Todos hijos, o todos entenados…

Las UDIS (unidades de inversión) fueron creadas por el congreso de la unción, para proteger el margen de utilidad…   Las UDIS (unidades de inversión) fueron creadas por el congreso de la unción, para proteger el margen...

1 de febrero, 2018
udis

Las UDIS (unidades de inversión) fueron creadas por el congreso de la unción, para proteger el margen de utilidad…

 

Las UDIS (unidades de inversión) fueron creadas por el congreso de la unción, para proteger el margen de utilidad de los banqueros cuya noble función consiste en prestar dinero ajeno y ganar intereses como si esos recursos fueran suyos.

En virtud de la simpática creación legislativa, el banco prestaba en pesos, pero cobraba en UDIS, y además, cargaba intereses sobre intereses, en lo que se llama anatocismo.

A pesar de que el Código Civil Federal lo prohíbe ¡todavía!, la heroica $uprema Cohorte de Ju$ticia de la Nación, en su momento, protegió a los prestamistas resolviendo que la lluvia sobre mojado no admite paraguas ni impermeables.

Se supone que los contratos de préstamo (o mutuo), son contratos conmutativos, lo que significa que el deudor sabe lo que se le presta, y sabe lo que deberá pagar de regreso.

Por contrapartida, los contratos aleatorios, son aquellos cuyas prestaciones pueden variar según las circunstancias.

El contrato de préstamo, por naturaleza es conmutativo; $alvo que la “señora autoridá” diga otra co$a.

Al incorporarse las UDIS al sistema financiero mexicano, el contrato de préstamo se convirtió en aleatorio, porque el deudo dejaba de saber con exactitud cuánto debía; y tampoco sabía cuándo terminaría de pagar lo que le fue prestado.

Las UDIS fueron algo tan ilegal, que contradijeron la esencia del contrato de préstamo, y acabaron con la certeza de los deudores en cuanto al monto de sus adeudos y la certidumbre de saber con exactitud, cuando dejarían de tener la deuda, siempre y cuando cumplieran con puntualidad.

La esencia de las UDIS era precisamente su impredictibilidad; su mutabilidad constante.

Las UDIS variaban su valor todos los dias; de manera que si su cotización descendía, nunca lo hacía por debajo del monto del adeudo en pesos; porque de lo que se trataba, era de proteger a los prestamistas, y no a los clientes de la banca.

Pero ¡aguas!; si las UDIS subían, el deudor seguía atado a un adeudo creciente cuya esencia era pervertida, porque habiendo recibido pesos, tenía que devolver una entelequia usuraria verdaderamente impagable.

Era algo así, como haber vendido el alma.

Las UDIS en pocas palabras, eran el equivalente bancario de  “la escala móvil de salarios” que  por años interminables los trabajadores buscaron en vano y que ahora al parecer, ya ni la buscan.

Cuando  el reclamo obrero de la “escala móvil de salarios” estuvo de moda, las distinguidas autoridades “revolucionarias” lo desecharon diciendo que era impracticable; que era inflacionario; que mataría la economía nacional…

¿De verdad era tan malísima la escala móvil de salarios?

Usted dirá;

La escala móvil de salarios era exactamente lo mismo que establecer el salario mínimo en UDIS.

¿Por qué no hubo una sola demanda laboral exigiendo la implantación del salario en UDIS?

No tengo la menor idea, pero me parece lamentable.

Aun hoy, es perfectamente válido que los trabajadores asalariados  hicieran que los legisladores establezcan las UDIS como base del salario mínimo.

Nadie del Banco de México ni de la Secretaria de Hacienda, podría decir que un salario en UDIS sería el acabose, cuando su aplicación generalizada en favor de los banqueros les arrojó tan sustanciosos dividendos.

Pero en Mexicalpan de las Tunas, todas las cosas operan al revés.

Todos los mexicanos son iguales, pero como decía el librito de Orihuela: “hay unos más iguales que otros.”

Los sindicatos podrían y deberían exigir la implantación de las UDIS como base del salario mínimo.

Ya verían que rápido se estabilizarían los precios y se moderarían las usuras.

En este año 2018, se cumple el 90 aniversario del Código Civil Federal.

Aquel excelente código, contiene una Exposición de Motivos, de la que me permito transcribir el siguiente fragmento:

“…Este código busca socializar el derecho; entendiéndose por socializar, que el derecho pase del rico al pobre; del hombre a la mujer; del fuerte al débil; del patrón al trabajador; de manera que nadie quede a merced de los poderosos, so pretexto de la libertad de contratación.”

De acuerdo a ese importante y hermoso Código Civil Federal, ningún banco podía decirle a un deudor “te friegas; ¿pa’ que firmaste?”

Leyes como aquella, eran redactadas cumpliendo las promesas de justicia y libertad que habían sido escritas en los planes y proclamas nacionales desde la independencia hasta la revolución.

Pero luego, la revolución se hizo partido (como decían endenantes) y el resto lo hemos vivido y lo conocemos en carne propia.

¿Si las UDIS fueron consideradas buenísimas para blindar el margen de utilidad de los banqueros, por qué no se aplicaron y se aplican para proteger el poder adquisitivo de las familias trabajadoras?

¿Por qué se han podido armar FOBAPROAS para rescatar bancos y banqueros, y no se hace lo mismo para beneficio de los millones de víctimas damnificadas por este sistema injusto?

Un país con 60 millones de personas en pobreza extrema,  tiene 60 millones de potenciales delincuentes famélicos cuya única culpa al delinquir, es la de tratar de sobrevivir.

Es a lo que se refería el Cura Morelos en sus Sentimientos de la Nación que ya he citado en este espacio cuando decía que el salario del pobre debería ser suficiente para alearlo de la tentación del hurto y la violencia.

Un país donde hay ciudadanos de primera y ciudadanos de segunda, no es una patria.

Todos hijos, o todos entenados.

Si seguimos sin atender la enseñanza sencillísima de este refrán (sabio como todos los refranes), bien podríamos tener una nueva revolución para festejarla.

Días vendrán…

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