De Frente Y Claro | DECRETO DE INTERPRETACIÓN, UN ADELANTO PARA 2024

La batalla que Morena libra contra las leyes electorales son un ensayo para que en futuras elecciones López pueda apoyar a sus candidatos sin restricción alguna.

24 de marzo, 2022 DECRETO DE INTERPRETACIÓN

Morena sigue haciendo historia, pero por cosas totalmente negativas y hasta aberrantes. En ese caso tenemos el decreto para que se pueda hacer propaganda de la revocación de Mandato avalado por sus Diputados y Senadores. Con este hecho, los congresistas de MORENA muestran y demuestran que no les importa violar las leyes dado que estaban haciendo promoción de la Revocación de Mandato. Afirmaban que esta promoción no era ilegal, aunque lo prohibiera el INE; sin embargo, es tan ilegal que tuvieron que hacer una reforma, un “Decreto de Interpretación”. De acuerdo a los expertos, este “Decreto de interpretación” NO PUEDE ESTAR POR ENCIMA DE NUESTRA CONSTITUCIÓN, donde se establece que la propaganda está prohibida.

LA ADMINISTRACIÓN DE LA ILEGALIDAD

Sin lugar a dudas, la actual y nefasta administración de López y su 4T, se ha caracterizado por la ilegalidad. Un claro ejemplo es que antes de cumplir con una Ley que no les guste prefieren cambiarla para evitar sanciones. Y así lo han hecho desde el 1 de diciembre del 2018 en que iniciaron a llevar al país al atraso. 

Todo ello, para cambiar lo que ya está establecido legalmente en favor de sus intereses políticos. Otro claro ejemplo es la “Ley Taibo”, que se refiere a Paco Ignacio Taibo II. Recordemos que López se obsesionó por designarlo Director del Fondo de Cultura Económica (FCE), pero una ley prohibía que una persona nacida fuera de México pudiese ocupar el cargo. Eso no le importó a López y menos a sus lacayos en el Poder Legislativo, por lo que se envió una Iniciativa al Senado de la República para cambiar la Ley y permitir que, aunque Taibo II hubiese nacido fuera del país, ocupase el cargo. Este episodio cerró “con broche de oro” con la célebre frase del hoy director del FCE: “Se las metimos doblada”. 

LA LEY QUE APROBÓ MORENA HOY LA DESCONOCEN

López demostró que para torcer las leyes no importa prostituir el Poder Legislativo, asumiendo que la interpretación de las leyes, sobre todo las de nuestra Constitución, le corresponde al Poder Legislativo, que tiene López controlado, maiceado, y no al Poder Judicial, ordenado por el Poder Ejecutivo.

Qué grave que en esa línea nuevamente se trate de pasar por encima de nuestra Constitución Política con este nefasto Decreto de Interpretación. Basta citar una línea para darnos cuenta de todo su contenido: “No constituye propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos a las que las leyes aplicables”. Es un hecho aberrante dado que las leyes aplicables ya no se aplican debido a esta interpretación que va en contra de nuestra Constitución. 

Esa Ley existente la impulsaron los partidos de oposición, la “izquierda” para evitar que en los gobiernos del PAN y el PRI no se abusara de sus cargos y de los recursos para beneficiar a su partido. Pero, quizás nunca se imaginaron que algún día serían ellos estarían en el Poder. Ya teniendo el poder, Morena se mete a la aventura de aprobar la Revocación de mandato, según ellos por ser muy democráticos, PERO, dejando esa misma limitante para temas electorales: no poder hacer propaganda a favor. Aplicaron el mismo criterio de las campañas electorales y les salió el tiro por la culata.

Seguramente en sus sueños guajiros, estos morenistas soñaban que la revocación de mandato se daría existiendo un grupo queriendo sacar a López de la Presidencia a través de esta revocación y otro dándole su apoyo a López, lo que llevaría a una semejanza de una contienda electoral. Pero se toparon con pared. No fue así dado que a quienes se oponen a López ni siquiera les interesa salir a votar en su contra. Solo están en el juego los que quieren que se quede López, pero no tienen una contraparte que desee lo contrario. Razón por la cual, no puede López movilizar a sus borregos como está acostumbrado, porque no hay con quién echarlos a pelear.

Es por ello que tuvo que agarrar como “punching bag” al INE para culparlo de todo, y también su supuesto enemigo, la Ley que prohíbe hacer propaganda, ante lo cual había que cambiarla. No les quedó otra que inventarse este nefasto Decreto de Interpretación, para ahora pelearse con quienes cuestionamos, criticamos ese Decreto, polarizando nuevamente al país. 

