Nuevo Reglamento de Tránsito, “Parto de los Montes”. Incongruencias y multas más altas

El tan anunciado y promocionado nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, resultó como aquella famosa fábula del “parto de los montes”...

20 de agosto, 2015

El tan anunciado y promocionado nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, resultó como aquella famosa fábula del “parto de los montes”, o más popularmente, “mucho ruido y pocas nueces”.

Según lo que pregonan “supuestamente”, presenta disposiciones y multas que favorecen la movilidad en las calles de la capital, así lo destacó el jefe de gobierno al presentarlo y publicarlo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que tiene como base la Ley de Movilidad del DF, en la que el peatón es el actor principal en las vialidades, seguido por los ciclistas y dejando en tercer plano a los agentes que se desplazan en transportes motorizados.

Pero la realidad dista mucho de que primero haya movilidad mayor en esta ciudad llena de marchas, plantones, mítines, que motivan cierres de calles, avenidas y los obvios congestionamientos y sumado a ello ahora reducen la velocidad de los vehículos.

Pero vayamos por partes de este nuevo Reglamento. En cuanto a los Peatones, en verdad no entiendo que incluyan: deben ceder el paso a vehículos de emergencia cuando estos circulen con las señales luminosas y audibles en funcionamiento. Mi pregunta es ¿los peatones transitan por donde van los vehículos, o este tipo de vehículos, por donde los peatones?

En cuanto a los ciclistas: Tienen prohibido circular sobre las aceras, con excepción de los menores de 12 años y los elementos de seguridad pública. Pueden circular entre carriles cuando el tránsito se encuentre detenido y el ciclista busque colocarse en un área de espera o en un lugar visible para reiniciar la marcha. Esta acción sólo propiciará que lo hagan aún si los vehículos están en movimiento, con riesgo de accidentes. Finalmente en este punto, se señala que: los peatones y ciclistas que no cumplan con las obligaciones serán amonestados verbalmente por los elementos de Tránsito.

Continuando con lo que debería ser los automovilistas y no los automóviles como lo señala el Reglamento: Utilizar teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo esté en movimiento, amerita una multa de hasta 2,446 pesos. Ojalá sí lo cumplan porque en verdad hay innumerables conductores que lo van haciendo en Periférico, Río Churubusco, Viaducto, arriesgándose a un accidente o a propiciarlo.

Asimismo, por exceder los límites de velocidad en vías de acceso controlado, de 80 km/h; en vías primarias, 50 km/h; y en vías secundarias, de 40 km/h, la penalización alcanzará los 1,398 pesos. Y pregunto, no se habrán enterado que son totales los congestionamientos en esta ciudad que ya es imposible circular a 80 km, entonces para qué esta nueva medida.

De igual manera señalan: La vuelta continua a la derecha e izquierda está prohibida, excepto cuando exista un señalamiento que lo permita, en cuyo caso deberá cederse el paso a los peatones que estén cruzando y a los vehículos que transiten por la vía a la que se pretende incorporar, de violar esto se multará con 1,398 pesos. Esto me hace recordar a la “chimoltrufia” personaje del Chavo del 8, con aquello de “así como digo una cosa, digo otra”. En total desconcierto, insisto en preguntar, ¿están autorizadas o no las vueltas?

Respecto a los motociclistas, de nuevo insisto, así debiera decir y no Motocicletas, como esta en el Reglamento, tampoco nada nuevo, reiteran que: Deberán utilizar un carril completo o rebasar por el lado izquierdo, de lo contrario alcanzarán una multa de 699 pesos. Por circular en la ciclovía obtendrán una penalización de 2,097 pesos. En todo momento deberán circular con las luces traseras y delanteras encendidas, de lo contrario tendrán una sanción de 699 pesos. El conductor y su pasajero deberán portar el casco de seguridad, o alcanzarán una pena de 1,398 pesos y la unidad será remitida al corralón.

En particular en este rubro de los motociclistas, espero que los sancionen por circular entre los autos, esquivándolos, golpeando espejos laterales, impunemente sin que nadie les haga nada. Y nuevamente una pregunta, ¿por qué no pasan verificación las motocicletas?

Para finalizar, lo referente al pavoroso transporte púbico, igual, más de lo mismo como: Subir o bajar pasaje en el segundo o tercer carril de circulación será penalizado con 13,982 pesos. En caso de circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado, a menos que esté autorizado, alcanzarán una multa de 2,796 pesos. Utilizar equipos de audio a niveles de volumen que resulten dañinos a la salud o molestos a los pasajeros tendrá una multa de 1,398 pesos. Para todos los usuarios de transportes motorizados: por agredir Insultar, denigrar o golpear Policías de Tránsito, se alcanzará una multa de 2,097 pesos.

En este punto, una pregunta más, ¿por qué no infraccionan al transporte público de pasajeros como combis, micros, camiones, que circulan en la noche sin prender sus faros y nadie les hace nada?, ¿por qué no infraccionarlos o suspender la Ruta, al igual que los micros o camiones que usan gas y al interior de ellos es insoportable el olor? ¿Por qué no se infracciona a los que traen las calaveras rotas, vidrios rotos, no prenden las calaveras, circulan sin defensas, o las traen amarradas? ¿A los que circulan sin placas?

¿Por qué no infraccionan a los tráileres que circulan por periférico, al igual que microbuses, camiones de transporte público de pasajeros, transportes de los conocidos como UTP, para escuelas y personal de empresas, camiones y tráileres de basura llenos completamente, todos estos circulando inclusive en carriles izquierdos de estas “supuestas” vías rápidas? ¡¿O qué esperan, accidentes con muertos?! ¿Por qué no infraccionan a los cientos de camiones que se estacionan en Reforma, en el Monumento a la Revolución, Bucareli, en cada manifestación? Al igual que a todos los vehículos alrededor de cada tianguis, donde que hacen lo que quieren.

Y la cereza del pastel, los nuevos lineamientos establecidos entrarán en vigor en 120 días naturales y, en algunos casos, será hasta el primero de enero de 2016.

Es decir, tampoco se aplicará todo de inmediato. Y con este nuevo Reglamento de Tránsito del DF, se termina la aplicación Coordinada del Reglamento Metropolitano desde junio del 2007 con el Estado de México.

Pero la mayor duda es, desde mi punto de vista, ¿quién se encargará de amonestar a peatones y ciclistas, así como de infraccionar a los conductores de motocicletas, autos y transporte público?, si al parecer ya no existen agentes de tránsito, al menos no se les ve por ningún lado, excepto cuidando manifestantes. No se trata de inventar Reglamentos, sino realmente aplicarlos.

 

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