cámaras de comercio del DF, de pérdidas millonarias, pues con cada marcha y plantón los comercios establecidos pierden entre 10 y 80 millones de pesos, y para la Ciudad de México las pérdidas diarias son entre 80 y 150 millones de pesos. En el 2006 con el plantón de los seguidores del Andrés López Obrador con el cierre de la Avenida Reforma, se comenta que provocó perdidas de 7 millones de pesos.     

Inclusive, también se comenta que por el número de horas que dura una marcha, las cifras en perdidas económicas aumentan: los negocios pierden 340 millones de pesos cuando dura de dos a tres horas; 575 millones de pesos cuando es de cuatro a cinco horas; y, 937 millones si dura más de cinco horas.

En la búsqueda de cifras relacionadas con las movilizaciones, se nos dice, también, que por ejemplo, se registraron 7,319 movilizaciones en 2012 y 7,910 en 2013. Sobre conteos del 2014 aún no se conocen datos.

Sin duda las pérdidas económicas de los negocios y de las autoridades de la Ciudad de México, son exorbitantes, sin deuda así es. No obstante, para quienes se manifiestan en la vía pública, sin duda, también es importante que así lo expresen amparados en su derecho, en su libertad de expresión y manifestación de las ideas, sobre todo, porque la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, si, por supuesto, no será así, pero siempre y cuando con la excepción de aquellos casos en que se ataque la moral, los derechos de tercero, se provoque algún delito o se perturbe el orden público. Se trata, por tanto, de límites determinados y directamente especificados en la Constitución.

Así es, estimado lector,  al menos esto nos concede el texto constitucional y los criterios del Poder Judicial, con fijar los límites a la manifestación de las ideas, a fin de no invadir los derechos y libertades que todos tenemos, por ejemplo, con nuestra libertad de tránsito.

Así que, querido lector, urge, pero de verdad, urge, que el legislador, que los diputados de la Asamblea del DF, aprueben las iniciativas para reglamentar las marchas en la capital, con base a los tratados internacionales y al texto de la Constitución: por el derecho y libertades de todos, las marchas podrían llevarse a cabo el sábado a partir de las 7 de la noche, por ende, no se alteraría el orden público.    

Al tiempo, tiempo…

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