Sin duda alguna, esto que sucede para su Revocación de Mandato será lo que pasará en el 2024 para la elección presidencial. López intentará que ninguna Ley le prohíba hablar y hacer propaganda para apoyar a quien él vaya a designar. Lo que hoy atestiguamos es un ensayo. En esa violación a las leyes no podemos dejar fuera los espectaculares de apoyo a López que brotaron como humedad por todos lados. Tampoco podemos ignorar la propaganda que dice que si no se vota en apoyo a López ya no habrá vacunas gratuitas para el Covid, o los apoyos económicos para la tercera edad. Nadie sabe quién puso los espectaculares en todo el país, quién los pagó, ni cuánto costaron o peor aún, como dijo Mario Delgado, “el pueblo los está pagando”.

López y Morena nos muestran y demuestran que Sí MIENTEN, y cuando ya no pueden seguir mintiendo. Prefieren cambiar las leyes para que no los acusen de violarlas, aunque sea una aberración como este Decreto. Y si finalmente terminan echándoselos para atrás, será cuando ya haya pasado su Revocación y López y Morena hayan hecho lo que se les pegue su gana, violando y pisoteando lo que sea para conseguir sus fines como inaugurar su AIFA con bombo y platillo, lo cual a todas luces es ilegal. 

Eso es lo que quiere y busca López no solamente con miras al 2024 para la elección, sino también hacerlo en este 2022 en que habrá elecciones en seis estados para gobernador, y en 2023 en dos estados, uno de ellos será el Estado de México. 

En el estado actual de las cosas, el presidente no puede participar en actos de campaña, hablar de las elecciones, contrarrestar los ataques que haya contra su candidato o candidatos de Morena. Por ello buscará cambiar la ley para 2024, sin importarle lo que señale la Suprema Corte, el Tribunal Electoral y mucho menos el INE. Por eso quiere cambiar y cambiar las leyes. Este Decreto de Interpretación es un ensayo, un adelanto. Tiempo al Tiempo.

