Nuevo Amanecer: La cronología de una candidatura anunciada

El 9 de Abril de este año, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal emitió el acuerdo ACU/U-115/15 por el que consideró improcedente el registro de Xóchitl Gálvez… El 9 de Abril de este año,...

22 de abril, 2015

El 9 de Abril de este año, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal emitió el acuerdo ACU/U-115/15 por el que consideró improcedente el registro de Xóchitl Gálvez…

El 9 de Abril de este año, el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal emitió el acuerdo ACU/U-115/15 por el que consideró improcedente el registro de Xóchitl Gálvez como candidata a jefa de la Delegación en Miguel Hidalgo por el Partido Acción Nacional (PAN). La razón es que su Credencial para Votar, no tiene un domicilio del Distrito Federal sino de Hidalgo.

A través de la línea telefónica el pasado 10 Abril del 2015, Eduardo Ruiz Healy entrevistó a Xóchitl Gálvez en su programa del Grupo Fórmula. En un momento de la entrevista le preguntó: “¿Por qué no cambiaste tu credencial de Hidalgo por la del Distrito Federal? y contesta Xóchitl “Por güey”. Se oyen risas en el estudio. Eduardo se pregunta: “¿por güey? ¿así?…. Es una buena respuesta, ya no te puedo preguntar más”.

En la misma entrevista, Xóchitl manifestó tener esperanza que el día 19 de abril a las 21:59 sería candidata: "Ellos creían que me iba a doblar y que estaría triste, pero me tienen miedo porque saben que soy una mujer muy entrona".

Con lo que no contaba Xóchitl es que el sábado 18 de Abril del 2015 casi al filo de la media noche, a las veintitrés horas, cuarenta y cinco minutos, con 15 segundos, se presentó un escrito de Zuly Feria Valencia, representante propietaria del Verde Ecologista de México ante el Instituto Electoral del Distrito Federal, en ese escrito solicitó que la Sala Regional del Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación remita el expediente a la Sala Superior para que ejercite su facultad de atracción.

Ante este nuevo escenario, la Sala Regional del Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación decidió con dos votos a favor y uno en contra, enviar a la Sala Superior de este mismo instituto el análisis para definir o revocar la candidatura de Xóchitl Gálvez.

Hay que recordar que Xóchitl Gálvez Ruiz, según La Jornada, recibió el 9 de marzo pasado un documento que certifica que desde hace más de tres años reside en la colonia Lomas de Chapultepec; sin embargo, hace un par de meses obtuvo su credencial de elector en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, donde se asienta que vive en el fraccionamiento residencial Nuevo Hidalgo, de aquella localidad. Así, el 13 de enero de 2015, de acuerdo con la clave de elector GLRZBR63022213M000, Gálvez Ruiz solicitó en la ciudad de Pachuca su credencial de elector, y para ello dijo vivir en la avenida Parque España número 13 del fraccionamiento residencial Nuevo Hidalgo.

El artículo 294 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, publicado el 30 de Junio del 2014 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, señala lo siguiente:

“Son requisitos para ocupar un cargo de elección popular, además de los señalados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General y el Estatuto de Gobierno, los siguientes:

I. Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con Credencial para Votar, cuyo domicilio corresponda al Distrito Federal;

II. No desempeñarse como Magistrado Electoral, Consejero Electoral u ocupar un cargo de dirección o en el Servicio Profesional de carrera en los órganos electorales, en el ámbito federal, estatal o del Distrito Federal, salvo que se separe de su cargo cinco años antes de la fecha del inicio del proceso electoral de que se trate;

III. No ocupar un cargo de dirección en los gobiernos federal, estatal, municipal o del Distrito Federal u Órganos Político-Administrativos, ni ejercer bajo circunstancia alguna las mismas funciones, salvo que se separe del cargo noventa días antes del día de la elección; y

IV. No estar inhabilitado para el desempeño del servicio público.”

Es muy claro que uno de los requisitos es “contar con Credencial para Votar, cuyo domicilio corresponda al Distrito Federal”.

Afortunadamente para Xóchitl Gálvez el día de ayer, 20 de Abril del 2015, la Sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la exigencia de la credencial de elector para votar con domicilio en el DF, solicitado por el organismo electoral local a Xóchitl Gálvez, “es irrazonable y desproporcionado” y ordenó al Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF), registrar a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, como candidata del Partido Acción Nacional (PAN), a la jefatura delegacional en Miguel Hidalgo.

Por unanimidad, el Pleno avaló el proyecto de sentencia elaborado por las ponencias de los magistrados Pedro Esteban Penagos López y Salvador Nava Gomar, en el que se propuso revocar el acuerdo emitido por el Consejo General del IEDF, que determinó improcedente el registro de Gálvez Ruiz, por no contar con credencial de elector con domicilio correspondiente al Distrito Federal. Se estableció, que si bien, el requisito está previsto en el artículo 294, fracción I del Código de Instituciones y Procedimiento Electorales del Distrito Federal, que establece que el domicilio de la credencial de elector debe corresponder al Distrito Federal, “para el caso concreto, es irrazonable y desproporcionado, ya que entorpece el ejercicio del derecho constitucional a ser votado, de ahí que se haya estimado inconstitucional y, por tanto, decretado su inaplicación al caso concreto”.

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