Interés por la calidad educativa (continuación)

Siguiendo con esta preocupación “tan sentida” por la autoridades educativas con relación a la CALIDAD EDUCATIVA… Siguiendo con esta preocupación “tan sentida” por la autoridades educativas con relación a la CALIDAD EDUCATIVA, y en especial con el aspecto...

20 de febrero, 2017
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Siguiendo con esta preocupación “tan sentida” por la autoridades educativas con relación a la CALIDAD EDUCATIVA…

Siguiendo con esta preocupación “tan sentida” por la autoridades educativas con relación a la CALIDAD EDUCATIVA, y en especial con el aspecto asentado en el agregado al 3º Constitucional que se refiere a LA ORGANIZACIÓN ESCOLAR, en donde se trató en la colaboración anterior algunas de las tantas variables que hay que atender dentro de una misma Institución Escolar, cuya función principal no es la de enseñar, si no la de formar a las nuevas generaciones de la mejor forma posible con los recursos que cuente el plantel y los que se haga llegar el docente en conjunto para tal fin y en donde hemos venido insistiendo sobre la falta de congruencia entre el discurso de las autoridades y sus acciones para el fin que persigue principalmente el nivel de Educación Básica.

Sin dejar de reconocer las debilidades que puedan existir en una planta de docentes sea ésta, chica, mediana, grande o unitaria, son las autoridades educativas de los diferentes niveles las que deben tomar cartas en los asuntos establecidos en la reglamentación para que éstos surtan los efectos, si no al 100, sí en un alto porcentaje o de avance para lo que fueron implementados, pues se dan casos diversos de falta de compromiso, ya no digamos con la Educación de Calidad sino simplemente con la EDUCACIÓN, pues por estos rumbos de donde les comparto mis puntos de vista, estaban tomadas físicamente y es del dominio público, un mínimo de 8 escuelas entre primarias y secundarias por padres de familia, en dónde no habían cubierto los pagos de docentes durante todo el ciclo escolar que inició en el mes de agosto pasado, sumándole que dentro de esas anomalías, existen docentes que les deben pagos por más de un año de servicio. De lo anterior después del periodo vacacional de invierno, las autoridades se fijaron el día 25 de enero del presente para ponerse al corriente con esos pagos, misma fecha que fijaron los padres para entregar las instalaciones, como medida de presión pues ya en varias ocasiones han quedado mal con sus ofrecimientos, súmele usted que durante todo ese periodo el maestro interino no le dan servicio médico, porque no está haciendo sus pagos al Instituto de salud que le corresponde; ¡ahhh!, pero eso sí, a la hora del pago, religiosamente le descuentan todo el periodo que se le paga en retroactivo la cuota correspondiente a servicios médicos. Creo que todo esto no abona en lo más mínimo a una BUENA ORGANIZACIÓN ESCOLAR y siendo insistente, corresponde su puntual cumplimiento, única y exclusivamente a las autoridades administrativas del nivel en que se encuentra cada escuela.

Cuando el docente deja de asistir por falta de pago, la atención a los niños y adolescentes es completamente irregular, situación que ha orillado a los padres a tomar esas acciones un tanto extremas, pero que son en definitiva, provocadas por la falta de responsabilidad de las autoridades, en cubrir en tiempo y forma los espacios de gestión, para que no se den estos eventos que trastocan la labor continua de la escuela pero que en la realidad, tal parece que es lo que menos interesa a los administradores éste ya citado apartado constitucional de la CALIDAD EDUCATIVA, en su aspecto, seguramente más sentido, el de la Organización Escolar, que por estar reflejándose de manera directa con los padres de familia y sociedad, sale a relucir la “mala imagen” de la escuela, incluyendo directivos y personal..

Otro aspecto que aborda el citado apartado Constitucional referente a la CALIDAD EDUCATIVA, es el que se relaciona con la INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, como su nombre lo indica es lo que de alguna u otra forma apoyará las actividades tan diversas de una escuela, cualquiera que sea su nivel de desempeño. Este aspecto abarca desde un cerco escolar, los accesos a los predios escolares, hasta los edificios propiamente dichos, que son los que presentan la panorámica física de cualquier escuela, sin pasar por alto las instalaciones sanitarias y las adecuaciones o acondicionamientos para la movilidad y atención de los alumnos con capacidades diferentes, tan descuidadas aún en estos tiempos, en donde ha ido avanzando la cultura de apoyo y atención a ellos. Del dominio público es, el hecho de que a la fecha un sin número de escuelas siguen careciendo en este renglón de muchos anexos, aún con el apoyo externo (por no venir del gobierno) en diferentes áreas de los servicios que prestan las instituciones, aun con el programa de “las escuelas al 100”, que todo hace suponer que esas escuelas que incluye el gobierno en ciertos periodos para su “atención total” no cubren todavía lo necesario, tal vez sea por lo corto de su implementación o por lo que ya se ha señalado en repetidas ocasiones, el desinterés de las autoridades correspondientes, escudadas en los discursos y  el burocratismo que los amodorra en sus acciones. Señalar que esto no es privativo de escuelas en comunidades marginadas o indígenas, si no que como dice el refrán, “esto pasa hasta en las mejores familias” (mejores escuelas)

No es suficiente para cubrir todas esas carencias, con todas las actividades de diferente índole que llevan acabo los padres de familia como coadyuvantes en la solución de la problemática de infraestructura, a través de los organismos sociales, creados normativamente ex profeso, para su involucramiento, pasando por alto lo señalado por el 3º. Constitucional a partir del 5 de marzo de 1993 en el apartado IV, que a la letra dice: “Toda educación que el Estado imparta será gratuita”, esto, secundado en el apartado VIII, reformado el 26 de febrero de 2013, donde señala que “El Congreso de la Unión… expedirá leyes… (para) fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas…”.

Como se puede ver, a estas alturas ya serían muchos los funcionarios que por falta de cumplimiento en diferentes aspectos relacionados con la Educación, hubieran sido sancionados. Seguiremos comentando 

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