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  ES APLICABLE LA FRACCIÓN  V DEL ARTÍCULO 39, porque su esposo, el ingeniero José María Rioboo, proporciona “servicios gratuitos de consultoría” a López Obrador además de recibir sustanciosos contratos de obra asignados por el gobierno que encabeza el tabasqueño. En consecuencia el esposo de Yasmín Esquivel, es DONANTE del Ejecutivo Federal, porque LE REGALA SERVICIOS DE CONSULTORÍA, según Obrador. En lo tocante a los contratos de obra asignados al cónyuge de Esquivel Mossa, QUE NO SON GRATUITOS,  LO HACEN ACREEDOR Y DEUDOR DEL EJECUTIVO FEDERAL. Lo anterior hace que Yasmín Esquivel Mossa esté impedida de estudiar, discutir y participar en la resolución de las acciones de inconstitucionalidad planteadas contra el PLAN B ELECTORAL de López Obrador. ES APLICABLE LA FRACCIÓN XVII del artículo 39, PORQUE YASMÍN  ESQUIVEL MOSSA ESTÁ EN UNA SITUACIÓN QUE ANULA SU IMPARCIALIDAD EN FORMA EVIDENTE Y GRAVE. ¿Qué es el PLAN B ELECTORAL? Para quienes desconocen la mecánica de las leyes y de los procedimientos judiciales, EL PLAN B no les dice nada más que, el todavía presidente de la República ha decidido intentar una vía alterna para lograr LA REFORMA ELECTORAL A LA MEDIDA DE SUS DESEOS. EL PLAN B DE LÓPEZ OBRADOR lo ubica como responsable del DELITO DE COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, previsto en el artículo 216 del Código Penal Federal que a la letra dice: ARTÍCULO 216.- COMETEN EL DELITO DE COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, los que teniendo tal carácter SE COALIGUEN PARA TOMAR MEDIDAS CONTRARIAS A UNA LEY, reglamento u otras disposiciones de carácter general, IMPEDIR SU EJECUCIÓN o para hacer dimisión de sus puestos CON EL FIN DE IMPEDIR O SUSPENDER LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN CUALQUIERA DE SUS RAMAS. LOS DIPUTADOS Y SENADORES DE MORENA que aprobaron la iniciativa PLAN B ELECTORAL de Obrador A SABIENDAS DE SU INCONSTITUCIONALIDAD, son cómplices de este delito. LA CÓMPLICE PRINCIPAL DE LÓPEZ OBRADOR EN LA SUPREMA CORTE, AUNQUE NO LA ÚNICA, ES YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. AMLO le ha dado instrucciones de aguantar  el tsunami de críticas, acusaciones, descrédito y lo que sea, porque necesita su voto PARA IMPEDIR QUE SE ALCANCEN LOS OCHO VOTOS CONTRA SU PLAN ELECTORAL, QUE LO HARÍAN DEFINITIVAMENTE INAPLICABLE. Desde el momento en que Obrador perdió la mayoría calificada INDISPENSABLE para descuartizar nuestra Constitución, surgió su PLAN B. EL PLAN B se trata de DICTAR A SABIENDAS REFORMAS A LEYES SECUNDARIAS QUE VIOLAN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, pero apoyados en una doble apuesta:
  • Mientras estuvo Arturo Zaldívar como empleado de Obrador en la Corte, EL MINISTRO SERVIL SE PRESTABA A DILATAR, RETRASAR Y ENTORPECER el estudio, discusión y resolución de los temas que incomodaban a su verdadero jefe.
  • Una vez que era imposible DILATAR, RETRASAR O ENTORPECER por más tiempo los asuntos, Zaldívar cabildeaba en favor de AMLO para impedir que los PLANES B de su jefe SE DECLARARAN INCONSTITUCIONALES SI SE ALCANZABAN  los OCHO VOTOS indispensables para frustrar su maniobra fraudulenta.
EL ÚLTIMO “TRIUNFO” DE ZALDÍVAR AL SERVICIO DE AMLO FUE EL DE LA REFORMA ELÉCTRICA que se pudo imponer gracias a la  maniobra fraudulenta que hizo Loretta Ortiz a la hora de los recuentos de la votación.  Los cómplices del PLAN B de López Obrador  son corresponsables con el tabasqueño de DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, conforme al artículo 225, fracciones I, VI y VII que a la letra dicen: Artículo 225.- Son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes: I.- CONOCER DE NEGOCIOS PARA LOS CUALES TENGAN IMPEDIMENTO LEGAL o abstenerse de conocer de los que les corresponda, sin tener impedimento legal para ello; VI.- DICTAR, A SABIENDAS, UNA RESOLUCIÓN DE FONDO o una sentencia definitiva QUE SEAN ILÍCITAS POR VIOLAR ALGÚN PRECEPTO TERMINANTE DE LA LEY, VII.- EJECUTAR ACTOS O INCURRIR EN OMISIONES QUE PRODUZCAN UN DAÑO O CONCEDAN A ALGUIEN UNA VENTAJA INDEBIDA; ¿QUÉ PUEDE HACERSE PARA IMPEDIR QUE AMLO SE SALGA CON LA SUYA? Quienes promovieron las acciones de inconstitucionalidad  y las controversias constitucionales contra el PLAN B ELECTORAL DE OBRADOR,  NECESITAN INTERPONER LA RECUSACIÓN CONTRA YASMIN ESQUIVEL, y  cuando menos contra LORETTA ORTIZ, invocando el artículo 39, fracciones V y XVII del Código Federal de Procedimientos Civiles. Necesitan interponer una denuncia por DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, contra  los ministros que se han COALIGADO CON EL EJECUTIVO FEDERAL como hicieron en el caso de la REFORMA ELÉCTRICA. EL PLAN B aplicado por López Obrador violentando la Constitución, es un delito cuyo modus operandi ha sido confesado públicamente por su autor intelectual en múltiples conferencias mañaneras. Si el FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA fuera autónomo, ya habría promovido el desafuero del todavía presidente de la República y de sus esquiroles en la Suprema Corte. Solamente con las armas de la CONSTITUCIÓN y del DERECHO EN LA MANO, PUEDE LOGRARSE QUE LA  DEFENSA DE NUESTRA DEMOCRACIA PROCLAMADA AYER, 26 de febrero de 2023  EN TODA LA REPÚBLICA, SEA IMPARABLE.  

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  Este punto, las colegiaturas a estudiantes, en la Universidad de Sonora es uno de los aspectos más cuestionados en la actual Ley 103; desde su promulgación a principios de los noventas, las manifestaciones estudiantiles que llegaron hasta la Ciudad de México, llevaban la consigna de protestar contra este rubro y si bien es cierto no lograron su objetivo, dejaron, además de una historia de lucha social, una herida abierta.  Sin embargo, también es cierto que la nueva propuesta legal, aunque armoniza con la Ley General de Educación y plantea la progresividad en la reducción de colegiaturas, no alcanzó la meta de la eliminación total del cobro.  La eliminación de colegiaturas enfrenta un problema real: la necesidad de sustituir el ingreso por este concepto mediante otros mecanismos que no necesariamente sean por participaciones de la Federación o el Estado, dado que, como se ha visto, la política pública del gobierno actual no evidencia un aumento importante del presupuesto asignado a la educación superior.  Y por otra parte, se enfrenta aún a resistencias a generar programas de recursos propios, como venta de servicios. Innovar en aspectos como marketing educativo para las instituciones públicas, venta de servicios de asesoría y capacitación para empresas e industrias y la construcción de redes para generación de recursos propios tanto a nivel nacional como internacional se impone como necesarias, para prever el descenso de ingresos por las participaciones estudiantiles y mantener la operatividad de la infraestructura que evidentemente se incrementó con el ingreso vía colegiaturas estudiantiles. Las críticas que se le hicieron a la propuesta de marco normativo para la Universidad tanto en los debates del Congreso como en diferentes niveles y medios de comunicación, además de inevitables, evidencian las diferentes perspectivas que se tienen sobre la forma de conducir la universidad. Efectivamente dos de los aspectos a considerar son tanto la eliminación de las colegiaturas estudiantiles como asegurar la participación paritaria tanto en las instancias personales de gobierno como en los órganos colegiados.   El riesgo de parlamentarismo inoperante que vuelva interminables las discusiones y haga lentos y complejos los acuerdos es un riesgo que los integrantes de la comunidad universitaria tendremos que asumir y generar las acciones correspondientes para que eso no ocurra, en tanto que la participación colectiva en la toma de decisiones, sobre todo las de tipo financiero, fue una demanda constante. El respeto a los derechos humanos durante los procesos electorales internos y la realización de actos de organización y propaganda maduros, además de un reto, evidenciará que durante el tiempo de aplicación de la Ley 4 y quizá de forma no esperada, se gestó una generación de líderes que revaloró la vida democrática institucional y está en condiciones de revertir las malas prácticas del pasado y nacionales que aún se niegan a irse.  

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De Frente Y Claro | PEMEX EN EL OJO DEL HURACÁN

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  ES APLICABLE LA FRACCIÓN  V DEL ARTÍCULO 39, porque su esposo, el ingeniero José María Rioboo, proporciona “servicios gratuitos de consultoría” a López Obrador además de recibir sustanciosos contratos de obra asignados por el gobierno que encabeza el tabasqueño. En consecuencia el esposo de Yasmín Esquivel, es DONANTE del Ejecutivo Federal, porque LE REGALA SERVICIOS DE CONSULTORÍA, según Obrador. En lo tocante a los contratos de obra asignados al cónyuge de Esquivel Mossa, QUE NO SON GRATUITOS,  LO HACEN ACREEDOR Y DEUDOR DEL EJECUTIVO FEDERAL. Lo anterior hace que Yasmín Esquivel Mossa esté impedida de estudiar, discutir y participar en la resolución de las acciones de inconstitucionalidad planteadas contra el PLAN B ELECTORAL de López Obrador. ES APLICABLE LA FRACCIÓN XVII del artículo 39, PORQUE YASMÍN  ESQUIVEL MOSSA ESTÁ EN UNA SITUACIÓN QUE ANULA SU IMPARCIALIDAD EN FORMA EVIDENTE Y GRAVE. ¿Qué es el PLAN B ELECTORAL? Para quienes desconocen la mecánica de las leyes y de los procedimientos judiciales, EL PLAN B no les dice nada más que, el todavía presidente de la República ha decidido intentar una vía alterna para lograr LA REFORMA ELECTORAL A LA MEDIDA DE SUS DESEOS. EL PLAN B DE LÓPEZ OBRADOR lo ubica como responsable del DELITO DE COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, previsto en el artículo 216 del Código Penal Federal que a la letra dice: ARTÍCULO 216.- COMETEN EL DELITO DE COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, los que teniendo tal carácter SE COALIGUEN PARA TOMAR MEDIDAS CONTRARIAS A UNA LEY, reglamento u otras disposiciones de carácter general, IMPEDIR SU EJECUCIÓN o para hacer dimisión de sus puestos CON EL FIN DE IMPEDIR O SUSPENDER LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN CUALQUIERA DE SUS RAMAS. LOS DIPUTADOS Y SENADORES DE MORENA que aprobaron la iniciativa PLAN B ELECTORAL de Obrador A SABIENDAS DE SU INCONSTITUCIONALIDAD, son cómplices de este delito. LA CÓMPLICE PRINCIPAL DE LÓPEZ OBRADOR EN LA SUPREMA CORTE, AUNQUE NO LA ÚNICA, ES YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. AMLO le ha dado instrucciones de aguantar  el tsunami de críticas, acusaciones, descrédito y lo que sea, porque necesita su voto PARA IMPEDIR QUE SE ALCANCEN LOS OCHO VOTOS CONTRA SU PLAN ELECTORAL, QUE LO HARÍAN DEFINITIVAMENTE INAPLICABLE. Desde el momento en que Obrador perdió la mayoría calificada INDISPENSABLE para descuartizar nuestra Constitución, surgió su PLAN B. EL PLAN B se trata de DICTAR A SABIENDAS REFORMAS A LEYES SECUNDARIAS QUE VIOLAN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, pero apoyados en una doble apuesta:
  • Mientras estuvo Arturo Zaldívar como empleado de Obrador en la Corte, EL MINISTRO SERVIL SE PRESTABA A DILATAR, RETRASAR Y ENTORPECER el estudio, discusión y resolución de los temas que incomodaban a su verdadero jefe.
  • Una vez que era imposible DILATAR, RETRASAR O ENTORPECER por más tiempo los asuntos, Zaldívar cabildeaba en favor de AMLO para impedir que los PLANES B de su jefe SE DECLARARAN INCONSTITUCIONALES SI SE ALCANZABAN  los OCHO VOTOS indispensables para frustrar su maniobra fraudulenta.
EL ÚLTIMO “TRIUNFO” DE ZALDÍVAR AL SERVICIO DE AMLO FUE EL DE LA REFORMA ELÉCTRICA que se pudo imponer gracias a la  maniobra fraudulenta que hizo Loretta Ortiz a la hora de los recuentos de la votación.  Los cómplices del PLAN B de López Obrador  son corresponsables con el tabasqueño de DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, conforme al artículo 225, fracciones I, VI y VII que a la letra dicen: Artículo 225.- Son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes: I.- CONOCER DE NEGOCIOS PARA LOS CUALES TENGAN IMPEDIMENTO LEGAL o abstenerse de conocer de los que les corresponda, sin tener impedimento legal para ello; VI.- DICTAR, A SABIENDAS, UNA RESOLUCIÓN DE FONDO o una sentencia definitiva QUE SEAN ILÍCITAS POR VIOLAR ALGÚN PRECEPTO TERMINANTE DE LA LEY, VII.- EJECUTAR ACTOS O INCURRIR EN OMISIONES QUE PRODUZCAN UN DAÑO O CONCEDAN A ALGUIEN UNA VENTAJA INDEBIDA; ¿QUÉ PUEDE HACERSE PARA IMPEDIR QUE AMLO SE SALGA CON LA SUYA? Quienes promovieron las acciones de inconstitucionalidad  y las controversias constitucionales contra el PLAN B ELECTORAL DE OBRADOR,  NECESITAN INTERPONER LA RECUSACIÓN CONTRA YASMIN ESQUIVEL, y  cuando menos contra LORETTA ORTIZ, invocando el artículo 39, fracciones V y XVII del Código Federal de Procedimientos Civiles. Necesitan interponer una denuncia por DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS, contra  los ministros que se han COALIGADO CON EL EJECUTIVO FEDERAL como hicieron en el caso de la REFORMA ELÉCTRICA. EL PLAN B aplicado por López Obrador violentando la Constitución, es un delito cuyo modus operandi ha sido confesado públicamente por su autor intelectual en múltiples conferencias mañaneras. Si el FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA fuera autónomo, ya habría promovido el desafuero del todavía presidente de la República y de sus esquiroles en la Suprema Corte. Solamente con las armas de la CONSTITUCIÓN y del DERECHO EN LA MANO, PUEDE LOGRARSE QUE LA  DEFENSA DE NUESTRA DEMOCRACIA PROCLAMADA AYER, 26 de febrero de 2023  EN TODA LA REPÚBLICA, SEA IMPARABLE.  

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